EXAMEN 1 DE MARZO

Iniciado por beatriz-79, 01 de Marzo de 2014, 17:22:48 PM

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arte

Cita de: BIRGIT en 12 de Mayo de 2014, 13:12:07 PM
¿y para cuando piensan hacerles el examen a las 3 personas que aún no lo han hecho? porque hasta que no lo hagan no sacarán la lista de aprobados...Me parece lamentable que a esas 3 personas le den unos 3-4 meses más para prepararse un examen, vale que ese día no pudieron asistir por causas de fuerza mayor, pero hacérselo a la semana siguiente, no 3-4 meses después.


LAMENTABLE!!!  :nunu:

Ah si? Eso yo no lo sabía. Pues sí lamentable. No se las causas por las que no pudieron hacer el examen pero ahí si que no van a estar en igualdad de condiciones y el examen será distinto (imagino).

cris_pakipaya

Arte, la 126 del examen 2 no esta anulada. Esta impugnada y dan como válida la 139, sin embargo en el examen 1 la 132 esta anulada sin pregunta de reserva que la sustituya, (ya que ella es una de reserva) esto quiere decir q la gente que hizo el 1 sólo ha tenido 8 preguntas impugnadas y las del examen 2 han tenido 9. A efectos de nota de examen se valora igual, sobre 130, pero a efectos de preguntas no es lo mismo porque la gente que tuviera bien la 132 se la han quitado sin dar otra opción, y alomejor le perjudica porque es la diferencia de aprobar o no el examen.

arte

Cita de: cris_pakipaya en 12 de Mayo de 2014, 16:08:19 PM
Arte, la 126 del examen 2 no esta anulada. Esta impugnada y dan como válida la 139, sin embargo en el examen 1 la 132 esta anulada sin pregunta de reserva que la sustituya, (ya que ella es una de reserva) esto quiere decir q la gente que hizo el 1 sólo ha tenido 8 preguntas impugnadas y las del examen 2 han tenido 9. A efectos de nota de examen se valora igual, sobre 130, pero a efectos de preguntas no es lo mismo porque la gente que tuviera bien la 132 se la han quitado sin dar otra opción, y alomejor le perjudica porque es la diferencia de aprobar o no el examen.

Pues respeto tu opinión pero no pienso así. A los del grupo 1 al quitaros la pregunta 132 llegais con las de reserva hasta la 139, exactamente igual que los del examen 2. Esa es la opción q os dan. Si no tuvierais opción llegariais solamente a la 138.
Yo esa dichosa pregunta también la tenía bien y me la han impugnado o anulado, como quieras llamarlo.

Estos líos vienen a consecuencia de la chapuza de examen q nos pusieron. Cuando lo hicieron con la última pregunta igual en los dos tipos de examen debían saber que al final se impugnarían 9 preguntas porque si no...aqui no cuadra nada.

Independientemente, suerte a todos!!! Aprobar esto no era fácil.

WIKKA




No le deis más vueltas. Los dos examenes quedan exactamente iguales, con las mismas preguntas excepto la 140.


No es si es que de verdad no lo entendeis.... o no quereis entenderlo....

El examen tipo 2 queda con 9 preguntas de reserva... el tipo 1 con 8.... no veo la igualdad que tu dices, oye!

cris_pakipaya

Asiq aún faltan 3 personas por hacer el examen??? Yo ni lo sabía, y eso? Por maternidad o por que?

Volsan Sanvol

Yo tengo el cuadernillo del ejercicio 1, alguien me puede decir donde conseguir el cuadernillo del ejerc nº 2. Me gustaría cerciorarme de que los dos exámenes quedan exactamente iguales después de las preguntas anuladas.
Un saludo

avila

en la web estaban puestos los dos examenes
Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN

Volsan Sanvol

Cita de: avila en 16 de Mayo de 2014, 11:32:31 AM
en la web estaban puestos los dos examenes
hola,
¿me puedes decir la web a la que te refieres? es que no encuentro el segundo cuadernillo del examen.

Volsan Sanvol

Hola a todos.
Entiendo que la resolución que sacó el tribunal es una chapuza tan grande como el examen que nos pusieron.
Yo sigo dispuesto a reclamar por la impugnación, por ello voy a interponer RECURSO DE ALZADA y os animo a que hagáis lo mismo.
Los que no habéis llegado a la nota mínima deberías poner el recurso sin dudarlo. Si se plantéa de forma masiva podríamos lograr la anulación y repetición de la prueba.
Os adjunto el modelo que he empleado:



ANTE EL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO PARA ACCESO A LA CONDICIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO FIJO EN PLAZAS DE DIPLOMADOS SANITARIOS, EN LA CATEGORIA DE ENFERMERO/A EN LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD,

Y PARA


LA DIRECCION DE GERENCIA DEL SES (como superior jerárquico o ante quien ostente tal condición)


SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD.

Avenida de las Américas nº 2
06800- MÉRIDA.-





   D/Dª ____________________________________, con DNI nº ____________, con domicilio en _____________ (CP______ Provincia de_________) y en su calle de ______________________, lugar que designa para oir notificaciones, ante ese Órgano comparece y como mejor en Derecho proceda DICE:

Primero.- Que por medio del presente interpongo Recurso de Alzada, ante desestimación presunta del Recurso por ella interpuesta en fecha 6 de marzo de 2014, ante el Tribunal de Selección del Proceso Selectivo convocado por resolución de 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las plazas de diplomados sanitarios, en la categoría de enfermeros. Se acompaña como documento nº 1 copia de dicha reclamación diligenciada por la Oficina Postal.
Dicha alzada se sustenta en lo previsto en el art 114 de la LRJAPyPAC.


Segundo.- El/La compareciente ostenta legitimación para esta impugnación al haber  participado en el proceso selectivo referido a las PLAZAS DE DIPLOMADOS SANITARIOS, EN LA CATEGORIA DE ENFERMERO/A en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud celebrado el referido 1 de marzo.


Tercero.- En dicha reclamación la compareciente interesaba la declaración de nulidad de dicho ejercicio en base a la lesión de derechos fundamentales de aplicación directa, y con su proyección en el art 62.1 de la LRJAPyPAC.
Igualmente se invocaban los supuestos de anulabilidad del art 63, como causas invalidantes por los vicios de que adoleció la prueba efectuada.
Damos por reproducidos la argumentación fáctica y jurídica allí realizadas.


Cuarto.- Aun cuando el Tribunal no ha resuelto el recurso oportunamente formulado, en fecha 29 de abril de 2014, hizo público un Acuerdo en el que, por lo que interesa al presente recurso, realiza las siguientes manifestaciones:
-   Que respecto a la posible declaración de anulación del ejercicio, el Tribunal manifiesta su falta de competencia.
-   Que en lo concerniente al desarrollo de la prueba, realiza unas puntualizaciones:
•   El concepto de "un único ejercicio" que figura en las Bases de la convocatoria se refiere a la fase de la oposición.
•   Respecto a la falta de indicación de cuáles eran las preguntas de reserva, se señala que los opositores tuvieron la oportunidad de conocer este aspecto durante el propio desarrollo de la prueba.
•   Que respecto  a la falta de igualdad de los dos cuestionarios, se viene a señalar la posibilidad que tiene el Tribunal de configurar el número de test diferentes que considere oportuna en función de las circunstancias en que se desarrolle la prueba, salvaguardando que la dificultad sea similar en ambos. Señalando: "Se acordó, por tanto, que los dos cuestionarios, en aras a garantizar la igualdad de los aspirantes, constaran de las mismas preguntas, pero dispuestas en orden diferentes"
-   Finalmente vistas las reclamaciones presentadas el Tribunal vino a anular un conjunto de preguntas que fueron sustituidas por las correspondientes al ordinal correlativo de las preguntas de reserva de cada cuestionario.

Quinta.- Que manteniendo las alegaciones tanto en lo referente a los aspectos fácticos como a los fundamentos de derecho, ampliamos la argumentación en base al Acuerdo referenciado en el anterior apartado.
-   Sobre la falta de competencia para declarar la nulidad, instamos en esta alzada a que por el Órgano   competente proceda a su declaración.
Recordemos a este respecto la no prescriptibilidad de la acción, por la posibilidad que consagra el art 102 de la LRJAPyPAC de que  por iniciativa propia o a instancia de parte, la Administración declare de oficio la nulidad de los actos administrativos en los supuestos del art 62.1 de LRJAPyPAC.
-   La argumentación del Tribunal entra en contradicción interna e incurre en error entre lo que manifiesta y pretende el Tribunal y su propia actuación.
Establece el Tribunal su intención de que los diferentes test sean idénticos, lo que sin duda es loable y exigible como punto de partida. No obstante las preguntas de reserva de ambos exámenes no son las mismas, sino las diez últimas de cada test, y como ambos conjuntos no son iguales, ni en conjunto ni en predeterminación, necesariamente los contenidos materiales que han sido objeto de evaluación, no son idénticos para ambos tipos de test. En consecuencia se contradice una decisión del propio Tribunal con la consecuencia de haberse realizado dos exámenes diferentes. Para cumplir con la decisión del Tribunal, había que haber determinado a priori las preguntas de reserva para ambos exámenes, que deberían ser la mismas, señalando su ubicación en los correspondientes test y la predeterminación de sustitución. Solo así se podría garantizar la igualdad de ambos exámenes y en consecuencia de los aspirantes.





En virtud de lo expuesto

SOLICITO al Órgano al que me dirijo se sirva admitir a trámite el presente escrito, junto con el documento que se acompaña,  teniendo  por interpuesta en tiempo y forma Recurso de Alzada contra desestimación presunta de la anterior reclamación interpuesta ante el Tribunal,  contra el contenido del examen referido al turno libre y discapacidad y en mérito a su contenido, proceda a dictar Resolución en la que estimando las alegaciones realizadas, proceda a declarar  la nulidad de pleno derecho de esta fase de la oposición, o subsidiariamente su anulación, ordenando en todo caso su repetición.



Madrid, a __ de _________ de 2014


                                                                                   
                                                                      Firmado:.......................................................







cocodril

He llamado al sindicato y me han comentado que estan esperando a que el presidente del tribunal les avise para empezar la correccion de los examenes ya que ellos tienen que hacer de observadores para que no haya ninguna irregularidad.

Desde la reunion en que anunciarion las preguntas anuladas no ha habido ninguna novedad y que no saben muy bien a que estan esperando para empezar la correcion.

"J"

Yo te digo a qué están esperando: a cumplir los plazos que han calculado para que todas las categorías estén incorporadas en mayo del año que viene justo antes de las elecciones autonómicas.
"CONFUCIO FUE UNO DE LOS QUE INVENTÓ LA CONFUSIÓN"

WIKKA

El recurso de alzada no se puede hacer hasta que no este publicado el listado de aspirantes aprobados....

avila

Cita de: Volsan Sanvol en 23 de Mayo de 2014, 09:17:26 AM
Cita de: avila en 16 de Mayo de 2014, 11:32:31 AM
en la web estaban puestos los dos examenes
hola,
¿me puedes decir la web a la que te refieres? es que no encuentro el segundo cuadernillo del examen.

https://convocatoriasses.gobex.es/index_bolsa.php
Siempre estarás en mí

TODO DA IGUAL YA NADA IMPORTA, TODO TIENE SU FIN

BIRGIT

Cita de: cocodril en 23 de Mayo de 2014, 14:38:38 PM
He llamado al sindicato y me han comentado que estan esperando a que el presidente del tribunal les avise para empezar la correccion de los examenes ya que ellos tienen que hacer de observadores para que no haya ninguna irregularidad.

Desde la reunion en que anunciarion las preguntas anuladas no ha habido ninguna novedad y que no saben muy bien a que estan esperando para empezar la correcion.


¿Las personas que faltaban por realizar el examen ya lo han hecho entonces? Si es así no se a que esperan la verdad...

WIKKA

Las personas que faltaban por hacer el examen NO lo han realizado... no hay publicado llamamiento a ningun examen.... Solo se ha realizado 2 llamamiento en el examen del 112....

ancapi

Como sabéis que quedan personas por examinarse? En el resto de convocatorias han publicado las resolución de impugnaciones de preguntas después de los segundos llamamientos, si en el de enfermería se ha publicado ya se da por entendido q no hay gente pendiente de examinar...

cocodril

Se confirma que quedan personas por hacer el examen aunque no dicen cuantas.
El 17 de Junio se examinan.

https://convocatoriasses.gobex.es/index_bolsa.php

BIRGIT

Es vergonzoso, que entre un examen y otro haya más de 3 meses y medio de diferencia...de verdad...es desesperante la cantidad de injusticias que se están cometiendo.  :tears:

ari

los dias 25 26 y 27 se reunen para corregir el examen o sea que tienen pensado continuar con e proceso tan panchamente de nada les sirve el precedente de lo ocurrido con continuada....  :021: :Katana:

BIRGIT

El día 17 es el examen a la gente que no pudo asistir por fuerza mayor al del  de marzo...3 meses y medios después...


¿Cómo sabes esas fechas? Lo de que el 25, 26 y 27 corrigen exámenes?