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Bolsa SEGGE-SALUD

Iniciado por Riuku, 13 de Febrero de 2013, 13:40:57 PM

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aucega

Hola!! resulta que también me han mandado un email diciendome lo mismo que al resto...
por lo que leo al final nadie ha mandado los papeles no???
es que por más que busco no encuentro información por ninguna parte....   :17:

Riuku

Yo no los he enviado, y la gente que conozco que los envió aún no les han llamado para la entrevista.

DeSi_33

Yo también he recibido el correo, pero no sé que hacer....  :dubbio:

chitin

Hola!!alguien sabe algo de la bosa de SEGGE- ENFERMERÍA?? nadie ha ido a la entrevista?? yo he mandado toda la documentación y ayer me avisaron de que en breve se pondrán en contacto conmigo..que opinais?? suena tan bien que no se..no se si será una empresa  que presta servicios a hospitales porque tiene bolsa de tecnicos en radiodiagnóstico tambien...y con la cosa de que se va a privatizar todo... :sbox_oops:

enfermero28

Chicos yo no lo mandaría, he estado mirando un poco las páginas en las que aparece y huele raro de más.

En su página web no dice nada claro, sólo que buscan personal, sobre todo para domicilios, aunque también para hospitales públicos y privados (no se yo cómo personal de ellos va a ir a ejercer a un público....  :whistling:), pero vamos, que llevan más de un año buscando.

La única manera de contactar con ellos es por un apartado postal o por un teléfono de tarifa especial (vamos que pone Velez-Málaga como podrían poner cualquier sitio).

Si indagas un poco más en su web podréis ver que realizan cursos de formación sobre piercing y acupuntura, cursos de 50 horas que ellos denominan expertos universitarios (no se lo creen ni ellos) y si vas a su facebook no han publicado nada desde octubre de 2012 y la única página que siguen es la "staff emergency" (si recordáis esta es la famosa empresa de Ibiza que buscaba enfermeros para centros de ocio y discotecas pero que tenías que hacer sus cursos solo para que te tuvieran en cuenta).

Y ya para rematar si buscamos en esta página el nombre de la asociación descubrimos su dirección física http://www.tuasociacion.com/content/sociedad-espa%C3%B1ola-de-graduadas-y-graduados-en-enfermer%C3%AD-general-y-especializada-segge

Aquí podemos ver que la sede es CALLE CRISTO DE MEDINACELI Nº 33 29700  VÉLEZ-MÁLAGA  MÁLAGA

Buscando en google street que en la fachada de este número hay tres nombres: Consumax / Cruzax / Cristax

Buscando un poco sobre estas empresas vemos:

Consumax (hay dos páginas)

http://www.turivia.com/v/M%C3%A1laga/V%C3%A9lez-M%C3%A1laga/Asociacion+Consumax+Consumidores+de+la+Axarquia/390525 esta sobre una asociación de consumidores y esta sobre una asesoría jurídica http://www.euroagora.com/consumax_s_a-1000821.html

Cruzax S.A. su página de facebook https://www.facebook.com/pages/Cruzax-SA/286749848069134 también sobre sanidad aunque más antigua.

Cristax (esta es la mejor)

http://www.turivia.com/v/M%C3%A1laga/V%C3%A9lez-M%C3%A1laga/Cristax+Cristianos+en+la+Axarquia/409132/comentarios  Cristianos de la Axarquia  :loool: :loool: :loool:

Resumiendo, esto huele mal no, peor. No os fieis aunque estéis desesperados. Seguro que hay cosas mejores  :great:

Lucia__87

me ha llegado un nuevo email de esta "bolsa"... a alguien mas le ha llegado?? es muy raro

Javi_gasco

A mi tb me acaban de enviar otro correo y la verdad no me fío .... Son muy raros y en internet tanto Facebook como twiter no dicen nada ... Que opináis ??

Riuku

Pero que os dicen en el e-mail??

A mi me enviaron un e-mail en su momento para que enviara mi documentación, pero me olía tan raro que no lo envié. Se supone que te llamaban al poco tiempo para hacerte la entrevista, pero aún no hay nadie que yo sepa la haya hecho..  :spamafaute: yo no me fio

ENFER22

HOLA A MI ME HA LLEGADO HOY UN EMAIL CON UN CONTRATO ADJUNTO DICIENDOME ESTO: ¿QUE OS PARECE?...AUN NO MANDE NADA ME PARECE MUY RARO...(ADJUNTO CONTRATO)
"Estimado/a Participante,

Le adjunto archivo con la propuesta de colaboración de SEGGE.

Me imagino que le surgirán muchas dudas, en relación a esta modalidad de actividad, y si una vez que ha leído las clausulas del contrato esta usted de acuerdo, solo debe rellenar los datos relativos a usted, es decir aquellos que vienen señaladas en el contrato, imprimirlo y mandarlo escaneado a esta dirección de correo.


En el contrato usted solo debe sustituir las X por los datos que se solicitan en el encabezado:

De otra, D./Dña. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con D.N.I. XXXXXXX con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en adelante, el/la colaborador/a.



y en la clausula 2ª debe usted indicar en que provincia desea desarrollar su actvidad.



2º.- El objeto del presente contrato de colaboración, es la realización por parte de el/la colaborador/a, de manera continuada o estable, de las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, actividad a desarrollar en la zona de XXXXXXXXXX,  y sin asumir el riesgo y ventura de las operaciones.



En el momento que recibamos su contrato firmado, pasará a formar parte del grupo de colaboradores de SEGGE, y en ese momento, le enviaremos una guia de acogida a SEGGE, donde encontrará respuesta a todas sus dudas. El no poder entregarle la guía aún es debido a que no ha firmado la clausula de confidencialidad recogida en el contrato.

En estos momentos del proceso y no habiendo firmado aún el contrato solo puedo facilitarle el número de atención de 24 horas que SEGGE tiene disponible para resolver cualquier duda:  TLF. 807.543.756 (*)

El motivo de firmar el contrato y no realizar una entrevista previa, es debido a que usted no puede demostrarme en una entrevista como es su proceder enfermero, pero durante su periodo de colaboración, tanto su coordinador/a provincial, como los pacientes que usted tendrá asignados si podrán valorarle en la realidad de la práctica clínica. Su práctica clínica es la que nos interesa.

Finalizado este periodo de colaboración se abrirá un periodo en el que si será entrevistado, le expondremos las valoraciones recibidas y podremos evaluar mutuamente si seguimos con una relación laboral indefinida.

Reciba un cordial saludo.

Departamento de Recursos Humanos.
www.segge.es


Si ha recibido este correo y no es el destinatario del mismo, le rogamos proceda a su eliminación. Gracias.
Si ha recibido con anteriorirdad este correo, no le haga consideración al presente, es debido a una duplicidad en el envio y por eso lo ha recibido duplicado.
(*)Servicio de consulta . Uso exclusivo mayores de 18 años. Precio máx. de la llamada a partir del segundo 20: red fija 1,21 €/min. y red móvil 1,57 €/min., IVA incluído.

Todos los ingresos obtenidos por esta línea serán destinados en su totalidad a proyectos sociales, no lucrativos de la

Sociedad Española de Graduados/as en Enfermería General y Especializada



--
ADVERTENCIA:
En función de la LEY ORGÁNICA 15/1999,  este mensaje de correo electrónico y sus documentos adjuntos están dirigidos EXCLUSIVAMENTE  a los destinatarios especificados. La información contenida puede ser CONFIDENCIAL  y/o estar LEGALMENTE PROTEGIDA y no necesariamente refleja la opinión del REMITENTE. Si usted recibe este mensaje por ERROR, por favor comuníqueselo inmediatamente al remitente y ELIMÍNELO ya que usted NO ESTA AUTORIZADO al uso, revelación, distribución, impresión o copia de toda o alguna parte de la información contenida. Gracias.

ENFER22

ESTE ES EL CONTRATO QUE SEGGE ME HA MANDADO:


CONTRATO DE ENFERMERO/A COLABORADOR/A
CONTRATO DE COLABORACIÓN
En  MÁLAGA  a 13  de JUNIO  de  2013
De una parte, D. MANUEL VÍCTOR MARTÍN SÁNCHEZ, con D.N.I. 53152535H, en calidad de representante de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN ENFERMERÍA GENERAL Y ESPECIALIZADA "SEGGE-ENFERMERÍA", con C.I.F. G- 93212348 y domicilio a efectos de notificación en el Apartado de Correos nº 92. 29700. Vélez-Málaga (Málaga), en adelante la sociedad.
De otra, D./Dña. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con D.N.I. XXXXXXX con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en adelante, el/la colaborador/a.
EXPONEN
Que  la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS/AS EN ENFERMERÍA GENERAL Y ESPECIALIZADA "SEGGE", es una sociedad legalmente constituida dedicada a actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Y que desea aceptar mediante este documento los servicios de el/la colaborador/a.
Que el/la colaborador/a conoce las características del trabajo para el que se le solicita colaboración y que tiene la titulación y el conocimiento necesario para ello, y en función de esto manifiesta su capacidad y formación necesaria para la realizar la colaboración objeto del presente documento. Acuerdan que ambas partes se reconocen capacidad legal para otorgar y firmar el presente CONTRATO DE COLABORACION, sujeto a las siguientes:
ESTIPULACIONES
1º.- Que el/la colaborador/a con la firma de la presente adquiere la condición de Enfermero/a  de la sociedad.
2º.- El objeto del presente contrato de colaboración, es la realización por parte de el/la colaborador/a, de manera continuada o estable, de las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, actividad a desarrollar en la zona de XXXXXXXXXX,  y sin asumir el riesgo y ventura de las operaciones.

3º.-  Que el/la colaborador/a bajo su petición y abono, recibirá de la sociedad todo el material que requiera para ejecutar todas las actividades que le encomiende la sociedad en relación a su actividad de colaboración. Dichos materiales son susceptibles de variación, limitación, cambio, suspensión temporal o definitiva, a tenor de las necesidades, situación, evolución o fluctuaciones del mercado, a criterio de la dirección comercial de la sociedad.
4º.-  Que el/la colaborador/a tiene entre sus funciones y atribuciones la actividad profesional de enfermería, acorde a las competencias que le habilita estar en posesión de la titulación universitaria habilitante. Siendo directamente dependiente de la gerencia de la sociedad.
5º.- El/la colaborador/a organizará su actividad profesional, así como el tiempo que dedique a la misma, conforme a sus propias pautas, normas y criterios. Esa independencia y autonomía lo serán sin perjuicio de desarrollar aquella actividad con arreglo a las instrucciones generales y razonables de la sociedad, imprescindibles en materias y aspectos tales como precios, condiciones de actividad y pago de operaciones, características de los clientes, etc...
6º.- Que el/la colaborador/a pondrá a disposición de la sociedad los trabajos, estudios, textos, gráficos y artículos en general o cualquier otro tipo de material que sea necesario con destino al trabajo de colaboración fruto de su actividad por y para la sociedad.
7º.- Que la sociedad podrá hacer uso de ese material puesto a su disposición para llevar a cabo la publicación en cualquier formato o canal, sin limitación alguna, del trabajo objeto del presente contrato, formando parte de una obra en colaboración en la que participan diferentes profesionales.
8º.- Como contraprestación económica al ejercicio de su actividad profesional, el/la colaborador/a percibirá una Comisión del 90 % (por ciento) sobre el importe total de las actividades directas o indirectas, efectuadas en la zona de exclusiva por el/la colaborador/a en nombre de la empresa. La comisión se devengará en el momento en que la sociedad hubiera recibido el ingreso devengado.  Las condiciones económicas acordadas se pagan como canon único de las actividades realizadas por el/la colaborador/a, siendo de su cuenta los gastos que se devenguen en función de su cometido. Las comisiones se liquidarán por meses vencidos, abonándose su importe el último día de cada mes en que se hubieren devengado, entregando la sociedad a el/la colaborador/a en ese plazo, una relación de las comisiones devengadas por cada acto u operación.
9º.- La sociedad entregará a el/la colaborador/a, un número de colaborador/a, el cual deberá asignar al realizar los ingresos en la cuenta de la sociedad, con objeto de elaborar una correcta contabilidad y evitar errores en la liquidación mensual. Este número será único y se recogerá en toda la documentación que expida el/la colaborador/a en relación a su actividad profesional.
10º.- La única cuenta donde el/la colaborador/a debe realizar sus ingresos a favor de la sociedad es la cuenta del Banco Santander número: 0073-0100-51-0485092594.
11º.- Que el/la colaborador/a y la sociedad se obligan a actuar con toda la discreción y reserva necesarias para mantener el secreto y confidencialidad de los trabajos realizados por y para la sociedad o cualquiera de sus empresas colaboradoras o marcas comerciales. El/la colaborador/a manifiesta conocer los graves perjuicios que podría ocasionar a la sociedad la falta de discreción en su trabajo y se compromete a no revelar, bajo ningún concepto, a ninguna persona o entidad del tipo que fuere, la totalidad o parte de información relativa a los trabajos realizados por o para la sociedad. El/la colaborador/a será responsable de los perjuicios que la falta de cumplimiento de esta estipulación pudiese acarrear a la sociedad y sabe que la sociedad perseguirá legalmente este incumplimiento exigiendo las responsabilidades de todo tipo a que en derecho hubiese lugar.
12º.- Que el/la colaborador/a manifiesta que la totalidad de la documentación cedida a la sociedad en el marco de este contrato es de autoría propia, habiéndose apoyado en otros trabajos, estudios, o archivos propios, y que no es copia o plagio, ni total ni parcial de otros trabajos o documentaciones similares ajenas. Por esta razón, exime a la sociedad o a sus clientes o colaboradores de cualquier tipo de responsabilidad, por cualquier reclamación que por este concepto pudiesen realizar terceros. El/la colaborador/a se hace siempre responsable, sin excepción alguna, de esta circunstancia. En cualquier caso, y de forma general, la sociedad declina en el/la colaborador/a cualquier responsabilidad frente a terceros derivada de la dudosa procedencia, propiedad, o mala realización de todo el material cedido a la sociedad para su publicación.
13º.- Que el/la colaborador/a cede a la sociedad, sin limitación alguna, todos los derechos sobre el trabajo realizado para llevar a cabo la publicación, en cualquier formato, o utilización del trabajo que el/la colaborador/a desarrolla en el ámbito de este acuerdo siendo la propiedad intelectual del trabajo propiedad de la sociedad. La cesión de los derechos, a la sociedad tendrá el carácter de exclusiva e ilimitada.
14º.- Que este contrato es un acuerdo global y la sociedad y el/la colaborador/a podrán llegar a sucesivos acuerdos de colaboración que vendrán reflejados en los sucesivos anexos al presente documento.
15º.- Que el/la colaborador/a no podrá utilizar en beneficio propio o de terceros los conocimientos adquiridos sobre la clientela, proyectos, trabajos en ejecución y funcionamiento en general de la sociedad, haciéndose responsable de cualquier perjuicio que el incumplimiento de esta estipulación acarrease a la sociedad.
16º.- El/la colaborador/a se compromete a realizar su trabajo con la mayor calidad posible, acudiendo a las fuentes necesarias de reconocido rigor y seriedad, y aplicando los métodos y conocimientos adecuados para que su trabajo de colaboración resulte del mayor rigor, exactitud y veracidad cotejada según los cánones éticos profesionales más extendidos.
17º.- Que la duración de este contrato se fija con carácter indefinido. Así mismo finalizará el presente contrato si por razones de mercado, comerciales o técnicas, la sociedad se viera obligada a suspender definitivamente o temporalmente el contrato. Para ello bastaría la comunicación escrita de la sociedad a el/la colaborador/a con al menos un plazo de tiempo de diez días naturales.
18º.- Que este es un contrato de colaboración y las partes reconocen que en ningún caso, ni bajo ningún concepto, este contrato y la relación que regula, podrá entenderse como relación laboral.
19º.- Que en caso de falta de acuerdo por cualquier causa dimanante de este documento, cualquiera de las partes podrá convocar de forma fehaciente y por escrito una reunión en las oficinas de la sociedad con el fin de resolver las diferencias, estando la otra parte obligada a asistir a dicha reunión en un plazo máximo de un mes desde la notificación a dicha reunión. En cualquiera de los casos, ambas partes se otorgarán un plazo de dos meses desde la citada convocatoria de reunión para resolver de forma amistosa cualquier diferencia que, por motivo de la interpretación de este acuerdo, surgiese entre las mismas.
20º.- Que en caso de divergencias en relación con el presente contrato, ambas partes acuerdan resolver la/s divergencia/s mediante acto de mediación en exclusiva con la Sociedad de Mediación y Arbitraje Gemeyar.
Y para que así conste, las partes lo suscriben en prueba de conformidad y por duplicado en el lugar y fecha del encabezamiento.
Se firma en dos ejemplares idénticos.
 



Fdo. Manuel Víctor Martín Sánchez                  Fdo. Mª del Carmen Carrera Vera
Gerente                       Enfermera/o
SEGGE                       SEGGE   

Riuku


inesivs

Hola, yo he recibido hoy en mi correo, un email de segge de contratacion,después de mandar los papeles que indicaban, se supone q tienes q firmar el contrato y mandárselo x internet, no se qué hacer, por una parte no lo veo nada seguro ni serio, pero tal y como están las cosas hoy en día te cojes a un clavo ardiendo, alguien más a recibido el contrato? Un saludo

inesivs

El punto 11 del contrato es el que más me impacta y me llama la atención, no lo veo nada claro

saludfarmacia

Buenas tardes compañeros

Para seguir el hilo de este tema. Respecto a la bolsa SEGGE-SALUD, nos han comentado desde uno de los sindicatos andaluces, que la sociedad que lleva lo de la bolsa de trabajo, no  aparece registrada como sociedad ni su CIF está recogido en el registro oficial.

¿por qué tanto timo, en estos tiempos?

:spamafaute:

cereza

Buenas!!
a mi también me ha llegado el e-mail con el contrato de colaboración adjunto.
y la verdad, no sé si firmarlo o no.... tantas cláusulas no me gusta nada   :dubbio: