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La especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria: estado actual.

Iniciado por Dama Eowyn, 14 de Octubre de 2009, 12:23:25 PM

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Dama Eowyn

Cita de: Antonio_2010 en 20 de Septiembre de 2010, 17:02:30 PM
Sabéis qué pasará con el personal que acceda al título por vía excepcional y no apruebe el exámen?
El que no supere el exámen se queda sin título de especialidad.
Cita de: Antonio_2010 en 20 de Septiembre de 2010, 17:02:30 PMY también ¿qué pasará con los enfermeros que tengan plaza en propiedad en at. primaria y no aprueben el examen?
El que tiene su plaza en propiedad, con esa se queda, si todas las plazas se pasan a especialista, su plaza como generalista se queda a extinguir (jubilación o traslado, pero otro generalista no podrá cubrirla), loq ue pasa es que nunca será especialista a no ser que se saque la especialidad vía EIR.
Cita de: Antonio_2010 en 20 de Septiembre de 2010, 17:02:30 PMSupongo que llegaría algún día cuando para trabajar en centros de salud sea obligatorio tener la especialidad de comunitaria.
Esperemos.

Game Over

hopli

Una pregunta más aunque igual sea un poco absurda:
¿ Si por la via escepcional suspendo, puedo intentar acceder después a la especialidad via EIR?

Gracias a tod@s

Panfilina

Cita de: hopli en 21 de Septiembre de 2010, 13:43:39 PM
Una pregunta más aunque igual sea un poco absurda:
¿ Si por la via escepcional suspendo, puedo intentar acceder después a la especialidad via EIR?

Gracias a tod@s

Claro Hopli.  UN saludo
Antes de preguntar, dale a buscar !!!

Todo pasa y todo queda... Se hace camino al andar.

Fortecortín

Yo quería preguntar otra duda.
A ver, la mayoría de mi tiempo trabajado es en at. primaria. El día que haga la residencia y sea especialista en enf. familiar y comunitaria, ¿me contará el tiempo trabajado en at. primaria para cuando saquen la bolsa de especialista en enf. familiar y comunitaria? Gracias.

Dama Eowyn

Cita de: Antonio_2010 en 21 de Septiembre de 2010, 20:35:41 PM
Yo quería preguntar otra duda.
A ver, la mayoría de mi tiempo trabajado es en at. primaria. El día que haga la residencia y sea especialista en enf. familiar y comunitaria, ¿me contará el tiempo trabajado en at. primaria para cuando saquen la bolsa de especialista en enf. familiar y comunitaria? Gracias.
nos estás pidiendo que adivinemos que harán los políticos y los sindicatos, pro me inclino a pensar que hasta que no firmes el contrato como enfermero especialista en familiar y comunitaria, no creo que cuente, ya que tu nombramiento es como enfermero, no como especialista.
Game Over

due_extremadura

a ver si alguien me responde a esto:
¿quién me tiene que firmar el certificado diciendo que hago las funciones de atención primaria?? la gerencia o el órganismo a nivel más alto digo.... yo trabajo en la junta d extremadura y he trabajado en dos centros diferentes entonces serían los directores de dichos centros o kien lleve el tema en la junta??? os agradecería mucho si alguien supiera como es esto... es lo q me falta saber para hacer los trámites! saludos!! :21fiesta:
"El mundo está lleno de pequeñas alegrías, el arte consiste en saber distinguirlas"

Fortecortín

Yo pienso que si debe de contar la experiencia en at. primaria ¿no?. De lo contrario a todo el mundo que acabe la residencia de enf. familiar tendría 0 puntos.

Panfilina

Cita de: thebest_me86 en 22 de Septiembre de 2010, 19:38:22 PM
a ver si alguien me responde a esto:
¿quién me tiene que firmar el certificado diciendo que hago las funciones de atención primaria?? la gerencia o el órganismo a nivel más alto digo.... yo trabajo en la junta d extremadura y he trabajado en dos centros diferentes entonces serían los directores de dichos centros o kien lleve el tema en la junta??? os agradecería mucho si alguien supiera como es esto... es lo q me falta saber para hacer los trámites! saludos!! :21fiesta:

Debe ser el gerente o similar. así que si los dos centros son del mismo área lo debe firmar el gerente., y si son dos áreas distintas pues los dos gerentes.. tú por aportar papeles que no sea  :occ:

Pero no los directores de centro.. que con perdón.. son unos mandaos.. es de gerente para arriba  :occ:.. pero con gerentes valen  :thumbup:
Antes de preguntar, dale a buscar !!!

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chivi3

Cita de: Dama Eowyn en 20 de Septiembre de 2010, 15:26:01 PM
Cita de: chevrolet en 20 de Septiembre de 2010, 12:21:38 PM
Segun algunas informaciones la convocatoria saldria esta semana, estonces yo me pregunto, ¿los 2 ó 4 años de experiencia los tienes que tener en la fecha de la convocatoria, o en los 6 meses que tienes a partir de la convocatoria puedes seguir sumando tiempo de experiencia hasta el dia que lo solicites???
Si alguien me lo puede aclarar os lo agradecería enormemente
Tienes que tener el tiempo trabajado antes de la publicación en el BOE del EIR, no vale el mismo día, ni después.


Hola, Dama!
Tengo 21 meses y 10 días (según mis cuentas, entre refuerzos y medias jornadas) trabajados en Atención Primaria; está claro que no llego a los años que piden de experiencia, pero me gustaría saber si estas convocatorias por la vía excepcional se harán todos los años (como el EIR vía ordinaria) o se nos pasará este tren y ya no podremos cogerlo.....
Gracias. :dubbio:

Dama Eowyn

Cita de: chivi3 en 23 de Septiembre de 2010, 16:58:17 PM
Cita de: Dama Eowyn en 20 de Septiembre de 2010, 15:26:01 PM
Cita de: chevrolet en 20 de Septiembre de 2010, 12:21:38 PM
Segun algunas informaciones la convocatoria saldria esta semana, estonces yo me pregunto, ¿los 2 ó 4 años de experiencia los tienes que tener en la fecha de la convocatoria, o en los 6 meses que tienes a partir de la convocatoria puedes seguir sumando tiempo de experiencia hasta el dia que lo solicites???
Si alguien me lo puede aclarar os lo agradecería enormemente
Tienes que tener el tiempo trabajado antes de la publicación en el BOE del EIR, no vale el mismo día, ni después.


Hola, Dama!
Tengo 21 meses y 10 días (según mis cuentas, entre refuerzos y medias jornadas) trabajados en Atención Primaria; está claro que no llego a los años que piden de experiencia, pero me gustaría saber si estas convocatorias por la vía excepcional se harán todos los años (como el EIR vía ordinaria) o se nos pasará este tren y ya no podremos cogerlo.....
Gracias. :dubbio:
es una convocatoria extraordinára única, no se repite, el que quiera optar a la especialidad y no pueda acceder ahora por esta vía, tendrá que hacerlo vía EIR (o quien cumpliendo los requisitos no los presente en el plazo establecido, no se presente al exñámen de la competencia o suspenda 2 veces dicho exámen)
Game Over

Panfilina

Sobre el recurso que parece que al final SÍ presentaron algunos grupos de médicos. Se ha fallado lo siguiente:





» La Audiencia Nacional desestima el recurso planteado por la OMC ante el nuevo plan de estudios de enfermería
[/color][/size]
Esta noticia se publicó el 12 dAmerica/New_York March dAmerica/New_York 2010 y está archivada en [/color]Nacional.
Una sentencia de la Audiencia Nacional, que desestima la admisión a trámite de un recurso presentado por el Consejo General de Médicos (OMC) en contra de la Orden Ministerial por la que se establecen los requisitos para el título de enfermero, ha vuelto a desatar las discrepancias entre ambas profesiones sobre el punto que centraba el recurso, el diagnóstico de la enfermedad.
Mientras que desde la OMC, y a tenor del desarrollo y de los términos del fallo, se asegura que la Audiencia Nacional sienta doctrina, al reconocer que la competencia de "diagnosticar enfermedades" corresponde exclusivamente al médico, desde la Organización Colegial de Enfermería se destaca que la Audiencia Nacional reafirma el nuevo plan de Estudios de Grado de Enfermería y, en consecuencia, establece que el término 'diagnosticar' utilizado en dicho Plan de Estudios 'no puede sacarse de contexto, como parece pretender la parte demandante'. Por tanto, a juicio de Enfermería, la sentencia avala la existencia del diagnóstico enfermero.
Planteamiento de la OMC
Según comenta el Consejo General de Colegios de Médicos, el interponer el recurso contencioso-administrativo contra la Orden Ministerial buscaba conseguir que la norma se interpretara en sus justos términos, ya que los Tribunales son los únicos competentes para hacerlo. Y añade que, en la sentencia, se reconoce que el término "diagnosticar" utilizado en artículo 2 no puede "sacarse de contexto" y en tal sentido desestima el recurso, pero va más allá y sienta doctrina en interpretación de los artículos 6 y 7 de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), al reconocer que la competencia de "diagnosticar enfermedades" es exclusiva de los médicos y odontólogos.
Para la OMC, la sentencia aclara que lo que se persigue con la formación en enfermería es "planificar y prestar cuidados enfermeros" dirigidos "a los resultados en salud" y que "ni en el número 2 ni en el 8 del apartado 3 del Anexo de la Orden se está fijando como objetivo de la formación en enfermería el adquirir competencias para el diagnóstico médico, ni, por tanto, posibilitando la obtención por los estudiantes de enfermería de competencias expresamente reservadas a otros profesionales sanitarios".
Valoración del Consejo General de Enfermería
El presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado manifestó su absoluta satisfacción con la sentencia de la Audiencia Nacional que respalda el plan de estudios del nuevo Grado de Enfermería, elaborado en su momento por esta institución junto a la Conferencia de Directores de Escuelas de Enfermería. Y destacó que "la Audiencia Nacional ha venido a respaldar el espíritu que inspiró a este Consejo General y a las Escuelas de Enfermería cuando elaboramos nuestro plan de estudios, con el que pretendimos establecer cuáles deberían ser las competencias enfermeras en un sistema de salud y sociosanitario de alto nivel. Un plan de estudios en consonancia con el desarrollo de la enfermería en los países de nuestro entorno europeo y de los más avanzados del mundo como Estados Unidos o Canadá. Y todo ello con el objetivo de cumplir con nuestro fin social de proteger la salud de las personas y garantizar la seguridad de los pacientes desde una práctica ética, autónoma y competente. Un desarrollo que en ningún caso pretendió invadir competencias de otras profesiones, tal y como ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional".
ver Sentencia de la Audiencia Nacional
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Lenore

Fortecortín, ¿con at.primaria te refieres a tiempo trabajado de la persona o al tiempo que vas a trabajr durante la residencia? Porque está claro que mientras estés como residente de esa especialidad vas a estar trabajando con contrato, con lo que todo eso implica que al final de la especialidad tengas "x" puntos de tiempo trabajado.
-- Have you tried turning it off and on again? --

Panfilina






Los médicos han presentado recurso, alegación, denuncia o Cómo se llame!!!  contra nuestra especialidad.





Resolución de 4 de noviembre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por
la que se emplaza a los interesados en el procedimiento ordinario nº. 327/2010,
promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos contra la
Orden SAS/1729/2010, de 17 de junio.
De conformidad con lo establecido en el art., 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, se participa que ante la
Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se
tramita el procedimiento ordinario n.º 327/2010, promovido por el Consejo General de
Colegios Oficiales de Médicos contra la Orden SAS/1729/2010, de 17 de junio, por la que
se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Familiar y
Comunitaria.
Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto
de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que
tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y
personarse, como codemandadas, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve
días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del
Estado y en la forma establecida en la repetida Ley.
Madrid, 4 de noviembre de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de
Sanidad, Política Social e Igualdad, Luis Pedro Villameriel Presencio.
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Da igual cervezas que cubatas, beber alcohol no es malo, peor es el agua que si no la bebes te mata

burgos

Vamos ,que han denunciado a todas . Voy a ver si me entero porqué ha sido la pataleta.

Panfilina

#215
La pataleta es porque con les quitamos competencias que ahora son exclusivas aunque no lo digan a las claras.


Los programas formativos preveen que la enfermera especialista pueda "USAR E INDICAR" medicamentos relacionados con su especialidad ( igual que las matronas ponen oxitocina o cosas así... CREO !!!  :spamafaute:  )      Eso estaba admitido... pero parece que no quieren abrir más puertas al campo  :whistling:


Que puede suponer... pues ellos quieren que se anule el programa formativo.. con lo que de lograrlo, IMAGINO, que se anularían la evolución de las especialidades y volverían atrás, dado que no se podría formar a las que sacaran plaza en este EIR sin saber el programa formativo que deben cumplir y como consecuencia las vías excepcionales  :wacko:  Digo yo.
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Pfffff. Vaya tela no?? Entonces esto debe resolverse pronto porque dentro de un mes tenemos ya el EIR, no??
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Panfilina

Cita de: Avatar en 13 de Diciembre de 2010, 22:53:35 PM
Pfffff. Vaya tela no?? Entonces esto debe resolverse pronto porque dentro de un mes tenemos ya el EIR, no??

:spamafaute:
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burgos

AHHHHHHHHHHHHHH, pues nada, se hace el exámen ,pero se bloquea como las opes, hasta que salga del juzgado o se llegue a un acuerdo.

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Pues vaya tela!! Algun@ estais informados de si puede llegar a algo esta demanda o no?? Es que creo que hace un tiempo ya pusieron una demanda parecida y no llego a nada
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