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Recurso OPE Sespa 2012

Iniciado por Lilita, 15 de Marzo de 2012, 22:02:52 PM

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Lilita

CitarDIRIGIDO A: Consejero de Sanidad del Principado de Asturias
                      Edificio "Buenavista" C/ Ciriaco Martín Vigil, 9  33005 Oviedo

ASUNTO: Recurso de alzada contra la Resolución de 13 de marzo de 2012, del Director Gerente del Servicio de del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso oposición para el acceso a 448 plazas de personal estatutario de la categoría de ATS/DUE  del Principado de Asturias publicada en el BOPA nº 62 del 15 de marzo 2012.

Don/Doña                     , mayor de edad, con DNI núm. .     y domicilio a efectos de notificaciones en  (dirección)                     

MANIFIESTA:

Que por el presente escrito y dentro del plazo legal establecido al efecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en relación con el artículo 27 de la 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de y el artículo 114 y siguientes de la 30/1992, de 26 de noviembre, de de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común., viene a interponer RECURSO DE ALZADA previo a la jurisdicción contencioso-administrativa contra dicha Resolución, recurso que fundamenta en las siguientes:

ALEGACIONES

En la Resolución de 13 de marzo de 2012, del Director Gerente del Servicio de del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso oposición para el acceso a 448 plazas de personal estatutario de la categoría de ATS/DUE  del Principado de Asturias publicada en el BOPA nº 62 del 15 de marzo 2012 dice:

Anexo I BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO, segunda.: Requisitos de los aspirantes:
f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de ATS/DUE, como personal estatutario fijo en el Servicio de Salud del Principado de Asturias, cualquiera que sea su situación administrativa.


La redacción de la base f) viene a contradecir el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud Ley 55/2003, de 16 de Diciembre en el Artículo 29. Criterios generales de provisión:

La provisión de plazas del personal estatutario se regirá por los siguientes principios básicos:
a) Igualdad, mérito, capacidad y publicidad en la selección, promoción y movilidad del personal de los Servicios de Salud.


Efectivamente, se limita ese criterio a los propietarios Asturianos sin embargo al no mencionar los propietarios de otras comunidades, ateniendo a criterios de igualdad, deja la puerta a que sí puedan concursar en esta oposición propietarios de otras comunidades.

Son varias las comunidades, que en oposiciones recientes, limitan el acceso solo a personal que NO tenga plaza en las administraciones públicas en la misma categoría. No solo porque para ellos existen los concursos de traslados sino porque deja la puerta abierta a que acumulen en propiedad la plaza de origen y la nueva plaza en esta oposición, restándoles oportunidades a los enfermeros interinos, eventuales o parados:

Ejemplo:

-Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29  RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Sanitarios/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid. f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de Diplomado Sanitario/Enfermera como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.
Y la resolución que excluye a casi 500 propietarios: -LUNES 9 DE MAYO DE 2011 B.O.C.M. Núm. 108  Pág. 30 RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a la exclusión de aspirantes del proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Sanitarios/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, por incumplimiento de requisitos.

En mérito a lo expuesto,

SOLICITA, que se cambie La redacción de la base f  en el Anexo I BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO, segunda.: Requisitos de los aspirantes:

f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de ATS/DUE, como personal estatutario fijo en el Servicio de Salud del Principado de Asturias, cualquiera que sea su situación administrativa.

Por esta redacción

f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de ATS/DUE como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa y mantener esa condición a lo largo de todo el proceso.
.

En     a     de marzo de 2012.

Firma

Lilita

#1
Va un doc adjunto para descargar y mandarlo! Cuantos más mejor!! http://www.tablonenblanco.com/smf/index.php?action=dlattach;topic=14386.0;attach=4272

Lilita

La dirección estaba mal... ya lo cambie: PLAZA DEL CARBAYON, nº1 ,  33001 OVIEDO

aitorillo

Si va dirigido al consejero ¿no debería mandarse a la consejería? En la plaza del Carbayón está el SESPA, no la consejería que está en Edificio Buenavista C/Ciriaco Martín Vigil 9

Lilita

Cita de: aitorillo en 16 de Marzo de 2012, 00:13:39 AM
Si va dirigido al consejero ¿no debería mandarse a la consejería? En la plaza del Carbayón está el SESPA, no la consejería que está en Edificio Buenavista C/Ciriaco Martín Vigil 9

Pues tienes razón!! http://www.asturias.es/portal/site/webasturias/menuitem.6ae732be36e43aef9fe97477f2300030/?vgnextoid=51678967fb15e010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&vgnextchannel=f745090dc76ed210VgnVCM1000002f030003RCRD&i18n.http.lang=es

Edificio "Buenavista" C/ Ciriaco Martín Vigil, 9  33005 Oviedo

Lilita

Ya mande el recurso!: registrado, certificado, urgente y acuse de recibo... así no perdemos tiempo... tienen 1 mes para contestar!

Lilita

Mandado a los sindicatos... a ver si funciona el efecto mariposa... y despiertan... que estan a por uvas!!  :loool: :loool: :loool:

mery1977

  Pues entiendo lo del recurso pero no lo comparto! Lo que hay que hacer son las cosas bien, y si se empieza a no poder presentarse a otras CCAA por tener plaza en propiedad, deberían de sacar los traslados ahora, no en 2008 como salieron, que no somos pocos los que tenemos la familia, y hablo de pareja e hijos alla , y la plaza en otro lado.... tener dos plazas en propiedad no es nuevo, mucha gente la tiene y no ocupas dos plazas puesto que una esta en excedencia y el que esta con ese contrato en el sitio donde tu no trabajas tiene casi el trabajo asegurado si tu no pides el traslado.
  Menos quejarse de todo y más estudiar.... asi demuestras que sabes más y que mereces la plaza no????
 

Lilita

Cita de: mery1977 en 18 de Marzo de 2012, 17:07:47 PM
  Pues entiendo lo del recurso pero no lo comparto! Lo que hay que hacer son las cosas bien, y si se empieza a no poder presentarse a otras CCAA por tener plaza en propiedad, deberían de sacar los traslados ahora, no en 2008 como salieron, que no somos pocos los que tenemos la familia, y hablo de pareja e hijos alla , y la plaza en otro lado.... tener dos plazas en propiedad no es nuevo, mucha gente la tiene y no ocupas dos plazas puesto que una esta en excedencia y el que esta con ese contrato en el sitio donde tu no trabajas tiene casi el trabajo asegurado si tu no pides el traslado.
  Menos quejarse de todo y más estudiar.... asi demuestras que sabes más y que mereces la plaza no????
 

Efectivamente... una que no ocupas, se la restas a las opes para otros que no la tienen!!


Lilita

#9
Cita de: mery1977 en 18 de Marzo de 2012, 17:07:47 PM

  Menos quejarse de todo y más estudiar.... asi demuestras que sabes más y que mereces la plaza no????
 

Curioso que diga eso... una de las beneficiadas de la misma clausula que reclamamos... no y que consigue plaza gracias a la exclusión de los propietarios de Madrid??

No es una question de estudio... gente con el máximo de tiempo trabajado y examen regular pilla plaza y sin embargo otra con notas máximas en el examen no... por tener poco tiempo trabajado... Y luego estan las circustancias de cada uno...

Lilita

Interesante reflexión...

Citar¿Es creíble que del resultado final de la movilidad voluntaria – concurso de traslados – finalizado en Abril de 2009 en la categoría de ATS/DUE, resultaran 315 plazas menos en Asturias?
Dicho con mayor sencillez lo mismo: ¿es creíble que vinieran de fuera de Asturias 315 profesionales más de los que se hayan podido marchar?


http://ccoo-hvnl.blogia.com/2012/032006-la-oferta-publica-de-empleo-oep-de-la-categoria-ats-due-no-solo-condiciona-a-est.php



mery1977

Cita de: Lilita en 19 de Marzo de 2012, 14:10:36 PM
Cita de: mery1977 en 18 de Marzo de 2012, 17:07:47 PM

  Menos quejarse de todo y más estudiar.... asi demuestras que sabes más y que mereces la plaza no????
 

Curioso que diga eso... una de las beneficiadas de la misma clausula que reclamamos... no y que consigue plaza gracias a la exclusión de los propietarios de Madrid??

No es una question de estudio... gente con el máximo de tiempo trabajado y examen regular pilla plaza y sin embargo otra con notas máximas en el examen no... por tener poco tiempo trabajado... Y luego estan las circustancias de cada uno...

No creo que debas decir eso, basicamente porque no es cierto, yo cogi plaza por mi casi 7 y medio de nota pues solo se me valoraron 5 ó 6 años de experiencia, con una esa nota competí con gente con un 4 y poco y 18 años de interino, igual es más eso a lo que te refieres más bien.

Anyway cada uno tiene su lucha, lo primero que dije fue que lo entiendo pero que no puedo compartirlo, porque va contra mis intereses, evidentemente.....

Lilita

Gracioso... que se atribuyen los sindicatos MI RECURSO!!!  :loool: :loool: :loool:  Vamos igualito!!


http://fesitessasturias.com/noticias.html


CitarOPE SESPA ASTURIAS



Ya está convocada la OPE de ATS/DUE para el Servicio de Salud del Principado de Asturias y se supone que dentro de poco convocaran a los TÉCNICOS pero todavía no se sabe nada con lo que esta información nos interesa:

Según ASEVINSE:

"Debido a que la convocatoria de la OPE de ATS/DUE tiene algunos puntos en sus bases no muy favorables a nuestros intereses, algunas personas están acudiendo a sus sindicatos para recurrirlos. Como sabreis la mayoría, en la última asamblea se decidió que si salía la convocatoria de OPE, si había algo que recurrir, las personas lo harían individualmente en sus sindicatos, debido a que no habría dinero para recurrir todas las categorías. Hay algunos sindicatos con los que hemos hablado que están recurriendo a nivel individual, las personas que estén interesadas en hacerlo (ya sea por el hecho de poder presentarse fijos de otras comunidades, por el baremo,...) que vayan a enterarse."

Aquí os presentamos el documento con las alegaciones para recurrir las bases de la convocatoria:

DIRIGIDO A: Consejero de Sanidad del Principado de Asturias Edificio "Buenavista" C/ Ciriaco Martín Vigil, 9  33005 Oviedo.

ASUNTO: Recurso de alzada contra la Resolución de 13 de marzo de 2012, del Director Gerente del Servicio de del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso oposición para el acceso a 448 plazas de personal estatutario de la categoría de ATS/DUE  del Principado de Asturias publicada en el BOPA nº 62 del 15 de marzo 2012.

Don/Doña                     , mayor de edad, con DNI núm. .     y domicilio a efectos de notificaciones en  (dirección)                     
MANIFIESTA:

Que por el presente escrito y dentro del plazo legal establecido al efecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en relación con el artículo 27 de la 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de y el artículo 114 y siguientes de la 30/1992, de 26 de noviembre, de de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común., viene a interponer RECURSO DE ALZADA previo a la jurisdicción contencioso-administrativa contra dicha Resolución, recurso que fundamenta en las siguientes:


ALEGACIONES


En la Resolución de 13 de marzo de 2012, del Director Gerente del Servicio de del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso oposición para el acceso a 448 plazas de personal estatutario de la categoría de ATS/DUE  del Principado de Asturias publicada en el BOPA nº 62 del 15 de marzo 2012 dice:

Anexo I BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO, segunda.: Requisitos de los aspirantes:
f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de ATS/DUE, como personal estatutario fijo en el Servicio de Salud del Principado de Asturias, cualquiera que sea su situación administrativa.

La redacción de la base f) viene a contradecir el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud Ley 55/2003, de 16 de Diciembre en el Artículo 29. Criterios generales de provisión:
La provisión de plazas del personal estatutario se regirá por los siguientes principios básicos:
a) Igualdad, mérito, capacidad y publicidad en la selección, promoción y movilidad del personal de los Servicios de Salud.

Efectivamente, se limita ese criterio a los propietarios Asturianos sin embargo al no mencionar los propietarios de otras comunidades, ateniendo a criterios de igualdad, deja la puerta a que sí puedan concursar en esta oposición propietarios de otras comunidades.

Son varias las comunidades, que en oposiciones recientes, limitan el acceso solo a personal que NO tenga plaza en las administraciones públicas en la misma categoría. No solo porque para ellos existen los concursos de traslados sino porque deja la puerta abierta a que acumulen en propiedad la plaza de origen y la nueva plaza en esta oposición, restándoles oportunidades a los enfermeros interinos, eventuales o parados:
Ejemplo:
-Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29  RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Sanitarios/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid. f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de Diplomado Sanitario/Enfermera como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.
Y la resolución que excluye a casi 500 propietarios:-LUNES 9 DE MAYO DE 2011 B.O.C.M. Núm. 108  Pág. 30 RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a la exclusión de aspirantes del proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Sanitarios/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, por incumplimiento de requisitos.

En mérito a lo expuesto,

SOLICITA, que se cambie La redacción de la base f  en el Anexo I BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO, segunda.: Requisitos de los aspirantes:

f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de ATS/DUE, como personal estatutario fijo en el Servicio de Salud del Principado de Asturias, cualquiera que sea su situación administrativa.

Por esta redacción

f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de ATS/DUE como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa y mantener esa condición a lo largo de todo el proceso.
.

En     a     de marzo de 2012.
Firma

anchus

Cita de: Lilita en 16 de Marzo de 2012, 13:37:21 PM
Mandado a los sindicatos... a ver si funciona el efecto mariposa... y despiertan... que estan a por uvas!!  :loool: :loool: :loool:

Tu lo decias aquí, no ???  pues parece ser que han despertado

Bueno si sirve para algo bien hallado sea

Lilita



 
  Anuncio de interposición de recurso de alzada contra Resolución de 13 de marzo de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso oposición para el acceso a 448 plazas de personal estatutario de la categoría de ATS/DUE del Servicio de Salud del Principado de Asturias.[/size] Habiéndose interpuesto diversos recursos de alzada contra la Resolución de 13 de marzo de 2012 de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso oposición para el acceso a 448 plazas de personal estatutario de la categoría de ATS/DUEdel Servicio de Salud del Principado de Asturias, en los que se solicita la modificación de la letra f del apartado 2.1 de la base segunda de la convocatoria, en el sentido de exigir como requisito de participación no ostentar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de ATS/DUE cualquiera que sea su situación administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 112, en relación con el artículo 59.5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio se comunica a los posibles interesados que el texto del recurso se encuentra a su disposición en la Sección de Personal Estatutario de la Consejería de Sanidad (calle Ciriaco Miguel Vigil, n.º 9, planta tercera, sector derecho, 33006, Oviedo) para que puedan obtener, si lo desean, copia del mismo y formular, en su caso, las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de diez días desde la publicación de este anuncio. En Oviedo, a 14 de enero de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-00562.


Lilita


HEMOS GANADO EL RECURSO!!! Confirmado en el SESPA !!!


VAn a modificar la convocatoria así:


Modificación de la letra f del apartado 2.1 de la base segunda de la convocatoria, en el sentido de exigir como
requisito de participación no ostentar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de ATS/DUE cualquiera que
sea su situación administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 112, en relación con el artículo 59.5, de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Lilita

La nueva redacción sería:


f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de ATS/DUE como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa y mantener esa condición a lo largo de todo el proceso.

Lilita


Facebook de Sicepa/Usipa


CitarOPE ATS/DUE SESPA
Enero 2013. Aceptar los recursos interpuestos para excluir al PERSONAL ESTATUTARIO FIJO de otros servicios de salud.
Febrero 2013. Modificar las bases de la convocatoria para excluir al citado personal antes citado y devolución de las tasas abonadas por los mismos.
-Convocar la OPE ATS/DUE por el turno de discapacidad
-Publicar los listados de admitidos y excluidos

Lilita

El comunicado de RRHH del SESPA



Arousal

¿Finalmente se modificó el apartado?
Habrá que ver si alguien con plaza en propiedad ha pasado el corte... :dubbio:
Si lo intentas, es muy fácil...