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ENFERMERA DE EMPRESA

Iniciado por cris_gijón, 23 de Enero de 2007, 10:35:12 AM

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cris_gijón

No sabía muy bien dónde poner este mensaje.... bueno, en fin: a ver si alguien me sabe decir q tngo q hacer pa tener el titulo de enfermera de empresa. Muchas gracias chic@s :thumbup:

Dama Eowyn

Si no lo tienes de antes, ya no se pueden hacer (convocar) más curso de enfermero de empresa, porque desde la publicación en el BOE del real decreto de las nevas especialidades de enfermeria, porque pasa a ser una especialidad via EIR, así que si quieres hacer esa especialidad, tienes esperar a que se convoquen con el resto de especialidades via EIR.
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cris_gijón

Ala, entonces para todos los trabajos q piden enfermera de empresa tiene q ser gente q ya lo tnga de antes? jolines! con lo depre q stoy deseando trabajar, y no encuentro nada de nada. en asturias no hay trabajo nada mas q de camarera o de peluqera, estoy harta!!!  :tears:

Dama Eowyn

Las quejas al ministerio, que quitan ls cursos desde el 2005, y hasta que se decidan a sacar la especialidad via EIR puedes esperar sentada (si lo haces de pie te vas a cansar, o cuando te quedes dormida te caigas ;).
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Mosa

Si, y como el tema está parado, pues por ahora, el ministerio tiene que permitir que los puestos de los enfermeros de empresa los ocupen enfermeros sin especialidad, ya que no llega la gente con la especialidad por ahora...
Nunca te rias de los sueños de los demás, el que no tiene sueños, no tiene mucho...


cris_gijón

Entonces, si para un trabajo piden enfermera de empresa y yo NO tengo la especialidad, me pueden coger igual?  :dubbio: mandariais el curriculum?  :whistling:

Dama Eowyn

Si, no pierdes nada, ten en cuenta que Enfermero de empresa era un curso, no una especialidad reglada, y si les hace falta gente te pueden coger ¿Qué pierdes por intentarlo? El no lo tienes por delante.
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peterseler

Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención:

Los servicios de prevención que desarrollen funciones
de vigilancia y control de la salud de los trabajadores
deberán contar con un médico especialista en
Medicina del Trabajo o diplomado en Medicina de
Empresa y un ATS/DUE de empresa, sin perjuicio
de la participación de otros profesionales sanitarios
con competencia técnica, formación y capacidad acreditada.

Si vas a trabajar en un SP ya tiene que haber un enfermero de empresa, al menos en nomina, si no es imposible obtener la acreditación para ejercer la especialidad de Medicina del Trabajo. otra cosa es que ese due de empresa ponga el titulo y tu hagas sus funciones. el ministerio no puede permitir nada que vaya en contra de lo que dice un Real Decreto....