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Artículo:prohibido contratar.

Iniciado por Panfilina, 24 de Febrero de 2010, 23:39:19 PM

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Panfilina

Sanidad prohíbe contratar personal temporal salvo "casos excepcionales"
Los trabajadores enfermos sólo serán sustituidos cuando lleven 15 días de baja

ELENA G. SEVILLANO - Madrid - 23/02/2010

Prohibido contratar personal temporal en la sanidad pública en el año 2010
. La orden acaba de llegar a todos los directores gerentes de los hospitales, las áreas sanitarias de primaria y el Summa 112. No van a poder contratar refuerzos ni sustituir empleados ausentes, salvo "en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables". Así lo recoge una instrucción, firmada el 12 de febrero por el director general de Recursos Humanos, Armando Resino, a la que ha tenido acceso EL PAÍS. Según el encabezado del documento, la prohibición viene dictada por la Ley de Presupuestos, en cuya presentación la presidenta, Esperanza Aguirre, ya avanzó la "prohibición total" de contratar personal a no ser que se tratara de médicos, enfermeras, docentes y personal de servicios sociales.

Los gerentes que quieran contratar deberán justificarlo en una memoria

La restricción se aplica a todas las consejerías, según Hacienda

Pero también ahí, en los servicios esenciales, habrá recortes, según establece la instrucción de Sanidad. Por ejemplo, si a un trabajador se le concede una comisión de servicio, una licencia sin sueldo o cualquier otro permiso que necesite autorización en función de las necesidades de servicio (excluidas las vacaciones), la orden de Recursos Humanos indica que "no están autorizadas las sustituciones". Sólo si se considera que "existe necesidad urgente e inaplazable" el gerente podrá pedir autorización para cubrir el puesto. En ese caso, tendrá que elaborar una "memoria justificativa" de esa necesidad urgente y calcular que no se pasa del dinero que tiene disponible para contrataciones. "Se establecerán límites trimestrales estimativos de gasto", explica la instrucción. En cualquier caso, la contratación de personal laboral temporal y los nombramientos del estatutario eventual tendrán que pasar por la Dirección General y no podrán superar el coste de los contratos temporales de 2009.

El recorte se notará también en la sustitución de los trabajadores que se pongan enfermos. Durante los primeros días no habrá nadie haciendo sus funciones. En caso de incapacidad temporal, asegura la instrucción, "sólo se podrá proceder a su cobertura a partir del decimoquinto día de baja". Y añade una excepción: que ese puesto de trabajo sea "absolutamente imprescindible". Como ocurre en otros casos, es necesario elaborar una memoria que justifique la "necesidad excepcional" de que el puesto esté cubierto desde el primer día. Si las instrucciones ya son bastante estrictas en lo que respecta a trabajadores sanitarios, en el caso de los no sanitarios (atención al paciente, celadores, administrativos...), la orden es muy clara: "No se procederá a la contratación o nombramiento de personal eventual de carácter no sanitario".

El artículo 20 del Título II de la Ley de Presupuestos especifica que "durante el año 2010 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables en los sectores expresamente declarados prioritarios por la Consejería de Economía y Hacienda". Una orden del 21 de enero de esa consejería declara como sector prioritario a la sanidad, además de la educación, servicios sociales, administración de justicia, dependencia y servicios de emergencia, entre otros. Sanidad remitió a Economía para que explicara las instrucciones. Un portavoz aseguró que estas restricciones existen desde 2004, son comunes a todas las consejerías y tienen el objetivo de contener el número de trabajadores del sector público. "Aplicamos la normativa básica estatal; no es algo que nos inventemos". Aseguró que todas las bajas maternales de trabajadoras sanitarias se están cubriendo. En los sectores que no son prioritarios las contrataciones están prohibidas sin excepciones, añadió.

Los sindicatos ven con recelo esta norma, más tratándose de la sanidad. El sindicato médico Femyts, que asegura que el 35% de los facultativos de la sanidad pública trabaja en precario, alerta de los posibles "efectos nefastos para la asistencia" de sobrecargar a unas plantillas ya saturadas al no cubrir las bajas. La instrucción "va a afectar, sin duda, a la prestación normal del servicio sanitario", asegura el secretario de políticas sectoriales de UGT, Juan Luis Martín, que critica especialmente la norma, común para todas las consejerías, de no cubrir las bajas hasta que se cumplen 15 días. "Si hay una necesidad estructural, existe igual el día uno que el 15", asegura. "Prima el criterio económico".


http://www.elpais.com/articulo/madrid/Sanidad/prohibe/contratar/personal/temporal/salvo/casos/excepcionales/elpepiespmad/20100223elpmad_5/Tes
Antes de preguntar, dale a buscar !!!

Todo pasa y todo queda... Se hace camino al andar.

Panfilina





                                    :dubbio:
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zagal

Pues los permisos sin sueldo de un mes si los estan cubriendo...


no se lo que le pasa al gato