FECHA TRASLADOS SESCAM

Iniciado por TT, 10 de Febrero de 2010, 11:58:38 AM

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TT

   Parece que para el 17 salen los traslados de una vez haber si vosotros tambien escuchais algo. Entre todos a ver si de una vez conseguimos enterarnos de cuando saldran las listas de admitidos.  YO ESTOY MUY DESMOTIVADA .......

Markos

alguien tiene las plazas a las que se optamos para pedir traslado?
Juan Marcos

MANTOUX

 
Os dejo aquí lo que recibido de un sindicato, seguro que ya lo tenéis, pero por si acaso. He dejado solo las plazas ofertadas de enfermería. Si alguien quiere saber del resto de categorias que me lo diga. Espero que os sirva. Saludos.

Adjunto  Resoluciones del Concurso de Traslados 2010, que saldrá publicado el próximo día 17 de febrero de 2010, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.  El plazo de presentación de solicitudes será desde el 26 de febrero de 2010 al 26 de marzo de 2010, ambos inclusive

Resolución de 09 de febrero de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud de
Castilla–La Mancha (Sescam), por la que se convoca concurso de traslados voluntario a plazas de personal
estatutario en el ámbito de Atención Primaria y Especializada, en las categorías de personal Sanitario y Personal
de Gestión y Servicios.

La regulación de los procesos de selección del personal estatutario, y más concretamente los procesos de
movilidad voluntaria, viene contenida en el artículo 37 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco
del Personal Estatutario de los Servicios de Salud (BOE nº 301, de 17 de Diciembre de 2003), que mantenía
vigente en virtud de su Disposición transitoria sexta, letra c), con rango reglamentario, sin carácter básico y hasta
tanto se procediera a su modificación en cada Servicio de Salud, al Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre
selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social (BOE
número 8, de 9 de enero de 1999). El Servicio de Salud de Castilla la Mancha (Sescam) ha procedido a la
regulación del procedimiento de movilidad voluntaria, por el sistema de concurso, en el ámbito del Sescam
mediante el Decreto 170/2009. DE 03/11/2009 del procedimiento de movilidad voluntaria, por el sistema de
concurso de traslados, del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (DOCM nº 217, de 6
de noviembre de 2009) que resulta de aplicación en esta convocatoria.

Por ello, este proceso de movilidad se regirá, además de por lo fijado en la Ley 55/2003, del Estatuto Marco, por el
Decreto 170/2009, de 03/11/2009 del procedimiento de movilidad voluntaria, por el sistema de concurso de
traslados, del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y demás normas aplicables, en
todo caso de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Por lo expuesto, esta Dirección General, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 8, letra c) del
Decreto 140/2008, de 9 de septiembre, de estructura orgánica y funcionamiento de los Servicios Centrales y
Periféricos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) (DOCM nº 189, de 12 de septiembre de 2008),
modificado por el Decreto 182/2009 de 01/12/2009 (DOCM nº 238 de 4 de diciembre de 2009); y por el apartado
cuarto, punto 5º, de la Resolución de 27/10/2008, de la Dirección Gerencia, sobre delegación de competencias
(DOCM nº 229, de 6 de Noviembre de 2008),

Ha resuelto

Convocar concurso de traslados voluntario a plazas básicas de personal estatutario de las Instituciones Sanitarias
del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en el ámbito de Atención Primaria y Especializada, de las siguientes
categorías:

1.- Personal Sanitario:

Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrona, Terapeuta Ocupacional, Auxiliar de enfermería, Higienista dental de Área
de Atención primaria, Técnico Especialista de Anatomía Patológica, Técnico Especialista de Laboratorio, Técnico
Especialista en Radiodiagnóstico,

2.- Personal de Gestión y Servicios:

Albañil, Bibliotecario, Calefactor, Carpintero, Celador, Cocinero, Conductor, Costurera, Electricista, Fontanero,
Gobernanta, Grupo Administrativo de la Función Administrativa, Grupo Auxiliar de la Función Administrativa,
Grupo de Gestión de la Función Administrativa, Lavandera, Limpiadora, Mecánico, Peón, Pinche, Planchadora,
Telefonista, Trabajador Social

Primera

Normas generales

1.1. Se convoca, para su provisión por concurso de traslados, las plazas vacantes que, para las distintas
categorías, se especifican en el Anexo II de la presente Resolución y mediante la aplicación del sistema de
resultas, las plazas básicas vacantes que se produzcan al obtener nuevo destino las personas concursantes que
fueran titulares de las mismas y que se especifican en el Anexo III. Cada concursante podrá solicitar, por su orden
de preferencia, todas aquellas plazas que resulten de su interés, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 2.1 c) de
esta convocatoria.

1.2. Las plazas básicas están codificadas a efectos de su identificación, con un código de 4 dígitos. Esta
codificación (código de identificación de la plaza) deberá utilizarse para la petición de plazas en la hoja destinada a
ello y servirá para la adscripción del concursante a la plaza adjudicada, no afectando al nombramiento del
concursante ni limitando las posibilidades de reorganización asistencial conforme a la normativa vigente. De igual
forma, el concursante deberá identificar la plaza desde la que concursa que será, en todo caso, la plaza de la que
es titular

1.3. El concurso se regirá por las presentes bases, por lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE número 301, de 17 de Diciembre de 2003),
por lo regulado en el Decreto 170/2009, de 03/11/2009 del procedimiento de movilidad voluntaria, por el sistema
de concurso de traslados, del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y por las demás
normas aplicables
.
1.4. Además de en los lugares previstos expresamente en esta convocatoria, podrá recabarse información general
respecto del mismo en la página del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (http://sescam.jccm.es), y en el
teléfono de información del Sescam 900252525, además de en los siguientes teléfonos de información: 012 si se
llama desde alguna localidad de Castilla-La Mancha y 902267090 para todo el territorio español. Esta información
adicional tendrá un valor orientativo y no será vinculante para la Administración ni generará derechos para sus
destinatarios, de conformidad con lo previsto en el artículo 6º del Decreto 24/1998, de 31 de marzo, por el que se
regulan los servicios de información general y registro de documentos de la Administración de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM nº 16, de 3 de abril de 1998).

Segunda

Interesados

2.1. Podrá participar en este concurso de traslados el personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud con
nombramiento fijo en la categoría y en su caso, especialidad a la que se concurse, que el último día del plazo de
presentación de solicitudes de esta convocatoria se encuentre en alguna de las siguientes situaciones y con los
siguientes requisitos:

a) En situación de activo o con reserva de plaza: El personal estatutario fijo que se encuentre en esta situación en
cualquier Servicio de Salud, deberá haber tomado posesión de la plaza desempeñada en la misma categoría a la
que participa, incluyendo, a estos efectos, el último día del plazo para la presentación de solicitudes.

b) En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza: El personal estatutario fijo que se encuentre
en esta situación deberá reunir los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último
día del plazo de presentación de solicitudes. Además de lo expuesto, el personal procedente de la situación de
excedencia voluntaria contemplada en los apartados a) y c) del artículo 67 del Estatuto Marco, deberá acreditar la
permanencia en esa situación durante un tiempo mínimo de dos años.

c) En situación de reingreso al servicio activo con carácter provisional: El personal estatutario que se encuentre en
situación de reingreso con carácter provisional en plazas dependientes de este Servicio de Salud estará obligado
a participar en este concurso. En el supuesto de no obtener plaza, habiendo solicitado todas las convocadas en su
categoría, y Área de Salud, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que
resulten vacantes como consecuencia de la resolución del mismo o pasar nuevamente a la situación de
excedencia voluntaria.
Quienes, estando en situación de reingreso provisional en plazas de este servicio de salud, no obtengan destino,
sin haber solicitado todas las vacantes ofrecidas en su categoría y Área de Salud, o no participen en este
concurso de traslados, serán declarados de oficio en situación de excedencia voluntaria, y deberán permanecer en
la misma al menos dos años antes de poder solicitar un nuevo reingreso provisional a efectos de su participación
en un posterior concurso de traslados.

2.2. No podrán participar los suspensos firmes mientras se encuentren en esta situación administrativa.

2.3. Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán mantenerse a lo largo de todo el
procedimiento y hasta la toma de posesión en la plaza adjudicada. En caso contrario, se perderán todos los
derechos derivados de la convocatoria.

2.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, los participantes no podrán modificar la relación de plazas
solicitadas, ni renunciar a la participación en el concurso. Los concursantes en situación de reingreso provisional
que desistieren de su participación en el concurso serán declarados de oficio en la situación de excedencia
voluntaria, y deberán permanecer en esta situación al menos dos años antes de poder solicitar un nuevo reingreso
provisional a efectos de su participación en un posterior concurso de traslados.

Tercera

Solicitudes

3.1. Las solicitudes para participar en este concurso se ajustarán al modelo oficial que será facilitado en los
Servicios Centrales del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Avenida Río Guadiana, nº 4, Toledo), en las
Gerencias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y se encuentra insertado en la página del Servicio de
Salud de Castilla- la Mancha (http://sescam.jccm.es ).

3.2. Junto al modelo de instancia, del cual sólo podrá presentar una única solicitud, los concursantes recibirán uno
o más ejemplares de la hoja de petición de plazas donde relacionarán, por su orden de preferencia, las plazas que
solicitan, y que aparecen en el Anexo II (plazas básicas vacantes) y en el Anexo III (plazas básicas a resultas) de
esta convocatoria. En la solicitud será requisito imprescindible concretar, en el espacio reservado para ello, el
código de la plaza desde la que se concursa y que figura en el Anexo III, siendo causa de exclusión del proceso la
no especificación del mismo. También recibirán un sobre con espacios para datos personales que deberán ser
cumplimentados, y en el que cada concursante deberá introducir su solicitud, su hoja u hojas de petición de
plazas, los certificados de servicios prestados, la hoja de autobaremo (Anexo IV) y las certificaciones que aporte y
que se describen en la cuarta de estas Bases.
Igualmente, podrán utilizar el modelo de solicitud , hoja de petición de plazas y hoja de autobaremo, así como la
carátula que podrán incorporar a cualquier sobre, que se encuentran insertados en la página del Servicio de Salud
de Castilla-La Mancha, (http://sescam.jccm.es). Los participantes que descarguen los modelos de solicitud y hoja
de petición de plazas por este medio deberán cumplimentarlos y realizar el resto de los trámites conforme a lo
dispuesto en la base 3.4.

3.3. Para todo ello, el concursante deberá tener en cuenta las instrucciones contenidas en impreso aparte que
también se facilitará con la documentación anterior y que también estará insertado en la página del Servicio de
Salud de Castilla-La Mancha.

3.4. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla-La
Mancha. La presentación de las solicitudes podrá hacerse en los Servicios Centrales del Servicio de Salud de
Castilla-La Mancha, en las Gerencias dependientes del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, o en la forma
prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 287, de 27 de noviembre de 1992), modificada por
Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero de 1999).

Se advierte que, tanto en la solicitud como en la hoja de petición de plazas, debe figurar el sello de Registro con la
fecha, quedando el original y una copia en poder de la Administración y otra copia en poder de los interesados,
como justificante.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, del 26 de febrero de 2010 al 26 de marzo de 2010,
ambos inclusive.

3.5. Cuando dos concursantes estén interesados en las plazas que se anuncien para un mismo municipio y
reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar su solicitud de traslado al hecho de que ambos obtengan
destino en ese mismo municipio, por razones de convivencia familiar, para lo cual deberán hacerlo constar en sus
solicitudes. Ambos concursantes deberán acompañar a su solicitud fotocopia de la del otro concursante. Las
peticiones de traslado quedarán sin efecto, si ambos concursantes no resultasen adjudicatarios de plaza en el
mismo municipio, manteniéndose, en su caso, la petición para aquellas otras plazas sobre las que no concurra
condicionamiento alguno.

Cuarta

Documentación

4.1. Junto con la solicitud de participación en el concurso y la hoja u hojas de petición de plazas, todos los
concursantes aportarán, para su verificación en la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud
de Castilla-La Mancha (Sescam), la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del nombramiento para el desempeño de plaza fija en la categoría que se concursa.

b) Fotocopia compulsada de la diligencia de toma de posesión del último destino en propiedad.

c) Para la valoración de los méritos contemplados en los apartados 1 y 3 del baremo: Se acreditarán, por el propio
aspirante mediante certificación original o copia compulsada según modelo oficial, de los servicios prestados, con
expresión de la categoría, expedida por el Gerente o Director de Gestión de la Institución que corresponda o por el
órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.

d) Para la valoración de los méritos contemplados en el apartado 2 del baremo: Certificación original o copia
compulsada de los servicios prestados en otras Administraciones Públicas españolas o de un Estado miembro de
la Unión Europea o del espacio económico europeo, reconocidos a efectos de antigüedad, con especificación del
contenido funcional del puesto de trabajo desempeñado.

e) Hoja u hojas de autobaremo cumplimentada por el participante, conforme al modelo recogido en el Anexo IV
que se encuentra insertada en la página del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (http://sescam.jccm.es).

4.2. Los concursantes que se encuentren en situación distinta a la de servicio activo y con reserva de plaza
deberán aportar, además de la documentación citada en el apartado 4.1 la siguiente:

Fotocopia compulsada del documento que genera el derecho a la reserva de plaza.

4.3. Los concursantes en situación de excedencia deberán aportar, además de la documentación citada en el
apartado 4.1, la siguiente:

Fotocopia compulsada de la resolución de la concesión de la excedencia.
El personal excedente procedente de otros Servicios de Salud deberá presentar, junto con la resolución de
excedencia, certificación acreditativa de que continúa en esta situación el día de la publicación de la presente
convocatoria.

El personal excedente procedente del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal
estatutario en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional
de Salud establecido por ley 16/2001, de 21 de noviembre, deberá presentar copia del B.O.E en el que se
concedió la excedencia.

4.4. Los concursantes en situación de reingreso al servicio activo con carácter provisional deberán aportar,
además de la documentación citada en el apartado 4.1, la que a continuación se cita:

Fotocopia compulsada de la resolución de reingreso al servicio activo con carácter provisional.

4.5. En cualquier momento del proceso podrá recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su
caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos
alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.

4.6. Serán desestimados, sin más trámite, los documentos que contengan alguna enmienda, tachadura o
raspadura, siempre que no se encuentren salvados bajo firma.

Quinta

Admisión de concursantes.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección General de Recursos
Humanos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha publicará en el Tablón de anuncios de los Servicios
Centrales del Sescam y en la página Web del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (http://sescam.jccm.es), la
relación provisional de concursantes admitidos y excluidos, con expresión del nombre, apellidos, D.N.I y la causa
de exclusión, en su caso.

5.2. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. En todo
caso, la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá el plazo de diez días hábiles para que los
concursantes excluidos provisionales puedan subsanar los defectos que motivaron su exclusión. Quienes no
subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente
excluidos del proceso.

5.3. Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, se publicará en el Tablón de anuncios de los Servicios
Centrales del Sescam y en la página Web del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (http://sescam.jccm.es), la
relación definitiva de los concursantes admitidos y excluidos.

Sexta

Resolución del concurso

6.1. Las plazas serán adjudicadas a los concursantes de acuerdo con el baremo de méritos que figura como
Anexo I a esta convocatoria. En caso de empate, en la puntuación se resolverá a favor del concursante que lleve
más tiempo de servicios prestados en el último destino en propiedad desde el que concursa. De persistir el
empate, se resolverá a favor de la mejor puntuación en cada uno de los apartados del baremo y por su orden. Si el
empate se mantiene, se resolverá en función del orden alfabético de su primer apellido comenzando por la letra
"Ñ", resultante del sorteo público realizado a efectos de actuación de los opositores en los ejercicios de los
procesos selectivos por la Dirección General de la Función Pública, y cuyo resultado se publicó en el Diario Oficial
de Castilla-La Mancha nº 248, de 22 de diciembre de 2009.

6.2. El cómputo del tiempo de servicios prestados a que se refiere el baremo finalizará el día de la publicación en
el Diario Oficial de Castilla–La Mancha de la presente convocatoria, no pudiendo ser objeto de valoración los
méritos alegados y no acreditados en la forma prevista en la presente convocatoria.

6.3. La personal titular de la Dirección General de Recursos Humanos podrá acordar la designación de expertos
que actuarán en calidad de asesores especialistas. Asimismo podrá disponer la utilización de personal
colaborador en labores de baremación.

6.4. A la vista de las plazas solicitadas por los concursantes, así como de los méritos acreditados por los mismos,
la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla–La Mancha, aprobará y publicará en
el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la página web del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha la
Resolución de adjudicación provisional del concurso.

6.5. De conformidad con lo establecido en el artículo 6, párrafo 1 del Decreto 170/2009, de 03/11/2009 del
procedimiento de movilidad voluntaria, por el sistema de concurso de traslados, del personal estatutario del
Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles a contar
desde la publicación de la resolución provisional de adjudicación para formular reclamaciones contra esta. Dichas
reclamaciones se entenderán rechazadas de no aparecer admitidas en la resolución definitiva de adjudicación,
que se aprobará por la autoridad convocante y se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la
página web del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha no habiendo lugar a comunicación individualizada.

6.6. La publicación de la resolución definitiva de adjudicación servirá de notificación a los interesados, iniciándose
desde esta publicación los plazos establecidos para que los organismos afectados efectúen las actuaciones
administrativas procedentes.

6.7. Las plazas adjudicadas serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de
plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración
Pública, conforme lo establecido en el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del
Personal Estatutario de los Servicios de Salud.

Séptima

Toma de posesión

7.1. Los concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres
días hábiles siguientes a aquél en que se publique la resolución definitiva de adjudicación del concurso, salvo que
se encuentre disfrutando de permiso o licencia reglamentaria en cuyo supuesto el cómputo del plazo para el cese
se contará a la finalización de dicho permiso o licencia.

7.2. El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día del cese, si las plazas
son de la misma localidad; quince días hábiles, si son de distinta localidad y misma Área de Salud, y de un mes si
pertenecen a distinta localidad y Área de Salud o implica un cambio en el Servicio de Salud de destino.

7.3. En el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la resolución definitiva del concurso.
Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición del interesado, los plazos a que se refieren los párrafos
anteriores podrán ser prorrogados por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.

7.4. La persona titular de la Gerencia del Centro del Sescam donde preste servicios el personal estatutario que
hubiera obtenido nueva plaza podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días
hábiles, debiendo comunicárselo a la persona titular de la Gerencia del Centro a que ha sido destinado.

7.5. Si como consecuencia de la adjudicación de plazas del concurso, algún servicio pudiera ver afectado el
normal desarrollo de la labor asistencial encomendada, de acuerdo con lo previsto en el Art. 7.6 del Decreto
170/2009, de 03/11/2009, y previa resolución motivada de la persona Titular de la Dirección General de Recursos
Humanos del Sescam se podrán ampliar los plazos citados anteriormente en tanto se garantice la labor
asistencial.

7.6. Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la
plaza de destino.

7.7. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos, licencias, vacaciones,
situaciones de Incapacidad temporal o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el personal estatutario
que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios. Todo personal que
haya cursado solicitud para el presente concurso y obtenga puesto de trabajo está obligado a dar traslado por
escrito de dichas circunstancias a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla- la
Mancha y a las Gerencias de procedencia y destino.

No obstante lo anterior, en los supuestos de excedencia por cuidado de hijos o familiares, servicios especiales,
permiso por maternidad y riesgo durante el embarazo, el personal afectado podrá tomar posesión en la fecha en la
que así declare su voluntad de incorporación al puesto de trabajo adjudicado, aunque no exista una incorporación
efectiva al mismo. En estos casos, el personal que haya obtenido puesto de trabajo deberá comunicar por escrito
dichas circunstancias a los Centros afectados (puesto definitivo en el que cesa y en el que toma posesión),
aportando la documentación acreditativa de los motivos alegados.

7.8. En virtud de lo dispuesto en el artículo 37.5 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del
Personal Estatutario de los Servicios de Salud, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés
particular como personal estatutario, siendo declarado en tal situación por el Servicio de Salud en que prestaba
servicios, quien no se incorpore al destino obtenido como consecuencia de la resolución del concurso de traslados
dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente procedan.
No obstante, si existen causas suficientemente justificadas alegadas por la persona interesada, la Dirección
General competente en materia de recursos humanos del Sescam podrá, previa audiencia del interesado, dejar
sin efecto dicha situación. En tal caso, la persona interesada deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto
desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

7.9. Los concursantes que no obtengan plaza en este concurso se mantendrán en la situación y destino que
ostentan, con excepción de los reingresados provisionales que, siempre que hayan solicitado todas las plazas
convocadas en su categoría y Área de Salud, podrán optar por obtener un nuevo destino provisional en alguna de
las plazas que resulten vacantes como consecuencia de la resolución del concurso o por pasar a la situación de
excedencia voluntaria.

7.10. Los traslados derivados de este concurso tienen carácter voluntario y no generan derecho alguno al abono
de ninguna clase de indemnización.

Octava

Norma final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo, de conformidad con lo establecido en
el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La
Mancha. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante la persona titular de la
Dirección Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en el plazo de un mes desde el día siguiente al
de su publicación en el DOCM, según disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Interpuesto el
recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
En Toledo a 09 de febrero de 2010.

La Directora General
de Recursos Humanos del Sescam
(Resolución de 27 de octubre de 2008, del Sescam sobre
delegación de competencias
DOCM nº 229, de 6 de Noviembre de 2008)
MARIA ESTHER FERNÁNDEZ GONZÁLEZ


Anexo I

Baremo de Méritos

Baremo por el que han de cuantificarse los méritos a valorar en el concurso de traslados voluntario para personal
estatutario que ostente nombramiento en propiedad en la categoría a la que se concursa.

1. Servicios prestados como personal estatutario en la misma categoría estatutaria desde la que se concursa: 3
puntos por día de servicios prestados.

2. Servicios prestados en cualquier Administración Pública Española o de un Estado miembro de la Unión Europea
o del Espacio Económico Europeo, desempeñando puestos de trabajo de igual contenido funcional que la plaza
objeto del concurso: 3 puntos por día de servicios prestados

3. Servicios prestados como personal estatutario en las otras categorías estatutarias distintas desde la que se
concursa: 1 punto por día de servicios prestados.

Normas aplicables:

- En caso de empate en la puntuación se resolverá a favor del concursante que lleve más tiempo de servicios
prestados en el último destino en propiedad desde el que concursa. De persistir el empate, se resolverá a favor de
la mejor puntuación en cada uno de los apartados del baremo y por su orden. Si el empate se mantiene se
resolverá en función del orden alfabético de su primer apellido comenzando por la letra "Ñ", resultante del sorteo
público realizado a efectos de actuación de los opositores en los ejercicios de los procesos selectivos por la
Dirección General de la Función Pública, y cuyo resultado se publicó en el Diario Oficial de Castilla- la mancha nº
248 de 22 de diciembre de 2009.

- En caso de coincidencia en el tiempo de distintos períodos de servicios prestados, valorables por distintos
apartados del baremo, solo se computará uno de ellos: El más favorable.

- El tiempo de permanencia en situación distinta a la de activo, pero con reserva de plaza, se cuantificará como
servicios prestados en la plaza reservada.

- Los servicios prestados como Asistencia Pública Domiciliaria en el ámbito de Atención Primaria, equivaldrán a
los servicios prestados en las categorías que les correspondan.

- A los efectos del cómputo de los servicios prestados referidos al personal de refuerzos con nombramiento
específico para la realización de atención continuada, se le computará calculándolos conforme a las siguientes
reglas:

a) 1 hora de refuerzo por servicios prestados en la misma categoría estatutaria desde la que se concursa: 0,6
puntos.

b) 1 hora de refuerzo por servicios prestados en las otras categorías estatutarias distintas desde la que se
concursa: 0,2 puntos.

c) Si dentro de un mes natural se hubiesen realizado más de 150 horas, sólo podrá valorarse 90 puntos de
servicios prestados en la misma categoría estatutaria desde la que se concursa, y 30 puntos de servicios
prestados en las otras categorías estatutarias distintas desde la que se concursa, sin que el exceso de horas
efectuadas durante aquel pueda ser aplicado, para el cómputo de servicios prestados en otro mes.

- Los méritos se valoraran con referencia a la fecha de publicación de la presente convocatoria, no pudiendo ser
objeto de valoración los méritos alegados y no acreditados en la forma prevista en la presente convocatoria.

Nota Aclaratoria: Las plazas del Centro de la Merced están incluidas en las plazas del Hospital General
Universitario de Guadalajara.

Anexo II (Plazas básicas vacantes)

Plazas que se convocan a concurso de traslados
Personal Sanitario
Categoría: Enfermero/a
Código de
Plaza Centro de Gestión Área de Salud
Nº de
plazas
0443 Complejo Hospitalario Universitario de Albacete Albacete 56
0444 Hospital General de Almansa Albacete 37
0445 Hospital de Hellín Albacete 31
0446 Hospital General de Villarrobledo Albacete 48
0447 Hospital General de Ciudad Real Ciudad Real 124
0448 Hospital Gutiérrez Ortega ( Valdepeñas) Ciudad Real 23
0449
Complejo Hospitalario La Mancha-Centro (Alcázar de
San Juan) La Mancha-Centro 120
0450 Hospital Virgen de Altagracia de Manzanares La Mancha-Centro 23
0451 Hospital General de Tomelloso La Mancha-Centro 74
0452 Gerencia de Área de Puertollano Puertollano 32
0453 Hospital Virgen de la Luz (Cuenca) Cuenca 28
0454 Hospital General Universitario de Guadalajara Guadalajara 83
0455 Complejo Hospitalario de Toledo Toledo 201
0456 Hospital Nacional de Parapléjicos Toledo 7
0457
Hospital Nuestra Señora del Prado (Talavera de la
Reina) Talavera de la Reina 81
Código de
Plaza Centro de Gestión Área de Salud
Nº de
plazas
0458 Área 1101000702V Albacete 1
0459 E.A.P. Caudete 1101090602X Albacete 1
0460 E.A.P. Caudete 1101090603B Albacete 1
0461 E.A.P. El Bonillo 1101110603R Albacete 1
0462 E.A.P. Hellín 1 1101130620P Albacete 1
0463 E.A.P. Hellín 1 1101130621D Albacete 1
0464 E.A.P. Hellín 2 1101350601V Albacete 1
0465 E.A.P. Hellín 2 1101350602H Albacete 1
0466 E.A.P. Munera 1101320603B Albacete 1
0467 E.A.P. Ontur 1101170605L Albacete 1
0468 E.A.P. Tobarra 1101220605V Albacete 1
0469 E.A.P. Zona 2 - Municipal 1101260603H Albacete 1
0470 E.A.P. Zona 2 - Municipal 1101260611A Albacete 1
0471 E.A.P. Zona 2 - Municipal 1101260614Y Albacete 1
0472 E.A.P. Zona 3 - Villacerrada 1101270610C Albacete 1
0473 E.A.P. Zona 4 - Residencia 1101280605X Albacete 1
0474 E.A.P. Zona 4 - Residencia 1101280618T Albacete 1
0475 E.A.P. Zona 5-B 1101310603Q Albacete 1
0476 E.A.P. Zona 6 - Estación 1101300612F Albacete 1
0477 E.A.P. Zona 7 - Feria 1101330609N Albacete 1
0478 E.A.P. Zona 7 - Feria 1101330610J Albacete 1
0479 E.A.P. Zona 8 1101360606V Albacete 1
0480 E.A.P. Zona 8 1101360607H Albacete 1
0481 E.A.P. Zona 8 1101360609C Albacete 1
0482 E.A.P. Zona 8 1101360610K Albacete 1
0483 E.A.P. Bolaños 1102250602M Ciudad Real 1
0484 E.A.P. Bolaños 1102250605P Ciudad Real 1
0485 E.A.P. Bolaños 1102250609N Ciudad Real 1
0486 E.A.P. Calzada de Calatrava 1102050607H Ciudad Real 1
0487 E.A.P. Carrion 1102070603G Ciudad Real 1
0488 E.A.P. Ciudad Real 1 1102060603D Ciudad Real 1
0489 E.A.P. Ciudad Real 1 1102060604X Ciudad Real 1
0490 E.A.P. Ciudad Real 2 1102080616N Ciudad Real 1
0491 E.A.P. Daimiel 1 1102110605D Ciudad Real 1
0492 E.A.P. La Solana 1102120610D Ciudad Real 1
0493 E.A.P. Malagón 1102130611M Ciudad Real 1
0494 E.A.P. Miguelturra 1102150610V Ciudad Real 1
0495 E.A.P. Moral de Calatrava 1102160604Y Ciudad Real 1
0496 E.A.P. Villanueva de los Infantes 1102230603Q Ciudad Real 1
0497 E.A.P. Villarrubia de los Ojos 1102240608Q Ciudad Real 1
0498 E.A.P. Villarrubia de los Ojos 1102240609V Ciudad Real 1
0499 E.A.P. Alcázar de San Juan 2 1104140607P La Mancha-Centro 1
0500 E.A.P. Campo de Criptana 1104030607V La Mancha-Centro 1
0501 E.A.P. Herencia 1104040604D La Mancha-Centro 1
0502 E.A.P. Madridejos 1104100601E La Mancha-Centro 1
0503 E.A.P. Madridejos 1104100607M La Mancha-Centro 1
0504 E.A.P. Pedro Muñoz 1104050604G La Mancha-Centro 1
0505 E.A.P. Quintanar de la Orden 1104110610A La Mancha-Centro 1
0506 E.A.P. Quintanar de la Orden 1104110612M La Mancha-Centro 1
0507 E.A.P. Quintanar de la Orden 1104110617X La Mancha-Centro 1
0508 E.A.P. Quintanar de la Orden 1104110618B La Mancha-Centro 1
0509 E.A.P. Quintanar de la Orden 1104110619N La Mancha-Centro 1
0510 E.A.P. Socuellamos 1104060601L La Mancha-Centro 1
0511 E.A.P. Socuellamos 1104060603K La Mancha-Centro 1
0512 E.A.P. Tomelloso 1 1104070621B La Mancha-Centro 1
0513 E.A.P. Tomelloso 2 1104090607X La Mancha-Centro 1
0514 E.A.P. Villacañas 1104120609C La Mancha-Centro 1
0515 E.A.P. Villafranca de los Caballeros 1104130606N La Mancha-Centro 1
0516 E.A.P. Almadén 1103010611W Puertollano 1
0517 E.A.P. Almodóvar Del Campo 1103020604J Puertollano 1
0518 E.A.P. Puertollano 1 - Barataria 1103060616M Puertollano 1
0519 E.A.P. Puertollano 1 - Barataria 1103060617Y Puertollano 1
0520 E.A.P. Puertollano 2 1103070601P Puertollano 1
0521 E.A.P. Puertollano 2 1103070608S Puertollano 1
0522 E.A.P. Campillo de Altobuey 1105380604Y Cuenca 1
0523 E.A.P. Cardenete 1105360602Z Cuenca 1
0524 E.A.P. Cuenca 1 1105080612A Cuenca 1
0525 E.A.P. Cuenca 2 1105090604J Cuenca 1
0526 E.A.P. Cuenca 3 1105100618E Cuenca 1
0527 E.A.P. Honrubia 1105110601T Cuenca 1
0528 E.A.P. Horcajo de Santiago 1105370603X Cuenca 1
0529 E.A.P. Iniesta 1105130606H Cuenca 1
0530 E.A.P. Iniesta 1105130607L Cuenca 1
0531 E.A.P. Motilla del Palancar 1105200602W Cuenca 1
0532 E.A.P. Tarancón 1105270602J Cuenca 1
0533 E.A.P. Tarancón 1105270616G Cuenca 1
0534 E.A.P. Tragacete 1105290602A Cuenca 1
0535 E.A.P. Villares del Saz 1105350603C Cuenca 1
0536 E.A.P. Azuqueca de Henares 1106040609A Guadalajara 1
0537 E.A.P. Azuqueca de Henares 1106040627K Guadalajara 1
0538 E.A.P. Cifuentes 1106090603H Guadalajara 1
0539 E.A.P. Cifuentes 1106090605C Guadalajara 1
0540 E.A.P. Cogolludo 1106100603J Guadalajara 1
0541 E.A.P. Guadalajara - Periférico 1106230605L Guadalajara 1
0542 E.A.P. Guadalajara 1 - Sur 1106150605J Guadalajara 1
0543 E.A.P. Guadalajara 1 - Sur 1106150609V Guadalajara 1
0544 E.A.P. Horche 1106170602T Guadalajara 1
0545 E.A.P. Mondejar 1106200601F Guadalajara 1
0546 E.A.P. Sigüenza 1106250601M Guadalajara 1
0547 E.A.P. Sigüenza 1106250605D Guadalajara 1
0548 E.A.P. Sigüenza 1106250606X Guadalajara 1
0549 E.A.P. Yunquera de Henares 1106280606H Guadalajara 1
0550 Área 1107000705X Toledo 1
0551 E.A.P. Esquivias 1107080613Q Toledo 1
0552 E.A.P. Esquivias 1107080614V Toledo 1
0553 E.A.P. Fuensalida 1107090609F Toledo 1
0554 E.A.P. Illescas 1107100623Q Toledo 1
0555 E.A.P. Illescas 1107100624V Toledo 1
0556 E.A.P. Illescas 1107100625H Toledo 1
0557 E.A.P. Los Yébenes 1107110604S Toledo 1
0558 E.A.P. Los Yébenes 1107110605Q Toledo 1
0559 E.A.P. Menasalbas 1107130608D Toledo 1
0560 E.A.P. Mora 1107140607A Toledo 1
0561 E.A.P. Navahermosa 1107320604W Toledo 1
0562 E.A.P. Polán 1107180609P Toledo 1
0563 E.A.P. Seseña Viejo 1107340603Z Toledo 1
0564 E.A.P. Puebla de Montalbán 1107190610G Toledo 1
0565 E.A.P. Tembleque 1107250603J Toledo 1
0566 E.A.P. Tembleque 1107250604Z Toledo 1
0567 E.A.P. Toledo 2 - Palomarejos 1107170624M Toledo 1
0568 E.A.P. Toledo 2 - Palomarejos 1107170625Y Toledo 1
0569 E.A.P. Toledo 2 - Palomarejos 1107170626F Toledo 1
0570 E.A.P. Toledo 3 - Benquerencia 1107030607N Toledo 1
0571 E.A.P. Toledo 4 - Santa Bárbara 1107210607Z Toledo 1
0572 E.A.P. Toledo 4 - Santa Bárbara 1107210608S Toledo 1
0573 E.A.P. Toledo 5 - Buenavista 1107330606E Toledo 1
0574 E.A.P. Toledo 5 - Buenavista 1107330608R Toledo 1
0575 E.A.P. Toledo 5 - Buenavista 1107330609W Toledo 1
0576 E.A.P. Toledo 5 - Buenavista 1107330610A Toledo 1
0577 E.A.P. Toledo 5 - Buenavista 1107330611G Toledo 1
0578 E.A.P. Valmojado 1107270605M Toledo 1
0579 E.A.P. Yepes 1107310608B Toledo 1
0580 Área 1108000704S Talavera de la Reina 1
0581 Área 1108000706V Talavera de la Reina 1
0582 E.A.P. Cebolla 1108030604S Talavera de la Reina 1
0583 E.A.P. Cebolla 1108030605Q Talavera de la Reina 1
0584 E.A.P. Oropesa 1108100605G Talavera de la Reina 1
0585 E.A.P. Sierra de San Vicente 1108130604B Talavera de la Reina 1
0586 E.A.P. Talavera 1 - Centro 1108150602E Talavera de la Reina 1
0587 E.A.P. Talavera 2 - La Estación 1108040619W Talavera de la Reina 1
0588 E.A.P. Talavera 3 - La Solana 1108060606W Talavera de la Reina 1
0589 E.A.P. Talavera 3 - La Solana 1108060613D Talavera de la Reina 1
0590 E.A.P. Talavera 3 - La Solana 1108060611F Talavera de la Reina 1
0591 E.A.P. Velada 1108140606P Talavera de la Reina 1
0592
Centro Coordinador Gerencia de Urgencias, Emergencia
y Transporte Sanitario (Toledo)
Emergencias Y Transporte Sanitario (Toledo)
11450106 Castilla-La Mancha 4
0593 Unidad Móvil de Emergencias de Almadén 11134406 Castilla-La Mancha 2
0594
Unidad Móvil de Emergencias de Ciudad Real
11134106 Castilla-La Mancha 1
0595
Unidad Móvil de Emergencias de Molina de Aragón
11198306
Castilla-La Mancha 1
0596 Unidad Móvil de Emergencias de Puertollano 11134506 Castilla-La Mancha 1
0597
Unidad Móvil de Emergencias de Quintanar de la Orden
11450606 Castilla-La Mancha 1
0598 Unidad Móvil de Emergencias de Tomelloso 11134706 Castilla-La Mancha 1
0599
Unidad Móvil de Emergencias de Villarrobledo
11122406 Castilla-La Mancha 2