OPE 2008 laborales

Iniciado por avila, 25 de Enero de 2008, 00:26:49 AM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

una de urgencias

Donde has leído eso?. O quien te lo ha dicho?

avila

para laborales, consolidacion  due son 500 plazas 
Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN

silviagc77

Pero donde dice eso? o quien lo dice?????

CAMPELOCO

NO CONFUNDAIS LA CONSOLIDACION DE LABORALES DE LA CAM CON LA NUEVA OPE DE ESTATUTARIOS PARA EL 2009. SON PROCESOS COMPLETAMENTE DISTINTOS. NINGUNA PLAZA SE EXTRAVASA DE UNO A OTRO PROCESO.

Gaditana

Los sindicatos nos estan volviendo locos en mi hospital.... Dicen que las 500 plazas corresponden a un proceso de consolidacion ????? aunque en los carteles no pone si son estatutarios o laborales.
Supongo que habra que esperar convocatorias oficiales, porque estamos todos de los nervios jejeje. Muchas veces da la sensacion que los sindicatos en vez de ayudar, enredan mas las cosas...  :dubbio:

CAMPELOCO

#25
OPE ESTATUTARIOS.2009. APROBADA EN MESA SECTORIAL. LA PODEIS VER EN EL ARCHIVO ADJUNTO.

avila

Cita de: silviagc77 en 17 de Marzo de 2009, 05:51:25 AM
Pero donde dice eso? o quien lo dice?????

eso viene de la semana pasada, me lo han dicho desde los sindicatos


Haz caso a campe, no tiene na que ver con los estatutarios
Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN

CAMPELOCO

#27
PROCESO EXTRAORDINARIO DE CONSOLIDACION DE LABORALES DE PLAZAS 1998-2004.

ORDEN de de marzo de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D).

     En virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Undécima del vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, y previo dictamen de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Desarrollo del referido Convenio Colectivo en sesión celebrada el día 13 de marzo de 2009, se procede a convocar proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D).

     En consecuencia, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8.2.,apartado l) de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 2.bis.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, esta Consejería ha dispuesto aprobar las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera
Bases Comunes



     Las Bases comunes por las que se regulará la presente convocatoria son las establecidas en la Orden de 8 de enero de 2008, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 23 de enero), por la que se aprueban las bases generales que han de regir el proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para los años 1998 a 2004, que fue modificada por Orden de 31 de enero de 2008, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 8 de febrero).

Segunda

Descripción de plazas



2.1. Se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para la cobertura, mediante el sistema de concurso-oposición, de 527 plazas de personal laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D), correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para los años 1998-2004, aprobadas por los Decretos que se relacionan a continuación:  
................................................


ANEXO I

PLAZAS CONVOCADAS

CATEGORÍA PROFESIONAL   GRUPO   NIVEL   ÁREA                               TITULACIÓN EXIGIDA                                                               PLAZAS

                                                                                                                                               TURNO LIBRE            CUPO DISCAPACIDAD      TOTAL
DIPLOMADO EN ENFERMERIA   II   7   D   Diplomado Universitario en Enfermería o Ayudante Técnico Sanitario      495                      32                        527



diástole

no entiendo mucho lo de la consolidación de las 525 plazas...por favor campeloco podrías decirme si es algo público que podemos apuntarnos o es algo interno del área 7 de la comunidad de madrid. creo que mi duda está en cual es la diferencia entre personal laboral y estatutario....te agradecería mucho que me aclares

avila

es libre gemuki, se puede examinar todo el que quiera, pero al ser consolidacion, ya sabes, los que mas tiempo tienen, tienen mas posibilidades

Los laborales estan en lo que antes de las transferencias era el sermas y servicio regional de bienestar social
Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN

CAMPELOCO

#30
ES UNA CONSOLIDACION PARA TODAS LAS PLAZAS VACANTES DE LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID, QUE NO HABIAN TENIDO OPOSICION DESDE 1998. CUANDO SE CONSOLIDEN ESAS PLAZAS HABRA 527 EVENTUALES MENOS.IGUAL QUE SE HIZO LA OPE EXTRAORDINARIA DEL 2001 PARA ESTATUTARIOS DEL INSALUD.

ES ALGO PUBLICO PERO SI VES EL BAREMO VAN A CONSOLIDAR LOS QUE ESTEN TRABAJANDO EN ESAS VACANTES DESDE HACE 8-10 AÑOS.

EN CUANTO A DONDE ESTA LA DIFERENCIA ENTRE ESTATUTARIOS Y LABORALES:
ESTA EN EL CONVENIO AL QUE ESTAS ACOGIDO. LOS LABORALES A LOS QUE NOS REFERIMOS SON LOS QUE PERTENECEN AL CONVENIO DE LABORALES DE LA CAM (GREGORIO MARAÑON, RESIDENCIAS DE LA COMUNIDAD, ETC) Y LOS ESTATUTARIOS SON LOS QUE ESTAMOS BAJO LAS DIRECTRICES DEL ESTATUTO MARCO (TODOS LOS DEMAS, EL ANTIGUO INSALUD, PARA ACLARARNOS. ATENCION PRIMARIA, HOSPITALES PUBLICOS TRADICIONALES Y LOS NUEVOS HOSPITALES SALVO VALDEMORO)


ESTE ES EL BAREMO:

BAREMO

BAREMO

Experiencia profesional


1. Experiencia en la misma categoría a la que se opta, desempeñada de forma remunerada, en cualquier Centro de la Comunidad de Madrid sometido al ámbito territorial y personal del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid o, en su caso, experiencia como Funcionario en el Cuerpo o Escala equivalente a la categoría profesional a la que se opta, desempeñada de forma remunerada, en cualquier Centro de la Comunidad de Madrid sometido al ámbito territorial y personal del Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos: 0,30 puntos por mes.
2. Experiencia en cualquier otra categoría, desempeñada de forma remunerada, en cualquier Centro de la Comunidad de Madrid sometido al ámbito territorial y personal del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid o, en su caso, experiencia como funcionario en cualquier otro Cuerpo o Escala equivalente a las Categorías Profesionales correspondientes, desempeñada de forma remunerada, en cualquier Centro de la Comunidad de Madrid sometido al ámbito territorial y personal del Acuerdo Sectorial para el personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos: 0,22 puntos por mes.

3. Experiencia en la misma categoría a la que se opta, o en su caso, en el Cuerpo, Escala o Especialidad equivalente a la misma, desempeñada de forma remunerada, en otra Administración Pública: 0,17 puntos por mes.

4. La puntuación máxima en este apartado no podrá superar los 40 puntos. En el supuesto en que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se valorará únicamente aquel del que se derive la puntuación más favorable para el trabajador.

5. A efectos de lo dispuesto en los puntos anteriores, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.




valvoa

Corregirme si me  equivoco pero todavía no ha salido el plazo para la solicitudes de la convocatoria para el examen,verdad? :dubbio:

avila

qeu yo sepa no, pero estan a punto de salir
Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN

IRECV

PODEIS DECIRME LA FECHA DEL BOLETIN EN EL QUE SE HA PUBLICADO LO DE LA CONSOLIDACION DE LABORALES?

una de urgencias

Efectivamente, son procesos distintos. En breve saldrá la convocatoria

una de urgencias

Cita de: IRECV en 17 de Marzo de 2009, 13:38:14 PM
PODEIS DECIRME LA FECHA DEL BOLETIN EN EL QUE SE HA PUBLICADO LO DE LA CONSOLIDACION DE LABORALES?

BOCM, Nº 19.......... MIERCOLES 23 DE ENERO DE 2008, PERO LA CONVOCATORIA, SE PUBLICARA EN ESTOS DIAS.....

avila

Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN

Toñidel

Queréis decir que esas plazas que se deben cubrir, pueden ser para por ejemplo, Gregorio Marañón, El escorial, Guadarrama, centros de salud de la Comunidad de Madrid, etc etc etc...???

diástole

muchas gracias campe, estás en todo!

avila

Cita de: Toñidel en 17 de Marzo de 2009, 19:11:54 PM
Queréis decir que esas plazas que se deben cubrir, pueden ser para por ejemplo, Gregorio Marañón, El escorial, Guadarrama, centros de salud de la Comunidad de Madrid, etc etc etc...???

efectivamente esas y algunas mas
Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN