Sanciones

Iniciado por Dormicum, 24 de Febrero de 2011, 19:57:22 PM

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Dormicum

Saludos,en el pacto de la seleccion del personal temporal de la bolsa del SESCAM habla de sanciones 15 meses x rechazar un contrato y 18 meses por dejar un contrato ya en vigor,pero no dice nada de sancion si no coges el telefono,asi que no hay ningun tipo de sancion por no coger el telefono no?

cucac

Se sabe algo mas de esto? bueno..y tengo entendido que te sancionan unicamente de la gerencia de la que te llamen,esto es asi?y sabeis si hay que hacer algo despues para volver a aparecer en la bolsa trascurrido el tiempo de la sancion?

enfermera_novata

y si estas trabajando y te llaman, tambien te sancionan?? tienes que ponerte en no disponible en cada gerencia o como va eso? si estas trabajando en el sescam logicamente no te llamaran, no?

yo.mismo

#3
A dia de hoy, no hay sanción por no coger el teléfono, aunque hay rumores de que se quiere cambiar.

Si te sancionan, solo lo hacen en la categoría, en la gerencia y en el tipo de contrato que te hayan ofertado.

Si estás trabajando en el Sescam, no deberían llamarte porque debes aparecer como no disponible.

Saludos

SONITA

creo que si no coges el tlf no te sancionan, y si estás trabajando en otro sitio público o en el mismo Sescam tampoco, eso sí, tendrás que justificarlo....

Zrukker

Cita de: yo.mismo en 15 de Junio de 2011, 10:25:46 AM
A dia de hoy, no hay sanción por no coger el teléfono, aunque hay rumores de que se quiere cambiar.
Si te sancionan, solo lo hacen en la categoría, en la gerencia y en el tipo de contrato que te hayan ofertado.

Si estás trabajando en el Sescam, no deberían llamarte porque debes aparecer como no disponible.

Saludos

Había oído que si te llaman un porrón de veces y no lo cogías podían sancionarte con 15 meses, hablo de la GAP de Albacete
¡¡Yo sólo quiero trabajar!!

parchesacro

Aquí, en pontevedra, han llegado a mandar telegramas cuando no cogías el teléfono...
Dogsada...

yo.mismo

Esas cosas hay gerencias que lo hacen, pero lo puedes reclamar perfectamente. En la normativa actual, no se contempla.

Saludos