cobrar el paro sin cotizar

Iniciado por avila, 19 de Junio de 2007, 20:43:35 PM

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Zanoni

A ver... a lo mejor voy a decir una burrada, si es así que alguien me corrija, pero creo que según el Estatuto de los Trabajadores cuando se da un caso de estos, da igual que el trabajador sea inmigrante o español, es decir, que está contratado ilegalmente sin estar dado de alta en la SS, o sin contrato legal, con pleno conocimiento del empresario (vamos, premeditación y alevosía), y le mandan a la calle, o la empresa se va a la quiebra, es plena responsabilidad del empresario el pagar todo lo que no ha pagado hasta entonces... cosa que suelen eludir declarandose en quiebra (no sé cuál habrá sido la situación concreta en este caso). Si esto sucede, se le deben embargar los bienes del mismo hasta que cubra la deuda y si no son suficientes el Estado, mediante un fondo especial que tiene (no me apetece ahora mirarlo) se hace responsable civil subsidiario de la misma.

Esto es lo que dice la ley, que se la pasen por el forro multitud de veces es otra cosa. Que la gente se apabulle pensando en los costos de los juicios, abogados, procuradores, tiempo... porque la justicia en nuestro país es para darla de comer aparte, pues otro tema. Pero a ver cuando se nos mete en la cabeza que hay que igualar por arriba, no por abajo, o sea, quejarnos de que eso pase sea con quien sea, españoles, inmigrantes o uno que pasaba por aquí.
We don't need no education, we dont need no thought control, no dark sarcasm in the classroom.Hey! Teachers! Leave them kids alone! All in all it's just another brick in the wall. All in all you're just another brick in the wall

Zanoni

A todo esto... durante los 17 años que el tio estuvo trabajando, la Inspección de Trabajo ¿qué hacía? ¿y los sindicatos? ¿tomaban cafeses?  :BangHead:
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Zanoni

Otra cosa... A mi una empresa me dice que me va a contratar sin cotizar por mi a la SS y les digo "vale, muy bien", y al día siguiente de firmar el contrato les pongo una denuncia o en la Inspección de Trabajo, o directamente en el Juzgado. ¿Lo podía hacer este buen hombre?
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FOSTER

Zanoni, efectivamente es como dices, no has dicho ninguna burrada.

Zanoni

Gracias Foster. Entonces ¿dónde está el problema ese de los derechos, deberes y mandangas?  :taloco2:
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FOSTER


Patri

Si no es ninguna burrada, ¿entonces qué defiendes?. Pedimos que no se le pague paro porque no ha cotizado, que el Estado lo saque de otra parte como indemnización pues bien (siempre y cuando no se lo puedan quitar al empresario, que es con el que va la cosa), pero no del paro, que está creado por un propósito concreto y no para indemnizar a trabajadores estafados.
No entiendo por qué tanta manía con lo de la xenofobia, te aseguro que no tendría ninguna vergüenza en reconocerlo si lo fuera, lo que me jode es el favoritismo al inmigrante por el puro miedo a denuncias de racismo, discriminación y demás gilipolleces. Un delito debería ser un delito, pero si pilla de por medio a un inmigrante se convierte en algo más. Y digo inmigrante como podría ser cualquier otra persona en circunstancias distintas a las de la media.
Vamos, que en el colegio le gastabas una broma a alguien y no pasaba nada, le hacías lo mismo a una sordomuda y se te caía el pelo (como me pasó a mi por escribirle una carta de amor a un chico de parte de ella, vaya un atentado). No debe haber discriminación, no para mal pero tampoco para bien, todos somos iguales y nadie tiene que tener tratos de favor.

FOSTER

Joder,


El empresario es responsable de todos los atrasos, pero tiene que pagar a quien tiene que pagar. Es decir, en caso de indemnizaciones atrasos de salario y demas tiene que pagarle al trabajador directamente. Pero los impuestos y cotizaciones a la seguridad social se cotiza al
estado. El empresario NO PAGA EL PARO, el estado paga el paro. Que el empresario se haya escaqueado de pagar los impuestos no es culpa del trabajador. Por tanto el trabajador no ve afectados sus derechos. Las cotizaciones se las reclama el estado al empresario, que como dice Zanoni puede declararse en bancarrota para escaquearse del pago.

Si no quereis entender es cosa vuestra.

Zanoni

Exactamente... vamos a ver, que le paguen el paro NO ES NINGÚN TRATO DE FAVOR, ES LO QUE TIENEN QUE HACER Y PUNTO. Y es lo que tienen que hacer porque así lo pone el Estatuto de los Trabajadores, y el tío este trabajaba, y trabajaba en España, por lo que está amparado por el mismo. Otra cosa es que no lo pudiera denunciar dada su situación de irregularidad, pero vamos, con sólo presentar las nóminas, o las entradas mensuales en el banco por parte de la empresa le basta.

Y el paro, la jubilación y los demás derechos de los se haya hecho beneficiaro. No se lo dan por caridad, se lo dan porque es, ya no lo justo, SINO LO LEGAL.

¿Ahora entiendes la pregunta, Foster? ¿Si se ha hecho lo legal, por que se habla de si no tenía derecho, de si se ha actuado así para ganar puntos,etc..?
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Patri

Volvamos otra vez la burra al trigo (soy cabezona, lo reconozco y sé que no hace falta decirlo):
1.- Vale, ha estado trabajando y hay nóminas que lo demuestran.
2.- Solución justa a mi entender: multón al empresario, descuento en esas nóminas para la cotización y entonces cobrar el paro.
¿Opinión, Foster?

isapa

Cita de: Patri en 20 de Junio de 2007, 21:20:20 PM
descuento en esas nóminas para la cotización y entonces cobrar el paro.

A ver Patri, pero ¿tú que crees que le estaba pagando al tío? ¿2000 euros al mes? ¿y que además tenía nóminas y todo?

Zanoni

Cita de: Patri en 20 de Junio de 2007, 21:20:20 PM
Volvamos otra vez la burra al trigo (soy cabezona, lo reconozco y sé que no hace falta decirlo):
1.- Vale, ha estado trabajando y hay nóminas que lo demuestran.
2.- Solución justa a mi entender: multón al empresario, descuento en esas nóminas para la cotización y entonces cobrar el paro.
¿Opinión, Foster?

Luego que opine Foster pero lo de descuento en esas nóminas... ¿te refieres quitarle el dinero al trabajador por lo que no ha cotizado el empresario?

Lo que me faltaba por ver  :sbox_oops: :sbox_oops:
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FOSTER

No, definitivamente no. Que se persiga al empresario no tiene porque afectarte en el cobro del paro.

Descuento de esas nominas para cotizacion, si, efectivamente seria justo, siempre y cuando se hubiese pagado el salario que se marca por convenio y se hubiesen respetado horas extras, vacaciones y tiempos de descanso. Cosa que no es. En definitiva, aun descontando los impuestos, el hombre aun deberia ser pagado por atrasos. Pero eso si que no va a pasar.

Aademas, dandole otra perspectiva al asunto. Reconociendo los derechos de los inmigrantes a salarios dignos y seguros, impuestos cotizaciones etc, se impide que la situacion laboral de los nacionales empeore. Si te cuesta lo mismo contratar a un nacional o inmigrante legal no as a contratar a un ilegal.

Menos mal Zanoni, pense que estabas traicionando tus creencias anarquistas....

FOSTER

Por cierto Za, da gusto cuando estamos en el mismo bando...juas, juas juas....

Zanoni

Algo va mal, porque ultimamente ocurre con más frecuencia de la normal...  :loool: :loool: :loool:
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Patri

Profundizando más en esos temas de vacaciones, descansos y demás, no entro, definitivamente no tengo ni idea. Aislando el hecho de que el empresario no le puso a cotizar, que es de lo que estoy hablando, Isapa, no entiendo (no quiero entender) a qué te refieres. Todos cotizamos, los que no llegan a los 1000 euros y los que cobran eso por minuto, sólo es una proporción, le quitarían menos pero parte de su sueldo tiene que ir a eso, ¿o no?

FOSTER

A ver Patri, cual es el salario minimo por 40 horas? antes o despues de impuestos? a cuanto se paan las horas exra?

entiendes ahora?

isapa

#57
Sí, pero no eres tú la que realiza los descuentos, es tu empresa la que se encarga de pagarlo a la SS, y lo que queda es lo que supuestamente cobras.
Los empresarios tienen que pagar por ti a la SS  (si no me equivoco unos 400 euros al mes) además de lo que te descuentan.
Esta persona no podía cotizar ni aunque quisiese porque no estaba dada de alta en la SS.

Patri

#58

Zanoni

A ver, ya me he enterado de todo el caso. No tenía nómina porque no tenía contrato. Tampoco descansos semanales. Ni vacaciones. Trabajaba de 12 a 18 horas diarias a 31 euros el día.

Se puso en contacto con un abogado laboralista que lo denunció a la inspección de trabajo. Al día siguiente llegó a la inspección, al otro día la jefa le despidió. Él la denunció ante el juzgado de lo social por despido improcedente. Ha ganado el juicio.

En la sentencia se le reconoce el tiempo trabajado y todos los derechos devengados por el mismo, como es natural. Como dice Foster, aunque le quitaran de lo que ha cobrado su parte correspondiente de pago a la SS, le seguirían debiendo dinero en concepto de indemnización, permisos, vacaciones, pagas extraordinarias, etc... Los impuestos los debe pagar la empresa. El paro lo paga la SS (o sea el estado)
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