baja por riesgo durante el embarazo;

Iniciado por xonxon, 27 de Enero de 2008, 17:53:44 PM

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milady y 35 Visitantes están viendo este tema.

procoralan

Gracias por la información Somer (que puesta etás en todo), lo que no entiendo muy bien es que pinta la opción A pudiendo cojer la C ,  segun esta opción ,puedes seguir de baja maternal tras la firma de posesión de la plaza, con lo que entiendo que se puede firmar estando ya de baja sin tener que renunciar a ella.
ZOE, según he entendido has dicho que tu podías renunciar a tu actual contrato, pero entonces si todavía no has cogido la baja maternal creo que no te corresponde , si estás de baja por enfermedad común, tendrías que esperar a finalizarla hasta poder firmar la toma de posesión (me lo han dicho hoy en personal , que no se considera igual una I.T que un permiso por maternidad) y si ya estuvieras de baja maternal estarias en la misma situación que voy a estar yo ¿No?.Otra pregunta el permiso de lactancia del que hablas supongo que es ese que puedes acumular creo que 22 días ¿No?

Ocellum

No es que esté muy puesta en el tema, sino que indagué en mi correo y encontré el mensaje del satse sobre el tema. Según me ha dicho una compañera que ha dado a luz hace unos días, el permiso de lactancia acumulado son 28 días pero bueno mejor preguntar para asegurarse.

En caso de IT para coger la plaza

   INCAPACIDAD TEMPORAL: quién se encuentre en esta situación dentro del plazo posesorio, este QUEDARÁ SUSPENDIDO HASTA QUE OBTENGA EL ALTA MÉDICA, reanudándose el cómputo de dicho plazo una vez obtenida el alta médica.

Supongo que el caso de zoe es diferente porque es baja por riesgo, habría que valorar el riesgo una vez tomado posesión de la plaza. De todos modos, estas son las normas que se siguieron en la ope de salamanca y que cuando tengais que tomar posesión sacarán las normas a seguir que supongo no serán muy diferentes a estas.

Por cierto, qué hay que hacer para pedir la baja por riesgo en el embarazo? Hay que ir al INSS? Qué papeles se necesitan?
Las palabras son, al final, la tumba de las ideas

isapa

#62
Cita de: isapa en 04 de Febrero de 2008, 15:04:05 PM
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Preguntasmasfrecuen37888/SubsidiosyotrasPres48581/Riesgoduranteelemba48583/index.htm

http://www.seg-social.es/Internet_1/TramitesyGestiones/DescripcionesdeProc43384/ProcedimientodeRies44774/index.htm

http://www.seg-social.es/Internet_1/TramitesyGestiones/PrestaciondeRiesgod44765/index.htm

Citar¿Qué es el riesgo durante el embarazo?

Es la situación en la que se encuentra la trabajadora durante el período de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, cuando debiendo cambiar de puesto de trabajo, por influir éste negativamente en su salud o en la del feto, a otro compatible con su estado, dicho cambio no resulte posible o no pueda exigirse por motivos justificados.


Ocellum

Sí, eso ya lo he leído, pero mi pregunta es si yo lo puedo solicitar de motu propio o si tiene que ser a través del servicio de salud laboral
Las palabras son, al final, la tumba de las ideas

neni

ZOE ME PUEDES DECIR EN QUE CONSISTE LO DE LA LACTANCIA NATURAL Y COMO SE PIDE?

zoe6221

en el INSS te lo explican todo y te dicen los papeles que tienes que llevar. Cuando yo solicite lo de riesgo de embarazo tuve que pasar por salud laboral (informe de los riesgos en mi puesto de trabajo-manejo de cargas-jornada prolongada-transporte sanitario-etc), informe del ginecologo y con esos dos informes a la gerencia que tiene que decir que tu estado no es compatible con ningun otro puesto de trabajo en la empresa y no tienen donde ubicarte(en ese papel tambien viene la base de cotizacion que es lo que te va a pagar el inss) y con todos esos papeles (los 3) y la solicitud que te entregan en el INSS pues a solicitarlo. LO valora el medico del INSS y ÉSTE es el que dice si se te concede el permiso o en que semana se te concede. En el papel del INSS pone RIESGO DE EMBARAZO/LACTANCIA NATURAL. como de momento no lo he mirado no se que papeles se necesitan. Segun que puestos de trabajo, algunos son incompatibles con la lactancia(supongo tipo enfermeros de area que tienes jornada continuada), y supongo que el medico del inss sea el que valore concederlo o no. Pero eso no lo se, son suposiciones mias.
espero que os haya ayudado. YO no estoy en situacion de IT con lo que cuando tenga que hacer los papeles  a ver que tengo q hacer....


MANTOUX



LEY PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES (Art 16 y 26)



Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de Octubre de 1992, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en periodo de lactancia.




GUIA BÁSICA PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DURANTE EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA (Es una guía muy completa)





Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l39-1999.html





procoralan

Gracias de nuevo SOMER ; ZOE ya sé que ahora no estás de I.T, pero comentaste que para la toma de posesión ibas a coger una baja normal y algo como que renunciarias al contrato actual, era por saber si para entonces vas a estar en una situación como la mía de baja de maternal e ibas a coger la opción C que puso somer en el post.
Por cierto , creo que una cosa es permanecer de baja por riesgo para la lactancia,  y otra el permiso de lactancia que se lo dan a todo el mundo y lo puedes acumular tras tu baja maternal y son los 28 días que dice SOMER.

Mirinda

Y otra cosa. Se puede solicitar la acumulación de la lactancia y luego pedir una excedencia por cuidado de hijos o hay que incorporarse aunque sea de media jornada?
Si se incorpora uno de media jornada la hora de lactancia se reduce a la mitad o es entera?

Donde puedo encontrar la legislación aplicable al personal del sacyl?

procoralan

Mirinda, para que te acumulen los días de lactancia tienes que esperar a que se te acabe la baja maternal y luego estar en activo, ya que si estas de excedencia, al no trabajar, no te corresponden, pero si cuando te incorporas de la excedencia, el niño todavía no tiene 1 año , te tienen que dar lo correspondiente hasta el día que lo cumpla, eso si lo quieres acumular, o si prefieres la hora al dia o la media hora si es al coomienzo o final del turno.si te incorporas de media supongo que serán la mitad de los días.

maytems

Te cuento mi caso:
despues de la baja maternal , solicité la acumulación de horas de lactancia (tiene que ser inmediatamente despues de la baja maternal), pero como me quería pedir despues una excedencia maternal de 3 meses, que quitaron la parte proporcional de horas de lactancia. Es decir, en lugar de 30 días disfruté menos. Acabada las horas de lactancia, comencé la excedencia, y en breve me incorporo con reducción de jornada. No he tenido que trabajar ningún día. Simplemente es ir añadiendo una cosa a la otra
En cuanto a si te coges una hora diaria con reducción de jornada, la hora es entera. Con mi primera hija tenía una reducción de 1/3 de jornada y estuve hasta el año saliendo  una hora antes.

Ocellum

Una pregunta, a mi me gustaría pedir unos meses de excedencia tras la baja maternal. cómo quedarían las vacaciones? Solo podría disfrutar de los días correspondientes hasta finalizar la baja maternal?
Me explico: si doy a luz en enero (sobre el 20), la baja maternal me duraría hasta primeros de mayo, si quiero coger las vacaciones y después excedencia, cuántos días de vacaciones me corresponderían?
Las palabras son, al final, la tumba de las ideas

Ocellum

Cita de: zoe6221 en 13 de Agosto de 2009, 15:23:58 PM
en el INSS te lo explican todo y te dicen los papeles que tienes que llevar. Cuando yo solicite lo de riesgo de embarazo tuve que pasar por salud laboral (informe de los riesgos en mi puesto de trabajo-manejo de cargas-jornada prolongada-transporte sanitario-etc), informe del ginecologo y con esos dos informes a la gerencia que tiene que decir que tu estado no es compatible con ningun otro puesto de trabajo en la empresa y no tienen donde ubicarte(en ese papel tambien viene la base de cotizacion que es lo que te va a pagar el inss) y con todos esos papeles (los 3) y la solicitud que te entregan en el INSS pues a solicitarlo. LO valora el medico del INSS y ÉSTE es el que dice si se te concede el permiso o en que semana se te concede. En el papel del INSS pone RIESGO DE EMBARAZO/LACTANCIA NATURAL. como de momento no lo he mirado no se que papeles se necesitan. Segun que puestos de trabajo, algunos son incompatibles con la lactancia(supongo tipo enfermeros de area que tienes jornada continuada), y supongo que el medico del inss sea el que valore concederlo o no. Pero eso no lo se, son suposiciones mias.
espero que os haya ayudado. YO no estoy en situacion de IT con lo que cuando tenga que hacer los papeles  a ver que tengo q hacer....

Zoe, cuando dices "llevar los informes a la gerencia", te refieres a la gerencia de salud de área? O a la gerencia de atención primaria?
Las palabras son, al final, la tumba de las ideas

maytems

Cita de: Somer en 13 de Agosto de 2009, 19:58:26 PM
Una pregunta, a mi me gustaría pedir unos meses de excedencia tras la baja maternal. cómo quedarían las vacaciones? Solo podría disfrutar de los días correspondientes hasta finalizar la baja maternal?
Me explico: si doy a luz en enero (sobre el 20), la baja maternal me duraría hasta primeros de mayo, si quiero coger las vacaciones y después excedencia, cuántos días de vacaciones me corresponderían?
Pues dependerá de lo que te cojas de excedencia. Te tienen que dar las vacaciones antes de la excedencia y te quitarán 2.5 días por cada mes  que te cojas.

Ocellum

De dónde me los quitan? De las vacaciones del año siguiente? Porque si yo me cojo las vacaciones tras la baja el hospital no sabe si voy a coger luego excedencia o no
Las palabras son, al final, la tumba de las ideas

maytems

A mi me las han quitado de las vacaciones de este año, pero porque sabían que iba a solicitar la excedencia. Ten en cuenta que la tienes que solicitar con 15 días de antelación.

zoe6221

Hay que llevarlos a la gerencia de primaria.La de area no tiene nada que ver. Cuando coja la plaza, supongo que como todos o la mayoria, tengo que renuciar a mi contrato de enfermera de area y automaticamente el permiso por riesgo se anula ya que al irme al hospi, mis condiciones laborales han  cambiado y en el hospi te puede reubicar, sin las noches .....por eso, si no he parío antes(doy a luz en enero) pues cogere la plaza y despues la IT por que supongo que el embarazo este avanzado, y claro, suponiendo tambien que cogamos la plaza no cerca de la FPP ya que si es asi, incluso  me obliguen a coger la maternal....no se...cuando llegue pensare....

procoralan

Yo salgo de cuentas el 23 de noviembre , con lo cual, seguro que estoy de baja maternal , porque antes de esta fecha no creo que salga lo de la toma de posesión ,ya que se están tomando su tiempo,pero con eso de los tres supuestos que puso somer no creo que haya ningún problema, se coge la opción C (me parece la mejor) y ya está. :yum:

marsila

Guís médica para la valoración de los riesgos profesionales a efectos de la prestación de riesgo durante el embarazo y el riesgo en la lactancia

http://docs.google.com/fileview?id=0BxTQmAQwUk7bNzY4NTFjOGItNzljMC00ODBkLTgyYjQtYTZjN2IzNjIxMTA1&hl=ca
No hay mejor psiquiatra en el mundo que un cachorro lamiéndote la cara