Oposiciones enfermeria SACYL 2008

Iniciado por paki, 13 de Noviembre de 2007, 21:32:53 PM

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CCO

Se supone que hasta dentro de un par de años no van a convocar oposiciones, pero si quieren las convocan para callar bocas y después de pagar las tasas del exámen (que es una forma de recaudar mucho dinero) tardán un par de años entre que sacan la lista provisional, después la definitiva de admitidos y excluidos, y al final la fecha de exámen....

yoda

Bueno Compas ya ha pasado mucho tiempo desde que el juéz dictaminó la sentencia y nadie sabe nada del recurso, yo prefiero pensar que este no se ha producido y parece que este calvario ha terminado
Ya podemos por fin  :dance: :victory: :21fiesta: :Beika: :drinks:
Muchisimas gracias a todos por estar ahí todos estos años, por escuchar y responder mis agobios que no han sido pocos
mil  :PantaEvens:
Espero que todos disfruteis de vuestra merecida plaza a pesar de estos tiempos dificiles
Buena suerte COMPAÑEROS

shema

En mi trabajo dicen que las mismas de San Juan de Dios han interpuesto recurso (no sé si será un bulo) pero es lo que se comenta. Espero que no sea así

CCO

Y quien comenta eso? En qué ciudad trabajas? No hay más que rumores y rumores... esto es un no parar!!!

shema

soy de valladolidid y son los rumores que corren en el trabajo. Pero pueden ser rumores, sin ninguna base , espero que sea asi.

anezka

Yo tambien soy de Valladolid y tambien lo he oidio, pero ya al poco de salir la sentencia, pero solo rumores, nada sabe nada o nadie asegura nada.

Vigilea

Y como se podría saber si han recurrido o no?, hay alguna manera?

shema

He llamado al SATSE y dicen que al dia de hoy no tienen noticias de ningún recurso,pero que aun quedan diez dias para recurrir, esperemos que esto sea cierto,porque igual no se quieren mojar hasta que termine el plazo.

CCO

pero no se habia acabado ya el plazo para recurrir?

Vigilea

Eso digo yo...pero no tenían diez días para recurrir desde el día siguiente a que saliera la sentencia?...y hace bastante que ya han pasado

shema

Eso me dice a mi el SATSE, si podeis llamar alguuna mas, porque no hay quien se aclare.Esto es un sin vivir.Tenian que indemnizarnos por daños psicológicos. Animo y a ver si acaba este sinvivir

tenormin50

DECRETO

SECRETARIA DE SALA
SRA. RUIZ POLANCO.-


   En VALLADOLID, a treinta de Octubre de dos mil doce.


ANTECEDENTES DE HECHO

   PRIMERO.- Con fecha cuatro de septiembre de dos mil doce se dictó Sentencia en el presente recurso, que fue debidamente notificada a las partes, habiendo transcurrido el plazo legal sin que contra la misma se haya interpuesto recurso alguno.


FUNDAMENTOS DE DERECHO

   PRIMERO.- Dispone el art. 89.1 de la LJCA que el Recurso de Casación se preparará ante la Sala que hubiere dictado la resolución recurrida en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la notificación de aquella.

   SEGUNDO.- Establece el art. 89.4 de la LJCA que transcurrido el plazo de diez días sin haberse preparado el Recurso de Casación, la Sentencia o resolución quedará firme, declarándolo así el Secretario Judicial mediante Decreto.

   TERCERO.- Conforme al art. 104 LJCA, luego que sea firme una Sentencia, el Secretario Judicial lo comunicará en el plazo de diez días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, una vez acusado recibo de la comunicación en idéntico plazo desde la recepción, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquel.

   Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación


PARTE DISPOSITIVA

   ACUERDO: Se DECLARA FIRME la SENTENCIA dictada en los presentes autos, de fecha cuatro de septiembre de dos mil doce.
   
   Para que se lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo:
   Remítase testimonio de la misma con atenta comunicación a la Administración demandada, CONSEJERIA DE SANIDAD devolviendo al mismo tiempo el expediente administrativo, debiendo acusar recibo de esta comunicación en diez días desde su recepción, indicando, en el mismo plazo, el órgano responsable del cumplimiento del fallo.


   Verificado lo anterior, archívense las actuaciones.

   MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.

   Así lo acuerdo y firmo.

LA SECRETARIA JUDICIAL

Vigilea

O he entendido mal o no han recurrido, no?....yupiiiii!!

CCO

Eso he entendido yo también, por fin buenas noticias!!!

marques

Cita de: tenormin50 en 11 de Noviembre de 2012, 09:41:52 AM
DECRETO

SECRETARIA DE SALA
SRA. RUIZ POLANCO.-


   En VALLADOLID, a treinta de Octubre de dos mil doce.


ANTECEDENTES DE HECHO

   PRIMERO.- Con fecha cuatro de septiembre de dos mil doce se dictó Sentencia en el presente recurso, que fue debidamente notificada a las partes, habiendo transcurrido el plazo legal sin que contra la misma se haya interpuesto recurso alguno.


FUNDAMENTOS DE DERECHO

   PRIMERO.- Dispone el art. 89.1 de la LJCA que el Recurso de Casación se preparará ante la Sala que hubiere dictado la resolución recurrida en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la notificación de aquella.

   SEGUNDO.- Establece el art. 89.4 de la LJCA que transcurrido el plazo de diez días sin haberse preparado el Recurso de Casación, la Sentencia o resolución quedará firme, declarándolo así el Secretario Judicial mediante Decreto.

   TERCERO.- Conforme al art. 104 LJCA, luego que sea firme una Sentencia, el Secretario Judicial lo comunicará en el plazo de diez días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, una vez acusado recibo de la comunicación en idéntico plazo desde la recepción, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquel.

   Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación


PARTE DISPOSITIVA

   ACUERDO: Se DECLARA FIRME la SENTENCIA dictada en los presentes autos, de fecha cuatro de septiembre de dos mil doce.
   
   Para que se lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo:
   Remítase testimonio de la misma con atenta comunicación a la Administración demandada, CONSEJERIA DE SANIDAD devolviendo al mismo tiempo el expediente administrativo, debiendo acusar recibo de esta comunicación en diez días desde su recepción, indicando, en el mismo plazo, el órgano responsable del cumplimiento del fallo.


   Verificado lo anterior, archívense las actuaciones.

   MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.

   Así lo acuerdo y firmo.

LA SECRETARIA JUDICIAL

tenormin eres un/a máquina. gracias!!!

tenormin50

Buenos días, alguien sabe algo de aquel recurso de la UGT a esta OPE 2008?

Vigilea

No, ni idea, de ese tema no se ha vuelto a decir nada...todavía nos llevamos alguna sorpresa...que es lo que reclamaban?

procoralan

¿ y de las supuestas demandas varias conta esta OPE por parte de SATSE o de no se quién? ¿ Creeí :dubbio:s que esto se ha acabado o como dice Vigilea todavía nos llevamos alguna sorpresa?¿Cuando se puede celebrar nuestra plaza de una puñetera vez?

Vigilea

Está pendiente aún que el TSJ dicte sentencia sobre una demanda que interpusieron en su día varios enfermeros de servicios sociales para que su tiempo trabajado se compute con un 100% en vez de un 50%...veremos a ver que termina pasando con este tema...

CCO

Alguien ha recibido una carta certificada sobre un contencioso-administrativo? Todavia no he visto la carta porque ha llegado a casa de mis padres y no he ido a por ella. Me imagino que tendrá que ver con alguna demanda interpuesta contra esta oposición pero no lo sé seguro....