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Publicado el Decreto de Prescripción enfermera. Y ahora que?

Iniciado por Lilita, 24 de Diciembre de 2015, 12:50:22 PM

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Lilita

Publicado en Boe el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Y ahora que?

La opinión de Juan Luis Badallo, que os pego a continuación me parece una de las más claras de entender entre tanto llamamiento a movilizaciones de los CULPABLES de que este decreto ha salido finalmente con esa redacción!

https://www.dropbox.com/s/rgzo1k1js0b0pci/SOBRE%20LA%20PRESCRIPCI%C3%93N%20ENFERMERA.pdf?dl=0


CitarSOBRE LA APROBACION DE LA PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

Ganas me dan comenzar este artículo de opinión con la frase "salvo criterio
mejor fundado" que tan acertadamente utilizan los letrados, tal vez hubiese
debido esperar a que tras la publicación en el BOE los jurídicos se
manifestasen pero la prudencia no cabe cuando los profesionales piden
opiniones y las redes sociales humean de mala manera.

El pasado viernes 23 de octubre el Consejo de Ministros aprueba un Real
Decreto (RD) denominado de forma coloquial de Prescripción Enfermera. Es
un RD que los profesionales de enfermería vienen esperando viernes tras
viernes y que no terminaba de entrar en el Consejo, lo cual ha ido creando
expectativa y desconfianza a partes iguales.

Parecía que todo estaba hablado y negociado, pero la tardanza en ser
presentado al Gobierno, añadido a las presiones públicas que el sindicato
médico (CESM) y la organización médica colegial (OMC) venían haciendo
sobre el Ministerio de Sanidad en las últimas semanas, no auguraba nada
bueno.

Y así fue. A pesar que el Consejo de Estado no había puesto ninguna objeción
al art. 3 del RD, el Ministro Alonso sin avisar a los que habían estado
negociando con él, introduce en el Consejo de Ministros un texto distinto en ese
artículo que convierte el RD en papel mojado. En un documento que rechaza
toda la Enfermería, pero que ha conseguido el visto bueno de los
representantes de los médicos. En definitiva, el Ministro Alonso aprecia o teme
más a los representantes de las organizaciones médicas, que a los criterios de
Consejo de Estado, a los negociadores de las enfermeras o a las reacciones de
estas.

Antes de continuar es necesario hacer una declaración dirigida a quien leyendo
estas líneas y no siendo enfermero, tenga cierto desasosiego sobre las
reivindicaciones de las enfermeras.

Los enfermeros no queremos ser médicos, ni queremos diagnosticar, ni tratar
enfermedades; tampoco queremos sustituir al médico porque seamos más
baratos, ni queremos hacer de médicos a pesar de no haber estudiado
medicina. No pretendemos entrar en la medicina por la puerta de atrás, ni
actuar sin responsabilidad; tampoco queremos recetar y que cargue otro con
las culpas. Por lo tanto quítense esas ideas de la cabeza. Esta queja, esta
sensación de engaño, la indignación que sentimos por la publicación del RD,
no tiene nada que ver con esos reproches velados que nos hacen
ocasionalmente.

No conozco en mi ámbito, la atención primaria, ni en la hospitalaria, ya sea
pública o privada, a una sola enfermera que me haya confesado que quiere
sustituir al médico o que quiere hacer de médico. Pero hablando por mi mismo
nunca he sentido interés por diagnosticar una hipertensión o una diabetes o
una bronquitis; mi mundo es el cuidado. Trabajo con un médico y ambos lo
hacemos para los pacientes. El sabe cuál es mi trabajo y yo sé cuál es el suyo,
por eso somos un equipo. Esto no es un problema de compañeros, esto es un
problema de representantes y de organizaciones que desconfían entre si.

Y no es la primera vez que pasa. La desconfianza sobre "que es lo que quieren
estas", ya surgió en el pasado. Tras la Reforma de la Atención Primaria, allá
por 1984, los representantes de los médicos desconfiaban de las consultas de
enfermería y de la utilización de la palabra "diagnóstico" por las enfermeras.
Llegaron a denunciar ante los tribunales que un enfermero pudiese tener
"consulta" o realizase "diagnósticos" y solo por una razón, porque consideraban
(algunos aún lo creen) que "consulta" y "diagnóstico" son patrimonio exclusivo
de la medicina y solo ellos pueden usarlas.

Cuando pasado el tiempo los tribunales les quitaron la razón y por su
experiencia comprobaron que ni las consultas de enfermería, ni los
diagnósticos enfermeros eran un riesgo para su profesión y si un beneficio para
los pacientes, dieron la callada por respuesta y no he oído a ninguno de ellos
desdecirse de sus afirmaciones. Pues lo mismo está sucediendo ahora con la
palabra "prescripción", la consideran de su patrimonio y no conciben que
pueda ser usada por otras profesiones y mucho menos por la enfermería.
De ahí la piruleta, el subterfugio, el juego de palabras, que ha habido que
discurrir para que la enfermera pueda prescribir: "Los enfermeros podrán
indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a
prescripción médica".

Reflexionen.

¿Pero qué es lo que está haciendo un médico cuando "indica" un
medicamento?, prescribir.
¿Qué está haciendo un médico cuando "usa" un fármaco?, prescribir.
¿Cómo se llama a lo que está haciendo un médico cuando "autoriza" un
preparado, un genérico, un específico?, prescribir.
Pero había que evitar la palabra, porque sino los representantes de la OMC y
de la CESM se iban a molestar y plantearían problemas al Ministerio.
Recuerden que la orden inapelable del Presidente Rajoy era: "paz social",
acosta de lo que fuese.

Y ese fue el gran error del ministro Alonso, no tuvo redaños para enfrentarse a
los representantes de la medicina, como si lo hicieron anteriormente otros
ministros populares y socialistas cuando la OMC no quería un BOE en el que
figurasen las palabras "consulta" y "diagnóstico" unidas a la enfermería. Ni tuvo
redaños, ni la inteligencia, ni la habilidad para convencerlos o ignorarlos y por
eso prefirió engañar y mentir a los negociadores de las enfermeras.
Pero los que no tengan relación con el mundo sanitario pueden preguntarse:
"-¿Si no queréis ser médicos, para que queréis prescribir?".
"- ¿Si no tenéis interés por diagnosticar y tratar una enfermedad, para que
necesitáis la prescripción?".

Pues porque en el trabajo diario necesito prescribir, recetar fármacos, para
poder cuidar a los pacientes que vienen a mi consulta. Porque en la actualidad
cada vez que necesito que el paciente se tome un fármaco relacionado con
algún cuidado o cura que estoy haciendo y que forma parte de mis funciones,
de mis competencias, tengo que buscar a un médico que lo recete para poder
dárselo al paciente. Tengo que perder un tiempo precioso, en el que podría
estar atendiendo a otro ciudadano, para poder conseguir la medicación.

Médicos y enfermeras en atención primaria no siempre coincidimos en el
mismo horario de consulta, o si lo hacemos tenemos que esperar a que termine
el compañero para poder explicarle porque necesito un medicamento. Como
pueden ver no es un problema de reivindicación de competencias como
algunos piensan. Se trata de ser eficaces, es una cuestión de eficiencia.

Y que nadie imagine que no estamos preparados o no tenemos conocimientos
suficientes en farmacología. Durante nuestra carrera, en nuestros estudios,
tenemos tantas horas de formación en esta materia como los médicos. Pero
cuidado, no se confundan; los médicos estudian esta asignatura para adecuar
un tratamiento a una enfermedad y esa será siempre una función, una
competencia, que les corresponde solo a ellos. Nosotros estudiamos
farmacología porque somos los que administramos esa medicación y tenemos
que garantizar la seguridad del paciente. Y en ocasiones... necesitamos
administrar fármacos para asegurar unos cuidados de calidad.

Este RD viene a enmarañar más esta situación. Por eso la enfermería se ha
visto frustrada y responde de forma indignada en la redes. El borrador que se
firmó con el Ministro y que pasó con dictámenes favorables todos los requisitos
a los que fue sometido, decía que para que una enfermera pudiese prescribir
en una receta (permítanme que ignore el subterfugio ese de "Los enfermeros
podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a
prescripción médica, mediante la correspondiente orden de dispensación") era
necesario:

- Hacer un curso complementario de 6 ECTS.
- Contar con un seguro de responsabilidad civil.
- Seguir unas Guías clínicas consensuadas por médicos y enfermeros y
autorizadas por el Ministerio.

Y lo que dice ahora el RD aprobado con el beneplácito de la OMC y la CESM
es que para poder prescribir en una receta (ellos dirían "indicar, usar y autorizar
mediante una orden de dispensación"), es necesario:

- Hacer un curso complementario de 6 ECTS.
- Contar con un seguro de responsabilidad civil.
- Seguir unas Guías clínicas consensuadas por médicos y enfermeros y
autorizadas por el Ministerio.
- Que el médico previamente indique el diagnóstico, la prescripción y la
guía clínica a seguir.
- Que el médico haga el seguimiento para adecuarlo, garantizar la
seguridad y la efectividad del tratamiento.

Y la pregunta es, ¿para qué?. "- Porque la prescripción es cosa de médicos y
no hay más que hablar".

En el revuelo de las redes sociales se ha querido ver una extensión del
problema a todos los actos de la enfermería. Algo así como que por culpa de
este RD, a partir de ahora, no podremos hacer nada sin ser supervisados de
alguna manera por el médico. Y eso no es así, nada más lejos de la realidad.
Desde mi punto de vista, el procedimiento aprobado solo está relacionado con
los medicamentos que podemos prescribir a través de una receta. El RD solo
regula la indicación, uso y autorización de dispensaciones de medicamentos
sujetos a prescripción médica, mediante la orden de dispensación.

Este RD es de aplicación para aquellos enfermeros que quieran, en un futuro,
cuando se publiquen las Guías, prescribir un medicamento en una receta
llamada "orden de dispensación".

Este RD no regula la indicación, uso y autorización de dispensaciones de
medicamentos sujetos a prescripción médica, por parte de una enfermera,
cuando no utiliza una receta u orden de dispensación.
Si tu puesto de trabajo como profesional de enfermería, te obliga a darle al
paciente una receta para que vaya a la Farmacia a buscar un medicamento,
puede ser que sea interesante que te registres como prescriptor (ellos dirían:
"conseguir la acreditación").
Pero si trabajas en un lugar en el que puedes dar el fármaco directamente,
porque lo tienes a tu disposición, en los almacenes, en la bolsa de
emergencias, en el carro de curas o en el armario de la medicación, este RD no
te va a dar más seguridad jurídica de la que tenías antes o de la que tienes
ahora. No por lo menos en este momento.

Todo lo dicho, a salvo de mejor opinión o criterio fundado en derecho. Ahora sí.
Algunos compañeros me piden un ejemplo práctico, del día a día, de cómo veo
la necesidad de utilizar la prescripción y de cómo el Ministro Alonso ha
frustrado esas expectativas. Y como hoy me ha sucedido, nada mejor que
contarlo:

Esta mañana en mi consulta de enfermería ha llegado un paciente con un
absceso sacrococcigeo purulento. Para profanos, ese típico bulto en salva sea
la parte, allá donde la espalda pierde su nombre, tan insoportablemente
doloroso. Como todos sabemos el paciente experto viene buscando la única
solución posible: sajar. El alivio es inmediato, aunque la técnica sea dolorosa.
Pero también sabemos que en alguna ocasión no es lo más recomendable o
existen alternativas.

Tras la exploración e interrogatorio determino que cumple con los criterios y
realizo la correspondiente técnica de cirugía menor, siguiendo
escrupulosamente los protocolos publicados (espero que nadie me discuta que
la cirugía menor no es una técnica propia de enfermería).
Una vez terminada la intervención y realizada la cura, se que el paciente
necesita al menos un analgésico y un antibiótico concreto, todo ello a la luz de
la mejor evidencia científica posible. Con lo cual salgo de mi consulta, me dirijo
a la del médico, espero a que termine de ver a su paciente, le cuento el caso, lo
comentamos (hacemos equipo) y le pido las recetas, que me da sin ningún tipo
de prevención. Vuelvo a la consulta y se las doy al paciente con las
indicaciones y precauciones habituales.

¿Dónde está el problema?. ¿Ven ustedes algo extraño en esta conducta?.
Yo no, pero, ¿verdad que podemos simplificarla ahorrándonos algunos pasos?.
Si se hubiese publicado un RD en los términos que negociaron los
representantes de la enfermería. Yo hubiese realizado toda la intervención
anterior incluida la entrega de las recetas de la medicación. Solo eso habría
cambiado. Es cierto que tendría que esperar a que se publicase oficialmente
una Guía clínica de intervención en ese tipo de abscesos; pero una vez
publicada, no habría problema, ya que al ser un protocolo basado en la mejor
evidencia posible y consensuada entre médicos y enfermeros, estaría actuando
bajo unos criterios de seguridad mayores que los actuales.

¿Y en que influyen los cambios introducido por el Ministro Alonso, la CESM y la
OMC?.
Pues lo enmarañan más. En el momento actual y si el RD sale
publicado en los términos que fue aprobado el viernes en el Consejo de
Ministros, para que yo pudiera extender la receta, tendría que:

- Llamar al médico, para que hiciera el diagnóstico del absceso sacro
- Que este autorizase en su ordenador la primera de las recetas de
analgésico y antibiótico.
- Que además confirmase la Guía correspondiente a seguir.
Y entonces, y solo entonces, podría imprimir las recetas con mi nombre y
firma, para que el paciente pudiese acudir a la Farmacia a recogerlas.
Y ahora les pregunto, ¿merece la pena registrarse como prescriptor solo por
esto?. ¿Tanto jaleo de cursos, autorizaciones y registros para hacerlo más
complicado que en el momento actual?.
Para esto me quedo como estoy.
¿Ustedes creen que por poder decir que firmo mis propias recetas, merece la
pena hacer perder el tiempo a los pacientes?.

¡Tantas vueltas para poder prescribir un fármaco, que al final lo consigo
igualmente, con tan solo pedírselo al compañero!.

Al próximo ministro le propongo algo más sencillo: derogue el RD e incluya la
palabra "enfermero" en la Ley del Medicamento, allí donde dice: "La receta
médica, pública o privada, y la orden de dispensación hospitalaria son los
documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos
por instrucción de un médico, un odontólogo o un podólogo, en el ámbito de
sus competencias respectivas".

Y ya está, no hay más. No se compliquen la vida y no nos la compliquen a los
demás.


Juan Luis Badallo Léon.
Enfermero
Valladolid

th-vane-th

Interesante reflexión, gracias por compartirla :) a ver al final en qué acaba todo esto...

kimaki

Excelente reflexión.
No creo que ni en la OMC ni en el CGE lo hayan planteado tan claro. Una lástima.

artex

Lamentablemente para nosotros el sector arcaico de la casta médica, ayudado por gobiernos retrógradas y anticuados, ha logrado que retrocedamos 30 años en nuestra profesión y tengamos que pedir permiso para "CUIDAR" a nuestros pacientes y utilizar/indicar/prescribir/indicar todo aquello que veníamos haciendo de forma autónoma durante años.

Lamentable, tristremente lamentable.

Y lo peor... tengo el sentimiento de que sindicatos y colegios enfermeros, pese a que ahora han iniciado campañas para "limpiar su conciencia", nos han vendido vilmente y ahora va a ser muy dificil recuperar lo perdido.

Descanse en paz nuestra autonomía como profesionales.

Saludos.
"Lo importante no es lo que nos hace el destino, sino lo que nosotros hacemos de él" - Florence Nightingale

carlag

Hola, estoy realizando una encuesta para mi Trabajo de Fin de Grado sobre la Prescripción Enfermera y necesito ayuda! Si tenéis 5minutos para hacerla os dejo el link

https://docs.google.com/forms/d/1IDrvp1qMYZATIMP8NbpXpuH7vzLlliOgOZgyvWEaHNg/edit?usp=drive_web

Gracias!!!

escoba

Lilita, leida tu reflexión y releido el decreto decirte que aunque tenga Lactulosa enfrente de mis narices, un aposito hidrocelular o lo que sea que precise el paciente en tanto que un médico no lo prescriba a ESE PACIENTE no podemos administrarlo.