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CAMBIOS EN LOS MÉRITOS BOLSA

Iniciado por kimaki, 20 de Diciembre de 2013, 15:40:49 PM

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PACTO DE LA MESA SECTORIAL DEL SERVICIO RIOJANO DE SALUD PARA LA NEGOCIACIÓN DE UN NUEVO MARCO PARA LA ELABORACIÓN Y GESTIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO TEMPORAL DEL ORGANISMO AUTÓNOMO

El Servicio Riojano de Salud y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial del Organismo han mantenido en estos últimos meses, a instancia de aquellas, negociaciones con el fin de alcanzar un acuerdo unánime que sustituya al vigente Acuerdo de Mesa Sectorial de 3 de julio de 2009 por el que se fijan los Criterios para la formación, modificación y gestión de listas de empleo temporal en el Servicio Riojano de Salud y completado por el Acuerdo alcanzado en dicho foro el 30 de octubre de 2009 para personal sanitario facultativo.

Las organizaciones sindicales, de manera unánime, han manifestado a la Administración su interés en reformar el sistema de elaboración de las listas de empleo para el nombramiento de personal estatutario temporal con el fin de conseguir una ponderación más equilibrada entre los diferentes aspectos del baremo de méritos, que evite el exceso de valoración del mérito correspondiente a la formación continuada en el conjunto de méritos.

Por su parte, la Administración estima que, de acometerse una reforma del sistema, es conveniente afrontar la implantación de mejoras que agilicen la elaboración de la listas de empleo temporal, que objetiven los méritos alegables, que incrementen la seguridad jurídica y que supongan una aplicación intensiva de las nuevas tecnologías.

En consecuencia, la Administración y las organizaciones sindicales CSIF, FSES, CCOO, STAR y UGT, de manera unánime,

PACTAN

Primero.- Negociar un nuevo marco para la elaboración y gestión de la listas de empleo temporal del Servicio Riojano de Salud, por lo que, en virtud de este Pacto se deroga, con efectos de 31 de diciembre 2013, el  Acuerdo de 3 de julio de 2009 de la Mesa Sectorial de este Organismo Autónomo por el que se fijan los Criterios para la formación, modificación y gestión de listas de empleo temporal y completado por el Acuerdo de 30 de octubre de 2009 para personal sanitario facultativo, y los actos administrativos de aplicación de los mismos.

Segundo.- Hasta que se elaboren nuevas listas de empleo temporal en aplicación de lo previsto en el apartado primero de este Pacto, las listas a aplicar serán las siguientes:

-las listas de empleo temporal que devenguen definitivas de las provisionales publicadas el 19 de noviembre de 2013 para las categorías de personal sanitario no facultativo y de personal no sanitario. En tanto se publican las referidas listas definitivas se seguirán utilizando las vigentes en el momento de la publicación de este Pacto.

-las listas de empleo temporal definitivas de 21 de junio de 2013 para las categorías de Médico de Familia en EAP y de Médico SUAP, y las de 8 de mayo de 2013 para las categorías de Médico de Emergencias y Médico de Urgencia Hospitalaria.

La gestión de las listas incluidas en los apartados anteriores se ajustará a lo previsto en el capítulo III del Acuerdo de 3 de julio de 2009.

Tercero.- No obstante lo establecido en el punto segundo, se podrán incorporar al final de las correspondientes listas de empleo temporal nuevos candidatos por estricto orden de entrada de su solicitud en registro oficial.

En Logroño, a 19 de diciembre de 2013.

lactato123

Entonces, las listas definitivas que se suponía tenían que salir en Enero se verán afectadas con la nueva baremacion? ?