Y esto..lo denunciamos o lo dejamos estar???

Iniciado por szabaila, 29 de Noviembre de 2012, 16:33:44 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

szabaila

Menudo anuncio de demanda de empleo..a ver si va a recibir demanda por demanda..."sin titulación pero con experiencia..." vaya tela..ahí os lo dejo...
PERSONA POR INTRUSISMO LABORAL AUTORIZADO POR LA CONSEJERIA DE
SALUD, OFREZCO MIS SERVICIOS ESPECIALES SANITARIOS SIN TITULACION, PERO CON 6 AÑOS DE ESPERIENCIA PARA CUIDAR ENFERMO CON PATOLOGIAS COMO, ANOXIA CEREBRAL, COMA VEGETATIVO, COLOCACION Y CUIDADOS DE ESTOMA DE CANULAS SUBGLOTICAS, COLOCACION Y CURAS DE SONDAS PEG, COLOCACION DE SONDAS VESICALES, CAMBIOS POSTURALES,ASPIRACIONES DE FLEMAS, VIGILANCIA Y CUIDADOS CORPORALES EVITANDO ESCARAS EN EL CUERPO DEL ENFERMO, VIGILANCIA CONSTANTE DE CONSTANTES CORPORALES, MEDIANTE MONITOR Y PULSIOMETROS, COMO TENSION ARTERIAL, FRECUENCIAS CARDIACAS, SATURACIONES, INYECTABLES COMO DOPAMINA, ATROPINA, NEOGTIGMINA, INSULINAS,ETC


newduex

si no lo veo no lo creo...  :021:
la gente es la leche...

amadana

PERSONA POR INTRUSISMO LABORAL AUTORIZADO POR LA CONSEJERIA DE
SALUD, OFREZCO MIS SERVICIOS ESPECIALES SANITARIOS SIN TITULACION, PERO CON 6 AÑOS DE ESPERIENCIA .......

No entiendo nada. Si alguien me lo explica , gracias.

luliña

Pero con que fin pones en un anuncio de demanda de empleo que no tienes la titulación para hacerlo??
Yo si tuviese cara para hacer eso, lo que menos haría, seria contar que no tengo el título. Digo yo, ¿no?

nandanicnoc


newduex

lo mejor es lo de "autorizado por la consejeria de salud"...jaja

szabaila

Pues nada chicos ánimo..mañana me voy a anunciar yo como cirujana cardiotorácica..y voy a poner algo así como.."no estoy titulada..pero ni falta que hace..me he visto todos los capítulos de anatomía de Grey, Urgencias y Hospital Central..."

nursi


pazpaz

Lo mejor es lo de autorizado por la consejeria de salud.... No sabia que la consejeria de salud autorizaba ciertos casos de intrusismo laboral. Estoy pensando en montar una consulta de medicina, si me autoriza la consejeria me saco unos dinerillos para esta navidad.

Vademecum

Increíble...

Desde mi punto de vista, lo más escabroso es que esta persona se atrave a administrar fármacos vasoactivos!!!

Qué mundo de locos...

szabaila, ¿dónde has leído esto?

Es un ejemplo más que claro de intrusismo laboral, y por tanto, creo que debería denunciarse.

nursi

a mi no me extrañaria nada que la consejeria le hubiese autorizado
yo ya me creo todo

Asangar

Me podeis decir donde esta puesto ese anuncio?
Yo si que lo denuncio  :nunu:


casaseca

   Pues sí, es una vergüenza. ¿Acaso no hay unos controles acerca de la veracidad (comprobación de si lo que se anuncia corresponde a una realidad) y la eticidad de los anuncios? Existen. Pero los medios informativos, por lo general, suelen mirar para otro lado. La pela es la pela. Respecto al "anunciante", el solo hecho de atreverse a escribir lo que escribe con gran desparpajo -¿y si existiera una utilización indebida, dejémoslo ahí, de nombres de organismos oficiales?-, sin atenerse a códigos legales y éticos, ya da una medida de su talla moral. Esta sociedad, en algunos aspectos, confunde el camino del progreso. Salvo que la picaresca también reciba ese nombre.

Carlos Tardío Cordón

#14
Eso que decis no es "intrusismo laboral". Se trata de intrusismo en la Profesión Enfermera. El Código Penal es la norma que protege a las personas de los intrusos.

¿Qué debemos entender por intrusismo? Viene así en el Código Penal:

EL QUE (es decir, puede ser cualquiera) EJERCIERE "actos propios de una PROFESIÓN "sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.

Como podemos leer, son tres figuras las que recoge el Código Penal: 1) Actos Propios; 2) "actividad" y 3) atribución de competencias. Actos propios son de la Profesión; actividad, se refiere a la "especialización" -en determinados supuestos-. Por tanto, es función del Colegio de Enfermeros de esa Proncia promover la acción de la justicia, presentando la oportuna "querella".

La última de las acciones, anunciarse como tal, no es posible que se sume a las anteriores, porque no se anuncia como tal Enfermero. Pero la primera es elemental: Actos propios de una Profesión, careciendo del correspondiente título ¿Qué título es el que se exige? Desde luego que es un dilema para personas no expertas en Derecho, puesto que la titulación no es quien dice qué "actos" son los propios de la Profesión. Es la Profesión misma, que tiene atribuida la competencia para decir qué son actos propios de la misma.

Para denunciar lo anunciado, hay que recurrir, com dice la Jurisprudencia, a las normas administrativas, porque son las que complementan lo que dice el Código Penal. Y la única norma prevista al respecto es la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, tituladas, reguladas y colegiadas.

Es desde lo dispuesto en esa de donde se infiere qué o cuáles son los actos propios de la Profesión Enfermero, que se contienen en su artículo 7º, en relación con su artículo 2º.

Del "anuncio" se infiere que se trata de "cuidados de Enfermería", que puden ser básicos y servicios profesionales. Pero, en los dos supuestos debe hacerse bajo la dirección de la Enfermera, los primeros, los básicos, por la propia Enfermera, en función del grado de complejidad, o delegarnos en Auxiliar. Nunca, en ninguna de las dos situaciones, puede hacerlo alguien que "no es Enfermera". Ni aunque estuviera en posesión de la titulación, puesto que la misma lo que permite es acceder a la Profesión, que es colegiada, no a al ejercicio de la misma.

Por tanto, corresponde al Colegio Profesional de esa demarcación territorial presentar la oportuna querella criminal por intrusismo en la Profesión, con fundamento es la Ley de Ordenación, citada, en relación con la protección que ampara el Código Penal.

Aviso a quienes "navegan" por aguas turbulentas.

Asangar


MANCHESTER


Lilita

Yo ya había denunciado el anuncio en la web esa...

Raindrops

#18
Yo ya no me asusto por nada. Encima tiene la cara de decirlo.... ¿Lo habéis comentado al Colegio de Enfermería a ver que opinan? Porque hasta donde yo se, ellos son los encargados o deberían serlo de denunciar este tipo de casos.

Personalmente ya he comunicado al Colegio de Enfermería de mi provincia el caso donde dos persona (que son las que tengo conicimiento) que han hecho el curso de "Cuidador" ofertado por los ayuntamientos, realizan técnicas de enfermería, como pueden ser la colocación de sondas o las curas de upp.

No soy partidario de ese tipo de cursos, porque dan vía libre a que muchas personas hagan cosas para las que no tienen capacitación con un simple curso y otras muchas se extralimiten en sus funciones.

Debería legislarse mucho más al respecto para controlar todo lo que tiene que ver con el cuidado, porque nos salen intrusos por todos los lados. En otros paises esta mucho más controlado y no aparece la figura del "Cuidador" con simples cursillos...

szabaila

Pues ahora no me acuerdo donde lo vi..no se si era milanuncios o infoempleo..solo se que lo flipé..a ver si lo vuelvo a encontrar y os lo digo...Se que no tenía la opción de "denunciar el anuncio por inapropiado" pero..de todos modos no creo que nadie en su sano juicio contrate a otra persona sin titulación para hacer estas cosas..pero hay mucho loco suelto