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ULTIMA HORA SOBRE LA ENFERMERIA DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS

Iniciado por kimaki, 13 de Abril de 2011, 23:38:57 PM

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Hachuwenaaaa

Una duda que no sé si corresponde a este post pero weno, si logras acceder a una especialidad de las que habeís citado antes en otro país, cuando vuelvas aqui hay algún modo de que te la convaliden??? o que pasa con ella?? como mucho te la valorarian como un master????. Me estoy dando cuenta de que Bolonia va a medias o como??. Gracias chicos :) .

Dama Eowyn

Si haces una especialidad en el extranjero, supongo qe se tendrá que pedir el reconocimiento o algo así en España,  deberian, porque se supone que para eso es la Boloñesa, no solo para que te reconozcan en el extranjero, si n aquí esde fuera también.
Visto el listado me molará la de salud pública,... aunque la de drogas y alcohol en proecto de GB tamoco estaría mal.
Ya podian poner un catálogo adecuado.
Game Over

Swallow

Yo tengo una duda, que me ha surgido así...sin más...Seguramente pareceré un poco pardilla, pero yo es que en estas cosas legales, tema bolonia, convalidaciones, grados, doctorados etc ando pez, intento ir informándome pero este año con eso del EIR me quedado un poco desconectada....Bueno que me lío....

La gente que haya hecho sus correspondientes Másters/Experto Universitario que por ejemplo en Madrid exigen, una vez salga esta especialidad...la obtendrán tipo como la vía extraordinaria o algo así (no igual supongo más que nada por el tiempo invertido), su máster seguirá valiendo y optarán a trabajar en ese campo igualmente o comoR?
No es mi caso, pero si conozco gente en esa posición...y este campo me interesa, la verdad, por ello quiero ir aclarándome. Aunque claro, al ritmo que van las cosas.... :wacko:
~ Prefiero mis pájaros a vuestras jaulas ~· No hay mayor pobreza  que la del alma ·


kimaki

Todavía no se ha creado esta especialidad... con lo que no se sabe nada...
Pero si la hacen vía EIR... será como todas...
Como lo que ocurre con la gente que tiene el diploma de Enfermero de Empresa... pero no tiene el tiempo acreditado de trabajo... ajo y agua...

Pero ya te digo, todavía no hay nada en firme... después de tantos años de reuniones de la Comisión...

SergioDUE_81

http://seeue.blogspot.com/2011/04/demanda-la-especialidad-de-enfermeria.html

Os animo a los interesados a enviar la carta modelo con vuestros datos al Ministerio de Sanidad. Y que lo difundais entre todos vuestros amigos y conocidos del colectivo enfermero.

kimaki

Cita de: SergioDUE_81 en 15 de Abril de 2011, 18:29:53 PM
http://seeue.blogspot.com/2011/04/demanda-la-especialidad-de-enfermeria.html

Os animo a los interesados a enviar la carta modelo con vuestros datos al Ministerio de Sanidad. Y que lo difundais entre todos vuestros amigos y conocidos del colectivo enfermero.

Me pillaste la delantera...
Desde la SEEUE, en su blog.... nos dicen lo que SergioDUE_81 nos ha pegado, con el modelo de carta para enviar.

Os dejamos el formato de carta que podemos mandar individualizamente a la Ministra de Sanidad demandando la ESPECIALIDAD DE ENFERMERÍA DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS.


En el formato que te adjunto solo tienes que poner en la parte inferior tus datos personales (nombre y apellidos, DNI y provincia).


Una vez que tengas esos datos cumplimentados guardas el archivo en tu ordenador y lo remites como correo adjunto a la siguiente direccion: sgs@mspsi.es, indicando en el asunto del correo: RECLAMACIÓN DE LA ESPECIALIDAD DE ENFERMERIA DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS.


Igualmente podeis poner una copia oculta de vuestro correo a enfermeriadeurgencias@enfermeriadeurgencias.com, para que vayamos teniendo constancia de los mails enviados.


Entre todos y todas lo vamos a conseguir.



Lilita

Pos a mi... no me acaba de gustar esa carta...  :whistling: :whistling: Ya se que soy tikismikis... Pero la argumentación me rechina... no somos especialidades similares a las medicas, sino de enfermería... Y esa especialidad tiene una larga trayectora en la UE... queda dicho!!
Yo mandaré una... pero con otra redacción...  :occ:

kimaki

Cita de: Lilita en 16 de Abril de 2011, 00:07:04 AM
Pos a mi... no me acaba de gustar esa carta...  :whistling: :whistling: Ya se que soy tikismikis... Pero la argumentación me rechina... no somos especialidades similares a las medicas, sino de enfermería... Y esa especialidad tiene una larga trayectora en la UE... queda dicho!!
Yo mandaré una... pero con otra redacción...  :occ:

Perfecto!!!! La idea es que se oiga la voz de los enfermeros...
:13: :13: :13: :13:

kesevaya ya

Kimi, lo siento mucho, pero creo ,que con el tema del Diploma de DUE de Empresa no estas en lo correcto, ese diploma no es un curso de logos, es una HABILITACION NACIONAL ,recogida por LEY((PREVENCION DE RIESGOS laborales y además reconocido en el Decreto de especialidades, lo que me deja estupefacto es la "discriminacion" de los DIPLOMADOS EN ENFERMERÏA DE EMPRESA con respecto a los Especialistas en Enfermeria del Trabajo(Nosotros los Dues de Empresa seremos los que los Formemos) Los expertos universitarios son las historias para no dormir y recaudar de los negocios de Floren,UE DE MPRESA es un DIPLOMA OFICIAL DEL MINISTERIO .
Os pongo recurso contra la convocatoria de la FNMT(Animo a todos los Dues de Empresa a defender lo NUestro, he oido que en Murcia solo dejaron presentarse a los especialistas via 450/2005, eso es impugnable, y creo ke anticonstitucional)-
GRACIAS AL COLEGIO DE ENFERMEROS DE BADAJOZ Y SUS SERVICIOS JURIDICOS 10+++.
ASOCIACION ESPAÑOLA DE ENFERMERIA DEL TRABAJO Y DUES DE EMPRESA. 0 PATATERO.
SINDICATOS FIRMANTES DEL 1er CONVENIO DE SERVICIOS DE PREVENCION. 0 PATATERO.
     A CADA UNO LO QUE SE MERECE Negociantes de la Especialidad de Enfermería dell Trabajo . MUY DEFICIENTE (nefasta Negociacion, por presuntamente "discriminar a un colectico", el de los Dues de Empresa, que obtuvimos nuestro diploma conforme a la legislacion vigente y las vias recogidas en la legislacion para obtener dicha habilitacion , cosa que pasesteis por alto, pero que nosotros no olvidaremos, a quien defendeis vosotros?

kesevaya ya

 :nunu: :nunu: :nunu: :nunu: :Zanoni: :Zanoni:
Haber si ahora sube,por cierto haber si lo podeis poner el recurso en texto para que se lea sin descargarlo,veremos que pasa con esto. :thumbup:

Lilita

Cita de: kesevaya ya en 16 de Abril de 2011, 13:58:03 PM
:nunu: :nunu: :nunu: :nunu: :Zanoni: :Zanoni:
Haber si ahora sube,por cierto haber si lo podeis poner el recurso en texto para que se lea sin descargarlo,veremos que pasa con esto. :thumbup:

CitarA LA REAL CASA DE LA MONEDA
FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE

Asunto: proceso selectivo A.T.S. de Empresa


D. CARLOS TARDÍO CORDÓN, actuando en la representación que, como Presidente, ostenta del ILTE. COLEGIO OFICIAL DE ENFERMEROS DE BADAJOZ, con domicilio a efectos de notificaciones en Badajoz, C/ Servando González Becerra s/n, Edificio Ecuador Anexo, comparece y, como mejor proceda en Derecho, DICE

   Que, mediante el presente escrito, venimos a interponer RECURSO contra la convocatoria del proceso de selección libre para formar una bolsa de trabajo para cubrir plazas con carácter temporal de A.T.S. de Empresa, de fecha 21 de enero de 2.011, y ello conforme a las siguientes

ALEGACIONES

   PRIMERA.- Ab initio,  interesa recordar que entre las funciones que el legislador ha encomendado expresamente a los Colegios Profesionales, que gozan de la consideración de Corporaciones de Derecho Público, se encuentra la representación y defensa de los intereses profesionales de sus colegiados. Prerrogativas éstas que nos permiten impugnar todas aquellas actuaciones, también administrativas, que les afecten -lesionen- (en este sentido citamos, a título ilustrativo, la reciente sentencia dictada por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª, de 17 de noviembre: Ponente Excmo. Sr. José Díaz Delgado).

   SEGUNDO.- Dicho lo anterior, la interposición del presente recurso encuentra justificación en que por parte de esta Institución, a la que tenemos el honor de dirigirnos, se exige a los aspirantes, como requisito imprescindible de participación en el proceso selectivo, la posesión del Titulo Universitario de Diplomado en Enfermería más la especialidad de Enfermería del Trabajo ex. Real Decreto 450/2005, de 22 de abril.
   Pues bien, para la Corporación a la que represento la exigencia de tal requisito, considerado, además, imprescindible, para aspirar a la ocupación de una plaza de A.T.S. de Empresa, no resulta respetuosa con la legalidad vigente por cuanto obvia el contenido de la Disposición Transitoria Tercera de ese mismo Real Decreto 450/2005, que establece lo siguiente:

   "A partir de la entrada en vigor de este real decreto no se convocarán    más cursos para la formación de enfermeros de empresa, sin que ello    suponga modificación alguna del ÁMBITO FUNCIONAL para el que    están    actualmente habilitados los Diplomados Universitarios en    Enfermería    y los Ayudantes Técnico-Sanitarios que tengan el    diploma correspondiente".

   Esta previsión normativa permite, por evidentes razones de igualdad, congruencia, razonabilidad y justicia, que todos aquellos ATS y Diplomados en Enfermería que se formaron en la específica materia de salud laboral y que, por ello, resultaron acreedores del Diploma acreditativo de la posesión de tales conocimientos -expedido por la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo -, puedan seguir desarrollando las funciones propias de tal especialización y, por ende, tener derecho a ocupar plazas que exijan el cumplimiento de tales cometidos específicos.

   Limitar, por tanto, el derecho a cubrir plazas de A.T.S. de Empresa en favor de los aspirantes que estén en posesión de la Especialidad de Enfermería del Trabajo del Real Decreto 450/2005 implica lesionar las legítimas expectativas de todos aquellos Enfermeros que, con el preceptivo respaldo legal y ostentando la formación necesaria, pueden desarrollar las mismas funciones para las que habilita aquella norma.

   Además de lo anterior, se ha de tener en cuenta que los Ayudantes Técnicos Sanitarios (ATS) se encuentran homologados nominativa, corporativa y profesionalmente con lo Diplomados en Enfermería, según el Real Decreto 2128/1977, de 23 de julio, modificado parcialmente por el Real Decreto 111/1980, de 11 de enero (ex art. 2º).

   TERCERO.- Al argumento anterior debemos añadir que la exigencia de la meritada especialidad (ex. Real Decreto 450/2005) implicaría, necesariamente, que el proceso selectivo convocado quedara inexorablemente desierto por la sencilla razón de que no existe aspirante alguno que pueda presentar dentro del plazo fijado en la convocatoria tal titulación.

   Resulta, por tanto, irrazonable que se requiera a los aspirantes la aportación de un título que, por causas ajenas a su voluntad, no pueden aportar por no haber sido resueltos los procedimientos reglamentarios que permiten el acceso al mismo.

   Por cuanto antecede,

   SOLICITO A LA REAL CASA DE LA MONEDA que teniendo por presentado este escrito lo admita y, en su virtud, dicte resolución por la que anule la convocatoria impugnada y publique una nueva en la que permita la participación de aspirantes que ostenten el Diploma de ATS de Empresa o de Enfermería del Trabajo expedido por la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo.

   En Badajoz para Madrid, a diez de febrero de dos mil once.


Fdo.

kesevaya ya

Gracias lllita ,un abrazo,detrás de la Especialidad de Enfereria del Trabajo se encuentran los ATS_DUES de Empresa,ke nadie lo elvide sin nosotros no habria sido posible la Especialidad," NO DISCRIMINESIS"(que se lo cuenten a los due de Empresa de SP de Asepeyo) joder, y sobre todo no tiremos piedras contra nuestro propio tejado, el día de mañana, todos los Enfermeros serán GRADO, y los diplomados en enfermeria y los ats estaran tan HABILITADOS como ellos, de hecho los FORMAREMOS ENTRE TODOS Y LOS HAREMOS PROFESIONALES Especialistas, no hagamos el "cria cuervos que te sacaran los ojos".
Todos pertenecemos a una PROFESION  ENFERMERO.(aki vendria bien un cartel que colgo un compañero por ahi en el que rezaba "Se ruega NO TOCAR LOS HUEVOS")
:Zanoni:
Gracias por estos espacios donde empezaremos a desenmascarar las torpezas que e cometen y que realmente son las que nos impiden avanzar y ocupar el lugar que se merece la enfermeria, yo particularmente hasta los 65 o 67 años no tengo otra cosa que hacer,por que ademas hago lo que me gusta, SOY ENFERMERO.
:kisses: :kisses: :kisses:

pacemaker

#32
Cita de: kimaki en 14 de Abril de 2011, 15:52:43 PM
Si esto sigue adelante, y se crea la especialidad... también tendrá una vía excepcional... entonces si sólo se puede presentar uno a una especialidad por esta vía... y has optado por una de las que ahora hay... perderemos la oportunidad de poder optar a ella por esta vía...

Ójala salga, eso vaya por delante... pero desde luego... menudo despropósito han hecho... nos marean... nos confunden...

Si todo esto ya está inventado... QUE LO COPIEN... y ya está... jopeeeeeeeeeeeeee...




No me digas eso!!!yo que estuve dudando hasta el ultimo momento para entregar la documentación, porque mi sentido comun me decia que no encajabamos en primaria, pero como lo de medico quirurgica se veia tan parado, la vela que va delante es la que alumbra, me dijeron. Entonces, si has optado por una ahora y luego al final crean la de urgencias, nno podemos acceder??me desmontas el chiringuito...porque yo pensaba que luego se podria renunciar o algo asi

:inca: :inca: :inca: :inca: :inca: :inca:

kimaki

Cita de: kesevaya ya en 16 de Abril de 2011, 13:53:16 PM
Kimi, lo siento mucho, pero creo ,que con el tema del Diploma de DUE de Empresa no estas en lo correcto, ese diploma no es un curso de logos, es una HABILITACION NACIONAL ,recogida por LEY((PREVENCION DE RIESGOS laborales y además reconocido en el Decreto de especialidades, lo que me deja estupefacto es la "discriminacion" de los DIPLOMADOS EN ENFERMERÏA DE EMPRESA con respecto a los Especialistas en Enfermeria del Trabajo(Nosotros los Dues de Empresa seremos los que los Formemos) Los expertos universitarios son las historias para no dormir y recaudar de los negocios de Floren,UE DE MPRESA es un DIPLOMA OFICIAL DEL MINISTERIO .
Os pongo recurso contra la convocatoria de la FNMT(Animo a todos los Dues de Empresa a defender lo NUestro, he oido que en Murcia solo dejaron presentarse a los especialistas via 450/2005, eso es impugnable, y creo ke anticonstitucional)-
GRACIAS AL COLEGIO DE ENFERMEROS DE BADAJOZ Y SUS SERVICIOS JURIDICOS 10+++.
ASOCIACION ESPAÑOLA DE ENFERMERIA DEL TRABAJO Y DUES DE EMPRESA. 0 PATATERO.
SINDICATOS FIRMANTES DEL 1er CONVENIO DE SERVICIOS DE PREVENCION. 0 PATATERO.
     A CADA UNO LO QUE SE MERECE Negociantes de la Especialidad de Enfermería dell Trabajo . MUY DEFICIENTE (nefasta Negociacion, por presuntamente "discriminar a un colectico", el de los Dues de Empresa, que obtuvimos nuestro diploma conforme a la legislacion vigente y las vias recogidas en la legislacion para obtener dicha habilitacion , cosa que pasesteis por alto, pero que nosotros no olvidaremos, a quien defendeis vosotros?

Que yo estoy en eso, que tengo el Diploma de Enfermera de Empresa, pero como no tengo el tiempo trabajado... me dijeron eso... ajo y agua... y a poco me da algo... que me costó un pastón... y un esfuerzo para cuadrar vida-trabajo-curso de la leche... como a todos... vamos...

Pingo

Cita de: kimaki en 14 de Abril de 2011, 15:52:43 PM
Si esto sigue adelante, y se crea la especialidad... también tendrá una vía excepcional... entonces si sólo se puede presentar uno a una especialidad por esta vía... y has optado por una de las que ahora hay... perderemos la oportunidad de poder optar a ella por esta vía...

Ójala salga, eso vaya por delante... pero desde luego... menudo despropósito han hecho... nos marean... nos confunden...

Si todo esto ya está inventado... QUE LO COPIEN... y ya está... jopeeeeeeeeeeeeee...

:inca: :inca: :inca: :inca: :inca: :inca:

Kimaki, estás equivocada, te puedes presentar a todas las vías excepcionales a las que tengas derecho acreditando los requisitos pero solo te puedes quedar con una; es decir, haces comunitaria y en 2 años sale de la urgencias y te interesa más pues renuncias a comunitaria y pasas a ser especialista en urgencias; es más si haces 2 examenes y no eliges, eligen ellos por ti según la nota o fecha de realización de examen.

Esto lo leí en algún sitio pero ahora no recuerdo donde :dubbio: :dubbio:, si lo encuentro te lo pongo por aquí
¡¡¡ QUE LA FUERZA NOS ACOMPAÑE !!!!!!

Pingo

No se si vale para todas las especialidades pero el el BOE de publicación de las fechas de trabajo pone esto:


Octavo.   Aspirantes con varias solicitudes de título de especialista.–De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sólo se podrá acceder por esta vía a un único título de Enfermero, o de Ayudante Técnico Sanitario Especialista.
En el supuesto de que un aspirante admitido a la realización de la prueba objetiva para acceder al título de Enfermero Especialista en Enfermería del Trabajo, además, haya solicitado o solicite posteriormente otros títulos de Enfermero especialista a través de la vía excepcional establecida en la disposición transitoria segunda del citado Real Decreto 450/2005 y reúna los requisitos establecidos, podrá optar a las respectivas pruebas determinadas a tal fin.
A tal efecto, una vez superada la prueba de acceso al título de especialista en Enfermería del Trabajo, el interesado, en un plazo máximo de 30 días hábiles a contar desde la publicación de los listados definitivos de aptos, deberá presentar una solicitud dirigida a la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación, señalando si desea obtener este título de especialista o desea esperar a la realización de una o más de las posibles pruebas de evaluación para el acceso excepcional a otros títulos de especialista en enfermería, según modelo publicado como anexo III a la presente Resolución.
Si el interesado opta en tal plazo por el título de Enfermería del Trabajo, se concederá directamente el mismo, de conformidad con lo previsto en la presente resolución. Si, por el contrario, opta por esperar, y sin perjuicio de lo que se establezca en las convocatorias de otras especialidades, una vez aprobadas las pruebas en aquellas a las que haya podido presentarse, deberá ejercitar de igual modo al previsto en el párrafo precedente la opción por la que se decanta, concediéndose el título según la preferencia manifestada.
Transcurridos dichos plazos sin que el solicitante haya manifestado su pretensión y tras haber obtenido la calificación de apto en más de una especialidad, la Dirección General de Política Universitaria actuará de oficio, concediendo el título correspondiente a la prueba objetiva en la que haya obtenido mayor calificación, y en caso de empate en la calificación de las pruebas, se concederá el título de aquella que haya sido realizada en primer lugar.



¡¡¡ QUE LA FUERZA NOS ACOMPAÑE !!!!!!

kimaki

#36
Cita de: Pingo en 17 de Abril de 2011, 11:58:01 AM
Cita de: kimaki en 14 de Abril de 2011, 15:52:43 PM
Si esto sigue adelante, y se crea la especialidad... también tendrá una vía excepcional... entonces si sólo se puede presentar uno a una especialidad por esta vía... y has optado por una de las que ahora hay... perderemos la oportunidad de poder optar a ella por esta vía...

Ójala salga, eso vaya por delante... pero desde luego... menudo despropósito han hecho... nos marean... nos confunden...

Si todo esto ya está inventado... QUE LO COPIEN... y ya está... jopeeeeeeeeeeeeee...

:inca: :inca: :inca: :inca: :inca: :inca:

Kimaki, estás equivocada, te puedes presentar a todas las vías excepcionales a las que tengas derecho acreditando los requisitos pero solo te puedes quedar con una; es decir, haces comunitaria y en 2 años sale de la urgencias y te interesa más pues renuncias a comunitaria y pasas a ser especialista en urgencias; es más si haces 2 examenes y no eliges, eligen ellos por ti según la nota o fecha de realización de examen.

Esto lo leí en algún sitio pero ahora no recuerdo donde :dubbio: :dubbio:, si lo encuentro te lo pongo por aquí
No Pingo, que no me expliqué bien... puedes como dices tú... hacer todos los que quieras.. pero sólo obtener un título de Especialista, por esa vía.
Después de hacer el exámen y aprobarlo (si hay suerte), como dice la legislación hay un mes para decidir si optas directamente por esa o te esperas... y claro... como por ejemplo en la M-Q... te pegas otros seis años esperando...
Puajjjjjjjjjjj, que esto es un lío... de lo mal organizado... en vez de hacerlo todo a la vez, organizado y bien... todo manga por hombro... como es costumbre... en "este nuestro país"...

kesevaya ya

Kima, entonces para que lo quieres (Especialista en Enfermeria del Trabajo), si es lo mismo y estas habilitada para ese trabajo, acceso excepxional a otra via y ya está, pero DUE de Empresa no es un Curso de logoss ni un Experto, de esto hay convocado oposiciones especificas con este titulo, hay jurisprudencia y la ley nos avala, lo que no hay que hacer es bajarse los pantalones y dejar que se rian de nuestroo esfuerzo.HAY QUE IMPUGNAR TODAS LAS CONVOCATORIAS DONDE NO SE NOS DEJE PRESENTARNOS Y PUNTO.

:great: :great:

Vademecum

¿Alguien sabe si hay novedades?
Aunque por lo que se ve, la cosa va MUY lenta.
Gracias.

Amoxi

Si sale adelante, ¿en qué lugar deja a los enfermeros que han hecho el Experto en Urgencias?
El amor, como las golondrinas, lleva la felicidad a las casas.
Zola.