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Iniciado por Panfilina, 03 de Febrero de 2010, 22:00:45 PM

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Panfilina

Bienvenidos todos a la zona del Tablón en Blanco dedicada al EIR. ( Enfermero Interno Residente)


Soy Panfilina, moderadora del EIR, y estoy para ayudar.  Cualquier duda sobre el foro, los contenidos o sugerencias estaré encantada de leerlas y contestarlas.


       Un Abrazo.       
Antes de preguntar, dale a buscar !!!

Todo pasa y todo queda... Se hace camino al andar.

Panfilina

#1
Os dejo enlaces directos relacionados con el EIR :

Página general del EIR : Convocatoria actual de EIR , plazos, plazas, situación personal, examenes anteriores  :

http://sis.msps.es/fse/Default.aspx?MenuId=IE-00



Con identificación electónica, puedes acceder a tu situación: examen corregido,...:
http://sis.msps.es/fse/UICommon/errors/CertRequired.aspx?MenuId=IE-00&SubMenuId=IE-03


Para los que ya están haciendo una especialidad de Enfermero Interno Residente:
https://siref.msc.es/


Convocatorias del BOE para EIR, elegir la opción Enfermería, la otra es del resto de residencias: MIR,...  :
http://sis.msps.es/fse/PaginasEstaticas/AccesoBOE/AccesoBOE.aspx?MenuId=IE-00&SubMenuId=IE-09

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Panfilina

#2
Preguntas habituales cuándo nos presentamos por primera vez al el EIR,

- El EIR es un examen único. Es tipo "selectividad" : Todos hacemos el mismo examen de conocimientos generales. Luego hacen la media con las notas de la carrera universitaria (A partir de 2010 ya no tienen en cuenta tiempo trabajado).

- Suele convocarse en Octubre. Y hacerse el examen en Enero.

- No es obligatorio apuntarse a ninguna academia. Aunque muchas personas se apuntan para que les obliguen a una constancia,  les ayuden con las dudas,....

- Se ofertan todas las plazas juntas: S.Mental, Matrona, Trabajo, Pediatría, Comunitaria, Geriatría..., y cada uno elige por orden de puntuación. Esa elección puedes comunicarla presencialmente en el acto de elección de plaza,  que suele ser en Madrid a finales de Marzo-principios de Abril,  o mediante presentación telemática de la solicitud. Como la elección para estudiar la diplomatura de enfermería, que pusiste por orden qué carrera y en que universidades te gustaría estudiarla, y según la puntuación van concediendo plazas, y al llegar a ti, la primera que hayas elegido y quede libre, te la conceden.  Con la diferencia de que esta formación no depende de universidades sino de unidades docentes del ministerio de sanidad ( hospitales para entendernos).

-Para el acto de asignación de plazas debes rellenar una hoja poniendo las plazas por orden de tus prioridades personales: especialidad, cercanía,....
        Si es de forma telemática, rellenas la elección en la página web del ministerio y la mandas ( hay que tener certificado digital), y durante el acto de elección el ordenador automatiza las elecciones  y si al llegar a ti queda libre alguna de las que has pedido te la adjudica sin necesidad de ir.
        Si vas en persona, lleva igualmente preparadas las plazas por orden, y ve tachando según te las vayan quitando, para que cuando te toque tengas clara cual es la que más te convenía de las que quedan libres.


- La asignación de plazas se hace por puntuación, que obedece solo a dos criterios Examen 90% y Expediente académico 10% ( 2010: Ya no puntúa tiempo trabajado )

- La puntuación es por comparación con los mejores que se presenten. Es decir, la mejor nota de examen y de expediente académico varía todos los años según los que se presenten ese año. Si un año varias personas aciertan el 100% del examen se pondera la nota de los demás a esos. Y lo mismo si las mejores notas fuesen con un 70 % de aciertos, POR DECIR, pues un 70% de aciertos sería la nota máxima y el resto por comparación.  Razón por la cual cada año varía cómo se consigue una puntuación y por lo mismo la nota que se saca un año NO VALE para otros.

- El examen del EIR es sobre CONOCIMIENTO GENERALES DE ENFERMERÍA, es decir, pueden preguntar y preguntan CUALQUIER COSA de enfermería.
                     
- En 2009-2010 se presentaron al EIR más de siete mil personas.

- Está prohibido trabajar en cualquier otra cosa durante el periodo de dos años que dura la residencia.

-Los que se hayan presentado al menos una vez desde 2007 no necesitan volver a aportar la documentación académica, título, compulsas, etc.... ya lo tienen registrado( iba siendo hora).

- En la instancia puedes marcar que NO presentas el DNI, en ese caso autorizas a que verifiquen tus datos en bases de datos oficiales, salvo si estás en busca y captura, es más cómodo: te ahorras llevar fotocopia de DNI, compulsarlo, que se pierda, etc,....  Así que, se puede llevar, o no. Ambas cosas son correctas.



                 Iré aumentando la información general del EIR.  Besicos a todos.  :kisses:
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Panfilina

#3
Os dejo los tipos de certificados autorizados para realizar la petición de plaza EIR de forma telemática.
http://sis.msps.es/fse/UICommon/errors/CertRequired.aspx?MenuId=IE-00&SubMenuId=IE-03

Los más comunes, los dos primeros:

Acceso a opciones con certificados de usuario
Los certificados electrónicos admitidos para el acceso a las opciones que lo requieren son los de las siguientes autoridades certificadoras :

FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre)  http://www.cert.fnmt.es/

e-DNI (Documento Nacional de Identidad electrónico)   http://www.dnielectronico.es/


CAMERFIRMA (Emitido por la autoridad de certificación digital de las Cámaras de Comercio españolas)  http://www.camerfirma.com/

FIRMAPROFESIONAL(Entidad de certificación digital dirigida a corporaciones profesionales y otras instituciones)  http://www.firmaprofesional.com/

ANCERT (Agencia Notarial de Certificación)   http://www.ancert.com/



                                                                                         3dfleurs
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Panfilina

Respecto a la elección de forma telemética de la plaza:

Los datos que se tramitan son los que se utilizarán para su adjudicación de plaza en caso de que no se persone durante la jornada de adjudicación.

Si se persona durante la jornada de adjudicación prevalecerá su presencia sobre la información tramitada telemáticamente.

Recuerde que puede modificar la solicitud tramitada telemáticamente en la opción de menú "Adjudicación de plazas" "Solicitudes tramitadas" hasta 12 horas antes del inicio de su sesión de adjudicación.
También puede borrar una solicitud tramitada en la opción de menú indicada, eliminando todas las plazas de la misma con el botón "Eliminar solicitud" y pulsando a continuación el botón "Firmar".

Si estás conforme pulse sobre el botón firmar y obtendremos su firma electrónica del certificado que esté utilizando.

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Panfilina

#5
¿ Cómo se barema el examen y los méritos? , Repito que es algo lioso. Pongo lo esencial, quien quiera profundizar tiene todo el BOE para hacerlo.

Pongo también un resumen al final por si queréis saltaros el tocho de ardua información. :thumbup:


2009
Baremo aplicable a la evaluación de los méritos académicos de los participantes en las pruebas selectivas, según lo previsto en la disposición transitoria quinta 1 e) del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero y en la Orden de 11 de julio de 2000.
I. Estudios de Diplomatura/Grado.
I.1) Aspirantes que hubieran cursado los estudios de Diplomado en Enfermería siguiendo planes aprobados con posterioridad al Real Decreto 1466/1990, de 26 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" del 20 de noviembre).
La valoración particular de los expedientes académicos se obtendrá en estos supuestos, aplicando la siguiente expresión:
( 1 Ca + 2 Cn + 3 Cs + 4 Cmh )  /  (Ca + Cn + Cs + Cmh )
donde,
Los números 1, 2, 3 y 4 corresponden a las puntuaciones asignadas, respectivamente, a las calificaciones de aprobado, notable, sobresaliente, y matrícula de honor. No se puntuará el sobresaliente, cuando se haya obtenido matrícula de honor.
Las notaciones Ca, Cn, Cs y Cmh corresponden al número total de créditos que en la certificación académica personal aportada por el aspirante estén adscrito a materias troncales y obligatorias y en los que, respectivamente, se hayan obtenido las calificaciones de aprobado, notable, sobresaliente y matrícula de honor.


Título de Doctor para todos los aspirantes que hubieran obtenido dicho titulo, con independencia del plan de estudios de doctorado que hubieran cursado.
Título de Doctor:
Por la calificación obtenida en la tesis doctoral (una de las siguientes puntuaciones):
Apto: 0,25 puntos.
Notable: 0,50 puntos.
Sobresaliente: 0,75 puntos.
Sobresaliente Cum Laude: 1 puntos
Baremo aplicable para la obtención de la valoración particular de los méritos profesionales de los aspirantes
La valoración particular de los méritos profesionales se obtendrá mediante la aplicación del siguiente baremo:
Por cada año completo de ejercicio profesional como Diplomado en Enfermería/Ayudante Técnico Sanitario en una Institución Sanitaria, o servicio de carácter asistencial........................... 1 puntos.
Por cada año académico completo de ejercicio profesional como profesor de Escuela Universitaria de Enfermería, en los términos previstos por la normativa vigente...................................1 puntos. (No se tendrá en cuenta la experiencia docente relativa a las materias y asignaturas que se citan en el último párrafo del apartado II del baremo que se contiene en el anexo IV de esta convocatoria).

Los méritos a los que se refieren los apartados 1 y 2 del baremo sólo serán valorados hasta el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".








La puntuación total individual que se reconozca a cada participante en la prueba, estará integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de contestaciones múltiples, y de la asignada a los méritos académicos y profesionales acreditados en tiempo y forma, en los términos establecidos en los apartados 2, 3 y 4 de esta misma base.


2. La puntuación del ejercicio de contestaciones múltiples, de las que serán calificadas hasta un máximo de cien preguntas, se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
Primera.–Cada contestación válida recibirá una valoración de tres puntos, se restará un punto por cada una de las respuestas incorrectas, se dejarán sin valorar las preguntas no respondidas y de las operaciones anteriores se obtendrá la valoración particular del ejercicio realizado por cada aspirante.
Segunda.–Evaluados todos los ejercicios, se hallará la media aritmética de las diez máximas valoraciones particulares obtenidas y a esta media aritmética le corresponderán 75 puntos.
Tercera.–La puntuación final de este ejercicio se obtendrá para cada aspirante multiplicando por 75 la valoración particular del mismo y dividiendo el producto por la media aritmética a que se refiere la anterior regla segunda. Esta puntuación final se expresará con los primeros cuatro decimales obtenidos, despreciándose el resto.


3. La puntuación del expediente académico correspondiente a los estudios de Grado/Diplomatura en Enfermería y en su caso, del doctorado, se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
Primera.–La valoración particular de cada expediente académico (estudios de diplomatura y doctorado) se obtendrá aplicando al mismo, el baremo que corresponda según el plan de estudios seguido por el aspirante de acuerdo con lo previsto en el anexo IV en el que se han incorporado las previsiones contenidas en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero. En la aplicación de este baremo la puntuación máxima que podrá asignarse a cada aspirante será veinte puntos.
Los méritos académicos serán evaluados únicamente, según la calificación oficial incluida en la certificación académica personal o, en su caso, en el anverso del título de doctor. En ningún caso se admitirán, a estos efectos, papeletas de examen, ni cualesquiera otros documentos distintos a la certificación académica personal.
Solo será valorado el expediente académico de los estudios de Grado/Diplomatura en Enfermería y los méritos relativos a la calificación obtenida en una tesis doctoral que se corresponda con dichos estudios.
Cuando los citados estudios se hayan cursado en el extranjero y las tablas oficiales de calificaciones de las universidades de origen aportadas por los interesados no se correspondan exactamente con las del sistema educativo español, la Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección del Ministerio de Sanidad y Política Social, a la vista de las características de cada expediente académico, determinará las correspondientes equivalencias.
Segunda.–Evaluados los expedientes académicos de todos los aspirantes que hubieran realizado el ejercicio, se hallará la media aritmética de las diez máximas valoraciones particulares obtenidas y a esta media aritmética le corresponderán veinte puntos.
Tercera.–La puntuación final correspondiente a los méritos académicos de cada aspirante, se obtendrá multiplicando por 20 la valoración particular de los mismos y dividiendo el producto por la media aritmética a que se refiere la anterior regla segunda. Esta puntuación se expresará con los primeros cuatro decimales obtenidos, despreciándose el resto.

4. La puntuación de los méritos profesionales se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
Primera.–La valoración particular del expediente profesional se obtendrá aplicando al ejercicio profesional y docente, acreditado por cada aspirante, el baremo que se contiene en el anexo V. En aplicación de este baremo la puntuación máxima que podrá asignarse a cada aspirante será de cinco puntos.
Los aspirantes acreditarán los méritos relativos a su expediente profesional, mediante certificaciones expedidas por los Gerentes/Directores de los centros donde se hubieran prestado los servicios profesionales/docentes objeto de valoración. Dichas certificaciones contendrán, en todo caso, los datos que figuran en los modelos A y B que se contienen en el anexo VI de esta convocatoria.
Los méritos profesionales que se deriven de los citados certificados, sólo serán valorables, hasta el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Segunda.–Evaluados los méritos profesionales de todos los aspirantes que hubieran realizado el ejercicio, se hallará la media aritmética de las diez máximas valoraciones particulares obtenidas y a esta media aritmética le corresponderán 5 puntos.
Tercera.–La puntuación final correspondiente a los méritos profesionales de cada aspirante se obtendrá multiplicando por 5 la valoración particular de los mismos y dividiendo el producto por la media aritmética a que se refiere la anterior regla segunda. Esta puntuación se expresará con los primeros cuatro decimales obtenidos, despreciándose el resto.





Resumen, EXAMEN  75  Puntos  Máximo 5 puntos por tiempo trabajado, un punto por año.  Expediente académico: Máximo 20 puntos.


Os dije que era un poco lioso, pero intento resumirlo para que lo básico os quede claro.  Para más información, os dejo el boletín de la última convocatoria:





Besos!!!!    :kisses:




NOTA: EN 2010 SE MODIFICA pasa a ser Examen 90% + Expediente Académico 10%.   Cuando salga el Boe 2010 sabremos si hay más novedades.
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balonmanero_86

Una pregunta que no se si se ha hecho....

Despues de aprobar el examen haces 2 años de residente....

Pero des pues de esos 2 años tienes ya tu plaza o tienes que

Panfilina

OK,  buena pregunta balón, también es habitual y se me ha pasado.




NO.  el sacar plaza en el examen es para poder formarte esos dos años.  En absoluto es una plaza tipo oposición.


Es igual que selectividad en todos los sentidos. Es un examen que te da una nota, junto las notas de la carrera, ect,... y por orden de las mejores notas en conjunto se va escogiendo plazas para estudiar, esta vez, en vez de facultad y carrera es especialidad y localidad de españa donde estudiarla.




Una vez terminado el periodo de residencia, si se está aprobado, pues ala, al mercado laboral de dicha especialidad.




Gracias por la pregunta balón. Un saludo.
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Panfilina


SUELDO   DURANTE  EL  TIEMPO  DE  RESIDENCIA  EIR :


En 2002 era de:


    710 €/mes el primer año,   
    770 €/mes el segundo año,




con las guardias, ponle que se llegue a los 900 escasos, habrá subido unos eurillos por el IPC y eso, pero para hacernos una idea del sueldo.



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falcon82

por si os sirve de algo en 2010 el sueldo de un R1 es de 858 euros netos y con guardias no llega a 1100. netos tb.

animo!!

Panfilina

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Azulita

y durante esos dos años hay que matricularse y pagar matricula y creditos como en la uni?

falcon82

azulita, no tienes que matricularte, eres personal del msc, algo asi como un contrato de practicas...

Azulita

Muchas gracias esque no tengo ni idea de como va lo del EIR
y tienes que hacer examenes, trabajos, proyecto etc?

falcon82

en mi caso (matrona) tenemos q ir a clase unos 4 meses en el año, repartidos 1 mes por trimestre mas o menos. y el resto practicas. trabbajos? si muchos demasiados algunos (por no decir la mayoria) son solo pa cubrir expediente pq utilidad 0... (pero vamos es mi opinion) al final de los dos años hay que entregaar un poryecto pero eso aun no se mu bien como va pq o e yegado... jejej

un saludo!!

Julita

Panfi, posiblemente me presente este año, sería la segunda vez que me presentaría. Me suena, que no es necesario presentar la documentación académica. Yo trabajé  en un hospital fuera de mi comunidad, con lo que de ése no he aumentado el tiempo de trabajo, ¿es necesario solicitarlo otra vez?. Muchas gracias y dame un tirón de orejas si ya estaba informado anteriormente.

Panfilina

Tironcillo dado Julita.( Ahí va el resumen, Más detalles arrriba)


1. A los presentados al EIR en años anteriores no necesitan presentar documentación académica .


2. A partir de este año ya NO cuenta el tiempo trabajado.


Conclusión: Solo habrá que presentar la instancia.  Un besito.
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Azulita

otra dudilla, mientras estes realizando la especialidad ese tiempo cuenta como tiempo trabajado de enfermera generalista en las bolsas?

Panfilina

Cita de: Azulita en 26 de Septiembre de 2010, 22:55:07 PM
otra dudilla, mientras estes realizando la especialidad ese tiempo cuenta como tiempo trabajado de enfermera generalista en las bolsas?


Buena pregunta Azulita.    Gracias, se me olvidaba comentarlo  :Isapa:


En unas comunidades parece que sí cuentan los 2 años tomo tiempo trabajado para las bolsas de generalistas, pero en otras muchas CCAA no te cuenta.  Por decirlo así, es como el tiempo de prácticas de la carrera... tienes un contrato de formación en una especialidad y algunas CCAA no lo cuentan en las bolsas de generalista. Otras sí.  Es cuestión de preguntar en cada comunidad.

Lo que sí está generalizado es el dar "algún" puntillo por tener la especialidad hecha.  Normalmente el equivalente a los dos años "perdidos" como generalista... en algunas CCAA más( las menos) y en otras menos que de haber trabajado como generalista.


Recomendación: Preguntad en vuestro servicio de salud en ese momento dado.
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chembalineo

ola a todos...en las bases he leido no se que extrañas cosas de que para acceder a las plazas hay que tener experiencia laboral en la especialidad que se solicita....me suena extraño eso. ¿no es asi verdad? Puedes no haber trabajado en la vida y acceder igualmente ¿no?

Y finalmente, en mi caso, me atrae la enfermeria de salud mental, y la cuestion es:

Tengo plaza en propiedad, aunque en excedencia, plaza de enfermero normal y corriente claro.  si hago el EIR de salud mental, al terminar puedo promocionar de alguna manera y pasar a una plaza de enfermero de salud mental? o tengo que ir a una ope??? Muchas gracias de antemano