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PRESTACION POR DESEMPLEO

Iniciado por BEAUTY, 07 de Febrero de 2010, 14:23:04 PM

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BEAUTY

El sabio dice todo lo que piensa y piensa todo lo que dice

VeroDue_Mad

Hola chicossss!!! tengo una dudilla...se me termino el contrato el 30 de septiembre,me apunte al paro...y me corresponden 4 meses de prestacion por desempleo. Si ahora por un casual me llamaran para trabajar...perderia esos 4 meses de paro que me corresponden, sin haber cobrado todavia el primer mes???
ayuda xfiii

avila

Cita de: enfermera_morenaza en 25 de Octubre de 2010, 23:18:00 PM
Hola chicossss!!! tengo una dudilla...se me termino el contrato el 30 de septiembre,me apunte al paro...y me corresponden 4 meses de prestacion por desempleo. Si ahora por un casual me llamaran para trabajar...perderia esos 4 meses de paro que me corresponden, sin haber cobrado todavia el primer mes???
ayuda xfiii


no, nunca lo pierdes, lo unico que si te contratan se te queda guardado para la proxima vez que te quedes en paro
Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN

Tulina

Y si llegases a hacer un año trabajado otra vez,te daria a escoger entre el q habias solicitado y el nuevo q has creado.

VeroDue_Mad

ahhh yo pensaba que tambien era acumulable...............

vitorio

Alguien sabe si podría solicitar el paro estando en situación de excedencia voluntaria?? Me explico, estoy en excedencia voluntaria de una plaza de personal laboral, en la actualidad tengo una interinidad de personal estatutario afectada por los traslados externos de la comunidad de madrid y por circunstancias familiares cuando ocupen mi plaza  de estatutario me trasladaré a andalucía, por tanto, mi pregunta es , ¿existe la posibilidad de cobrar paro hasta que encuentre algo en andalucia, que por lo poco que conozco parece ser que está complicado?   

yanyuren

Pues yo creo que no, bueno, mi caso es que yo estaba fija en un privado y me fui al publico, pedi una excedencia voluntaria de un año en el privado, y cuando se me iba a acabar la baja en el publico pregunté en el inem y me dijeron que no tenia derecho a paro hasta que pasara ese año de excedencia (y hubiera terminado contrato en los plazos legales para pedir el paro), pero tampoco lo llegue a pedir porque ya me siguieron llamando...llama al inem de todas formas para que te informe, de esto hace cinco años...

kelly

Yo estuve en una situación similar a la de yanyuren y tiene razón en lo que dice ya que para poder acceder a una prestación contributiva de desempleo hay que cumplir los requisitos siguientes:


       
  • Estar en situació legal de desempleo (es decir, no haber dejado de trabajar voluntariamente).
  • Haber trabajado por cuenta ajena y tener un período mínimo de cotización de 360 días trabajados en los seis últimos años antes de cesar en el empleo.
  • Estar inscrito en su Oficina de Trabajo como demandante de empleo.
  • No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación (65 años).
  • Presentar la solicitud de prestación por desempleo en su Oficina de Trabajo en los 15 días hábiles (incluidos sábados) siguientes a la situación de desempleo.
Además, si el despido se ha producido estando de baja médica, habrá que esperar a tener el alta para tramitar la prestación.

Pero cuando yo me informé en aquel momento también me dijo un amigo que trabaja en el ministerio de trabajo que la excedencia es un acuerdo que tu tienes con la empresa, con lo cual, es muy dificil que el INEM llegara a enterarse, que si quería lo solicitara pero que realmente no cumplía el requisito de que había dejado voluntariamente el trabajo. Yo decidí no solicitarlo así que no puedo decirte si es facil o dificil que te pillen :occ:

vitorio

Estimados compañeros después de muchas pesquisas, inem y seguridad social me confirman que la normativa LEGAL co ntempla el poder cobrar el paro estando de excedencia voluntaria, la referencia normativa que lo contempla se encuentra en los art. 203, 207 c), 208.1 y 208.2.4 de la ley general de la seguridad social, y en la ley de proteccion por desempleo art. 46 del estatuto de los trabajadores. En resumen viene a decir que si tras obtener una excedencia voluntaria en una empresa, se trabaja en otra empresa diferente, y finaliza la relación laboral con esta segunda por causas ajenas al trabajador, se podrá cobrar el paro desde la finalación del contrato con la segunda empresa y hasta que finalice el periodo de excedencia voluntaria.

Nye

Hola!A ver si alguien me puede resolver una duda que tengo con esto del paro, estoy en una reducción de jornada y ahora se me acaba el contrato y quiero cobrar el paro, sabeis cuanto me correspondería?Unos me dicen que hacen el cálculo de la base de cotización de los últimos 6 meses y otros que cobraré muy poquito por lo de la reducción, y no lo encuentro en ningún sitio. Muchas gracias!

burgos

Claro, es lo mismo, te miran los 6 últimos meses, y como has estado en reducción se te va a reducir también, pero piensa que la reducción , si has estado un año ,a efectos de cotizar cuenta 6 meses, esto por ejemplo para la jubilación, para el paro no se como es pero tendrá que ser similar.
Hay un teléfono y por internet puedes preguntar para salir de dudas.

Nye