Problema con una supervisora

Iniciado por Levobupi, 20 de Octubre de 2011, 18:29:02 PM

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Levobupi

Hola!

Un antigua compañera ha ascendido a supervisora. Ya era problemática de compañera pero ahora parece que se está vengando de nosotras.
Mis preguntas son varias:
Si cada vez que algo le parece mal te manda al despacho de la directora de enfermería eso se puede entender como acusación y podría llevar un abogado o representante sindical conmigo?
Los contratados no tienen el mismo derecho que los demás a disfrutar de sus fines de semana sin que se los quiten por el mero hecho de ser contratados y sin posibilidad de protestar?
Cuándo tienen obligación de sacar las listas del mes siguiente?
Cuántos días seguidos puede ponerte a trabajar legalmente?

A ver si me podéis ayudar porque cualquier día de estos la tendremos que llamar de alteza  :13:

Saludos y gracias!!

parchesacro

Pues es buena idea eso de ir con un representante sindical. También estaría de recibo poder grabarla en alguno de sus berrinches para luego enseñárselo a la consabida dirección de enfermería.
Y mucho ojo con hacer las cosas en caliente, porque siempre tendrá ella las de ganar; la venganza es un plato que se sirve frío, por tanto espera a que tengas una situación propicia, por injusta y por claramente despectiva, para poder acusarla con firmeza, sin opción a corrección y en la que tú no salgas nunca perjudicada.
Un saludo
Dogsada...

burgos

Cita de: Levobupi en 20 de Octubre de 2011, 18:29:02 PM
Hola!

Un antigua compañera ha ascendido a supervisora. Ya era problemática de compañera pero ahora parece que se está vengando de nosotras.
Mis preguntas son varias:
Si cada vez que algo le parece mal te manda al despacho de la directora de enfermería eso se puede entender como acusación y podría llevar un abogado o representante sindical conmigo?
Los contratados no tienen el mismo derecho que los demás a disfrutar de sus fines de semana sin que se los quiten por el mero hecho de ser contratados y sin posibilidad de protestar?
Cuándo tienen obligación de sacar las listas del mes siguiente?
Cuántos días seguidos puede ponerte a trabajar legalmente?

A ver si me podéis ayudar porque cualquier día de estos la tendremos que llamar de alteza  :13:

Saludos y gracias!!



Mira, un consejo que te doy y te aseguro que es bueno:
Vete a un sindicato ( yo prefiero los de clase para casi todo en lo que es reivindicacion de derechos) con todo lo que has escrito en un papel y te lo responden sin problemas, y les pides el artíc del estatuto donde está reflejado tal cosa.
Lo que no entienedo es porqué una persona conflictiva es nombrada supervisora, ahí si los teneís buen grandes podeís escribir a la dirección de enfermería con todo bien escrito y basándose en hechos ,no en impresiones subjetivas, firmada por todos o casi, y luego cada vez que haga abuso de poder escrito a la dirección, te aseguro que los escritos cuando se acumulan sirven para algo, pues ,si la dirección no toma cartas podeis acudir al sindi para denunciar el asunto.

Levobupi

Muchas gracias por las respuestas!

La dirección de este mi hospital ejerce de un abuso de poder encubierto y de las supervisoras que hay se salvan pocas.
De momento a los contratados por bajas los van a poner a reforzar por todo el hospital y no se van a poder pedir días libres cuando los necesiten sino que se los van a dar cuando consideren.
En fin! Me estoy estudiando el estatuto de los trabajadores...


parchesacro

Estúdiatelo bien, porque creo que un LD precisamente es eso, un día que puedes pedir tú cuando quieras, no cuando ellos les de la gana de dártelo.
Y si te lo deniegan 2 veces y al final del contrato no lo puedes disfrutar, con esas denegaciones tienes que ir a personal para que te paguen el día, que con el cuento que muchos no lo saben, a saber cuánto dinero se están ahorrando...
Dogsada...

burgos

Hace años, en el servicio donde estaba , los días de LD me los pagaron , me los denegaron disfrutar todos, porque el servicio no se lo podía permitir. Los moscosos siempre están supeditados al servicio.
Y el tema de los contratos, en el nuestro y yo en otros también, te ponen la coletilla de que eres enfermera disponible para el servicio y a pesar de tu contrato se podrán recolocar donde la dirección lo precise. En la práctica, todo el mundo que contratan es pool hasta que no se precise otra cosa.!!! Es complicado,no fuiste a un sindi???

pilara

Por ley,es ilegal trabajar mas de 40 horas semanales,es ilegal no tener los descansos establecidos que son de 12 horas tras una jornada de siete horas,lo de los dias de libre disposicion,no se pagan,si no los disfrutas,los pierdes,(esto en Galicia),en otras comunidades lo desconozco,por cada 40 dias de trabajo tienes derecho a un dia de libre disposicion,eso si con los consabidos "peros",ya que aunque trabajes 80 dias seguidos,si te los dan en contratos de 15 o 30 dias,tampoco computan.Los dias de libre disposicion hay que pedirlos por escrito,si son denegados,han de entregarse por parte de las direcciones de la misma manera por escrito e indicando el motivo de dicha denegación.Hoy por hoy,no pertenecemos a ningún servicio,ni siquiera el personal fijo,ya que pertenecemos al AREA ,cuando existe gerencia única (la que lleva primaria y especializada ) la direccion puede disponer de nosotras/os como quiera,puede enviarte a otro servicio,a otro hospital dentro de tu misma area o incluso a la primaria.
El hecho de ser supervisora,directora o lo que sea no le da derecho a nadie a pasarse con los demás,si consideras que ésta persona esta abusando de su autoridad sin motivo aparente,dejalo reflejado siempre por escrito.Enviando dicho escrito a Direccion de enfermeria y sindicatos de tu centro.

burgos

Pilara de acuerdo contigo, con el tema turnos y días se hace lo que se quiere, porque en general juegan con chantaje psicológico de ¿y si me niego?
Los días de libre disposición ,no se si el pagarlos o no, depende en comunidades, pero que por escrito yte lo deniegan y ya está, en este caso es cuando te los pagan, otra cosa, los días de libre disposición se tienen siempre que se cumplan las horas , que por aquí ,lo que hacen ahora es darte los días libres en la cartelera directamente cuando viene mejor y así ya no tienes días de libre disposición porque no cumples las horas.

pilara

#8
En Galicia en la atencion primaria el personal fijo no ha tenido nunca problema,a pesar de haber trabajado en la misma,como nunca he sido fija,nunca he disfrutado de los mismos derechos que los demás.Sin realizar la jornada anual de 1624 horas efectivas,lo que supone realizar un sábado de cada tres para el cumplimiento de jornada,trabajando de lunes a viernes y librando todos los festivos del año,a éste personal se le dan los 9 dias de libre disposición.
Ahora soy fija en hospitalaria y me escandaliza ver como los compañeros/as aceptan e incluso entienden que los dias de libre disposicion,van en fucion del exceso de jornada,cosa que no es cierta.Segun el pacto de concertacion social tenemos derecho a 9 dias al año de libre disposicion y esto es asi,ya que éstos se generan por la realizacion de 40 jornadas laborales,es decir por cada 40 dias trabajados tendrias 1 dia de libre disposicion que no es ni mas ni menos que una jornada de trabajo que no realizarias,eso da un computo anual de 9 ld,no de 3 ni de 5 ni de nada parecido,en ningun lugar determina que un dia de libre disposicion sea un exceso de jornada,ya que de ser así,podría negarme a realizar mas jornada de la legalmente establecida,y ésta viene tambien estimada en el pacto de concertacion social,donde se determina la jornada obligatoria bien en funcion del numero de noches realizadas anualmente,bien en la norma que pueden obligar a realizar jornadas semanales de 40 horas en computo semestral,lo que quiere decir que durante seis meses pueden obligarnos a trabajar 40 horas semanales.
El computo anual determinado para el personal que realiza noches,es de :
63 noches al año que multiplicadas por 10 horas serian 630 horas,mas 114 jornadas de 7 horas bien de mañana,bien de tarde que daria un computo de 798 horas.La suma de las dos daria la jornada máxima exigida que es de 1428 horas anuales,si incrementásemos el número de noches realizadas, habria que aplicar otra formula,ya que a mas noches,se reduciria la jornada anual.
Es curioso,que siempre gane la empresa en detrimento del profesional,ya que si consentimos que nos incrementen las noches renunciando a que se nos reduzca la jornada,nos encontraremos con lo que tenemos ahora,que resulte que los dias de libre disposicion sean excesos de jornada (mentira),y que a pesar de realizar mas noches,sigamos debiendo horas a la casa.Es todo cuestion de interpretacion.
Burgos,yo no me niego,exijo que de la misma manera que solicito mis permisos por escrito,me los den por escrito,y de ahi con la suficiente documentacion si no estoy de acuerdo,ni sindicatos ni nada,directa al juzgado.

airamdue


burgos

Aquí si te lo deniegan por escrito sin problema. Dime una cosa, si tú no realizas tus horas anuales, como es el caso mío y de mis compañeras por culpa del calendario que haces???.
Porque los excesos de jornadas no son los moscosos, eso ya lo se, es más LOS EXCESOS DE JORNADA  E LOS QUITA LA SUPERVISORA CUANDO LE INTERESA,NO LOS MOSCOSOS.
Pero cuando no llegas a tus horas anuales, se ven reducidos tus moscosos automáticamente porque no cumples precisamente lo que me explicas y te lo agradezco. Si por cada 40 jornadas un libre disposición, si no llegas a las horas, no cumples las jornadas necesarias y se te reducen los moscosos automáticamente, no se si me explico bien.



pilara

No llegamos nunca porque las gerencias hacen las cuentas de manera torticera,siempre quedamos debiendo.Si nos vamos de vacaciones y ese mes tiene 137 horas,nos las descuentan del computo anual,hasta ahi podria estar de acuerdo,pero resulta que tambien nos descuentan las noches,al descontar las noches automaticamente sube la jornada anual,nos descuentan un mismo concepto dos veces,de la misma manera que nos descuentan el numero de noches (cosa que no entiendo ya que no son excepcionales en la jornada ya que realizamos un turno rotatorio complejo),me pregunto por qué razon no se nos descuentan las jornadas de mañana o tarde.De esta manera y con estas cuentas en las que uno mas uno no son dos sino cero,poco podremos hacer.Claro que llegamos a la jornada anual,pero con las cuentas de la lechera segun las gerencias siempre estaremos por debajo.Y si no llegamos a las horas,sera porque la plantilla está sobredimensionada,cosa que dudo,en ese caso,no quedarian motivos de queja ya que realizariamos una jornada muy inferior a la exigible.Ya tendríamos los descansos librando mas dias de los que nos corresponderian.
No se como será en tu comunidad o si teneis normativa al respecto que supongo que si.
Realizando un turno rotatorio complejo donde tienes noches,el máximo en Galicia es de 63 noches, y 114 jornadas en horario diurno,el trabajo nocturno no tiene la misma consideracion que el diurno,por eso existe un limite en el numero de noches máximo,(por eso mismo existe una regla matematica de la que ahora no me acuerdo pero la buscare y te la pondre que al incrementar el numero de noches,se disminuye la jornada),por lo tanto no deberia tener un exceso de jornada,(si yo no quiero),ya que seria ilegal.
Si la normativa establece que por cada 40 jornadas laborales puedo solicitar un ld (dia de libre disposicion,del que dispongo yo,no mi supervisora),que ocurriria si cada 4o dias solicito ese ld?.
¿Sabeis cuantas noches y jornadas diurnas realizais al año?¿Cual es el computo efectivo?¿Teneis una plantilla sobredimensionada que no permita la realizacion de horas?.En mi caso no es asi,en mi caso lo unico que ocurre,es lo que explico antes,que las cuentas son torticeras y siempre salimos perdiendo.
En Galicia,un grupo de compañeras auxiliares ha denunciado el tema de los dld en el juzgado,ganándolo en primera instancia,ahora el sergas ha recurrido y esta en el Superior.A ver que sentencia sale.
Lo que tengo claro,es que cuando termine los estudios y comencé a trabajar en hospitalaria,todo el mundo disfrutaba de sus 9 dias de libre disposicion al año y nadie debia horas a la casa.Ahora las cosas han cambiado y me pregunto ¿por qué? si la normativa sigue siendo la misma.

pilara

Pacto de concertacion social sergas 2001

4.Dias de libre disposicion
4.1-Configuracion del permiso
      El personal en el ambito de aplicacion de este acuerdo tendra derecho a disfrutar de 9 dias al año de permiso retribuido por asuntos propios,cuando la prestacion del servicio abarque los 12 meses del año natural.En los supuestos de que la prestacion de servicios sea inferior los dias de libre disposicion,se calcularan de modo proporcional a razon de 1 dia por cada periodo de 40 dias naturales de servicio ininterrumpido,redondeándose por exceso la fraccion que pudiera producir.
Los centros facilitaran a los profesionales el disfrute del permiso en los turnos que sean solicitados.La denegacion de la solicitud debera de ser motivada y fundada en necesidades del servicio,y contendra las causas concretas que impiden su aceptacion teniendo que informar a la Junta del Area (sindicatos),de las denegaciones que se produzcan.
La Direccion establecera,despues de la negociacion con la junta de area los criterios que permitan resolver la concurrencia de solicitudes en fechas concretas.A falta de acuerdo,la concurrencia se resolvera aplicando criterios de rotacion.


pilara

Pacto de concertacion sergas 2001

2.-Xornada

  3.2.2Turno rotatorio complejo
       Corresponde al regimen de prestacion de servicios que supone la realizacion de la jornada rotando por los turnos de mañana,tarde y noche.Para efectos de su determinacion se considerara turno rotatorio complejo la realizacion de un numero de noches anuales entre 21 y 64.

4.-Determinacion de la jornada anual efectiva
La determinacion de la jornada anual efectiva,se realizara segun el regimen de turnos.A efectos de su determinacion,se considera jornada anual efectiva al numero de horas que los profesionales desempeñan su prestacion de servicios a lo largo de un año de 365  dias computándose en el calculo,30 dias de vacaciones,9 dias de libre disposicion y los dias de libranza que incluyen los domingos y los 14 festivos oficiales y los denominados libranzas de noche.

4.3 Jornada anual efectiva correspondiente al turno rotarorio complejo
   Los profesionales que realicen su prestacion de servicios de acuerdo al regimen de turno rotatorio complejo,realizaran una jornada anual efectiva que variaria su extension segun el numero de noches que efectivamente realicen de acuerdo a los criterios que se establecen a continuacion:

4.4.1 Obtencion de la jornada real efectiva en funcion del numero de noches de la cartelera.
   La determinacion de la jornada real efectiva se calcula a partir de la siguiente igualdad.

X=1620-3N

Siendo X la jornada anual efectiva expresada en numero de horas y N el numero de noches efectivamente realizadasl.(Multiplicar 3 por el numero de noches efectivas y a estas restarles 1620,esto siempre que se superen las 63 noches anuales)

burgos

Si, veo lo que dices,  aquí es un poco diferente porque solo tenemos 6 moscosos, con lo que costó los dos añadidos, con el recorte de sueldo nos recortaron los moscosos.
Si nos atropellan contínuamente, nosotros nos lo calculamos así, de las horas anuales descuento los 6 moscosos y los 22 días de vacaciones y las horas restantes son las horas que debo hacer, si hago más son exceso de jornada, que  te las pueden quitar cuando les plazca.
Es difícil deber, pero va en función del calendario que tengamos. Si las vacaciones te pillan en un mes donde haces muchas horas es fácil deber ,poruqe vamos ajustaditos de horas.
A los sustitutos se les ajusta el calendario para que no  tengan derecho a na de na. En mis tiempos era alrevés, tenías derecho pero éramos pocos sustitutos y te lo pagaban en el finiquito porque era por cuestiones del servicio el que no te puedas coger los AP. En eso no teníamos problemas nunca. Cada administración tiene su mierda y el SERGAS no es menos.
Animo hija.

Ocellum

Aqui en zamora en una planta con muchas enfermeras han puesto una más de tal manera que al final de año debes 14 días, de esta forma no se cubren las bajas, te quitan descansos y encima no te puedes negar porque debes días
Además en la mayoría de las plantas las carteleras están ajustadas para quedar a cero o deber días
Las palabras son, al final, la tumba de las ideas

burgos

Y luego pretenden que estés motivada, satisfecha, feliz y dispuesta a bajarte los pantalones contínuamente sin poner un pero..!!!!!!

Gamberro forever

¿Que a una paisana problemática la han hecho supervisora? Eso no es nada... aquí al más tonto del hospital lo han nombrado Gerente, y así nos luce el pelo...
:occ:
Un hombre no puede equivocarse siempre...

Patidifuso

¿Tiene coche esa fulana?  :ghgh:    :pila:
Ya verás como a la tercera rueda que se le pinche se piensa más las cosas


godelier

yo pienso en estos casos, no se yo , es un suponer....; 1º te lees el estatuto marco, convneio colectivo, codigo deontologico, el reglamento interno, pides consejo  a estos colifatos de los sindicatos, a tu colegio de enfermeria y empiezas a pasar reclamaciones por registro dirigidos a recursos humanos, sindicatos y direccion de enfermeria.....ahhhh y muy asertivo como si no fuera contigo la cosa....mirandola a los ojos; seguridad en ti misma.....ah dejamos lo de las ruedas del coche pa los niños.