Yo también trabajo para el SCS. La excedencia por hijo es solo para menor de 3 años, lo que comentas es una reducción de jornada aue puede ser de la mitad o 1/3 de las horas semanales. En el caso de cuidado de persona mayor, un compañero se encontró en esa situación y lo que solicitó es un permiso sin sueldo por cuidado de persona mayor, para ello debes ser propietario de plaza y justificar la necesidad de cuidado. No trabajarías ni cobrarías nada, se reserva tu puesto creo que durante 2 años, luego aún siendo propietario, tu olaza se podría ubicar en otro centro o unidad de la misma gerencia. Pregunta en atención al trabajador de la gerencia en la que trabajas y te dirán todos los pasos a seguir.